Publicado

2016-07-01

El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819

The king before the revolution: New Granada 1808-1819

DOI:

https://doi.org/10.15446/hys.n31.55457

Palabras clave:

rey, revolución, Nueva Granada (es)
king, revolution, New Grenada (en)

Autores/as

  • Isidro Vanegas Useche Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC). Tunja-Boyacá.

El rey fue un actor central de las conmociones revolucionarias modernas. Por ello lo fue también en la Revolución Neogranadina de la década de 1810, que vio cómo el rey pasó de ser el núcleo del orden en su calidad de detentador y garante del poder y la autoridad, a ser una figura desdeñada que fue sustituida por otro tipo de soberano. Este artículo explora el lugar del monarca en tres momentos claramente diferenciados de la conmoción revolucionaria, buscando comprender el itinerario del distanciamiento, los dilemas que hubo en juego, así como las implicaciones de aquella gran innovación.

The king was a central actor in the modern revolutions. He also was in the New Grenada Revolution of the 1810’s, during which the king went from being the center of the order as holder and guarantor of power and authority, to be a despised figure that was replaced by another kind of sovereign. This article explores the place of the monarch in three distinct moments of revolutionary upheaval, seeking to understand the way of detachment, the dilemmas that was in play, and the implications of this great innovation.

ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN

 

DOI: https://doi.org/10.15446/hys.n31.55457

 

El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819

 

The king before the revolution: New Granada 1808-1819

 

Isidro Vanegas Useche**

** Doctor en Historia. Profesor y coordinador del doctorado en Historia de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia. Tunja-Colombia. Correo electrónico: isidrovanegas@yahoo.fr

 

Artículo recibido el 29 de enero de 2016 y aprobado el 18 de febrero de 2016

 

 


Resumen

El rey fue un actor central de las conmociones revolucionarias modernas. También lo fue en la Revolución neogranadina de la década de 1810, que vio cómo pasó de ser el núcleo del orden en su calidad de detentador y garante del poder y la autoridad, a convertirse en una figura desdeñada que fue sustituida por otro tipo de soberano. Este artículo explora el lugar del monarca en tres momentos claramente diferenciados de la conmoción revolucionaria, buscando comprender el itinerario del distanciamiento, los dilemas que hubo en juego y las implicaciones de aquella gran innovación.

Palabras clave: rey, revolución, Nueva Granada.


Abstract

The king was a central actor in the modern revolutions. He also was in the New Grenada Revolution of the 1810's, during which the king went from being the center of the order as holder and guarantor of power and authority, to be a despised figure that was replaced by another kind of sovereign. This article explores the place of the monarch in three distinct moments of revolutionary upheaval, seeking to understand the way of detachment, the dilemmas that was in play and the implications of this great innovation.

Key words: king, revolution, New Grenada.


 

 

Introducción

Las revoluciones de los tiempos modernos tuvieron con los reyes un antagonismo que en buena medida definió sus alcances. Así, las revoluciones inglesa del siglo XVII y francesa de finales del XVIII se vieron obligadas a erigirle un tribunal a sus respectivos monarcas; representación del poder antiguo que debía ser abatido para hacerle espacio a lo nuevo.1 Un desafío similar enfrentaron las revoluciones del orbe español a comienzos del siglo XIX, aunque este hecho ha pasado desapercibido, debido a que los Borbones mantuvieron su preeminencia en el gobierno de la península ibérica y a que en Hispanoamérica el triunfo del ideal republicano tuvo tal alcance que logró crear la ilusión de que nuestra historia había carecido de reyes. En el caso colombiano, durante los últimos doscientos años hemos visto al soberano de los tres primeros siglos de colonización con tanta extrañeza y hostilidad que esa actitud por sí misma comprueba la profundidad de la revolución de la década de 1810. El rey, que en el pasado había sido la potencia canónica y el articulador del vínculo social pasó a ser una figura exótica e incluso caricaturesca.

¿En qué consistió esta mutación, cómo se operó y cuál fue su significado? ¿Qué órdenes de la vida de los neogranadinos fueron afectados por el abatimiento de la figura regia? Para responder adecuadamente a esta cuestión hay que partir de una comprensión desprejuiciada del orden que la revolución pretendía transformar, y que efectivamente transformó, el cual no puede ser aprehendido sino entendiendo al monarca como núcleo de la autoridad y el poder. En este artículo mostraré el lugar del rey en tres etapas claramente contrastadas de la Revolución neogranadina. En primer lugar, durante el momento inicial de la crisis, cuando el soberano continuó siendo reconocido de forma general como encarnación y garante del orden. En segundo lugar, durante el periodo de radicalización de la revolución, en el que esta función del monarca fue asumida por el pueblo soberano. Y en tercer lugar, el momento de la la reconquista, cuando los españoles y los realistas locales se esforzaron por recuperar para el rey el lugar trascendente que había ostentado antes de las agitaciones.

 

1. El rey amado

En febrero de 1805 Andrés María Rosillo ofreció un sermón en la capital virreinal para agradecer a Dios y al rey por la distribución de la vacuna contra las viruelas. El cura socorrano invocó a un rey al que la divinidad católica le cedía ciertos atributos providenciales para que obrara por el bienestar de los súbditos. Así como dicha divinidad había enviado a su hijo único a redimir las almas de los hombres, también le dio al rey el encargo de sanar los cuerpos. Tal cosa era posible —según Rosillo— porque el trono, obtenido por una circunstancia ''singular y admirable'', hacía a los hombres ''imágenes vivas de Dios'', elevándolos a una altura a la que no llegaba ni la más exaltada gratitud de los vasallos, quienes a cambio de tantos bienes otorgados por el príncipe debían amarlo como a un padre, cumplir sus mandatos, estar dispuestos a defenderlo en todo trance y sobre todo, suplicarle a Dios por su ventura.2 Intervenciones públicas como esta, en las que se le concedía al rey una particular e indiscutible preeminencia fueron constantes entre los miembros de la república de las letras, sin que al respecto se escuchara prácticamente ninguna voz disonante.3 Pero no solo a través de elaborados discursos fue reconocida constantemente la potencia y la excelsitud del soberano unipersonal.

En documentos privados, en representaciones o litigios, en poemas y en celebraciones públicas los distintos grupos sociales demostraron su veneración al rey y su adhesión al orden que él regulaba y encarnaba. Esta pleitesía la pusieron de manifiesto no menos los indios que los mulatos y los esclavos y, como todas las acciones humanas, ella no escapaba al interés y el temor, aunque en términos generales dominó el carácter numinoso de la cual esta figura gozó en todo el mundo occidental, para no hablar de otras regiones.4

Pese al montaje regulado de dispositivos destinados a recrear la lealtad, la veneración de los neogranadinos por su rey fue un fenómeno esencialmente espontáneo, siendo así que la corte y los centros de autoridad no debieron hacer esfuerzos extraordinarios para ganarle al poder regio la sumisión. Esto se debió, en primer lugar, a que ese poder llegó a hacerse consustancial con un pasado inmemorial al que cada súbdito estaba atado por unos vínculos muy intensos incluidos los de la sangre y la tierra; en segundo lugar, a que se trató de un orden aceptado como venturoso en donde el canon era la verdad católica que el monarca protegía; y en tercer lugar, a que el príncipe encabezaba una forma de gobierno cuya excelsitud permitía sortear los defectos de los demás regímenes políticos, particularmente la violencia y el desorden.

El rey fue la clave de la unidad del Imperio español, aquel conjunto tan heterogéneo de territorios y de hombres a quienes los monarcas, uno tras otro proveyeron de autoridades, normas y valores que los mantuvieron congregados en tanto comunidad política. Pero el monarca tuvo al mismo tiempo un papel menos conocido aunque más determinante en la experiencia de sus vasallos de todas las condiciones sociales: fue el símbolo y el garante del mundo en el cual ellos vivían. El soberano encarnaba un orden cuyos fundamentos radicaban en la desigualdad jerárquica, la primacía de la verdad católica en todos los ámbitos de la experiencia y el imperativo de la incorporación. Y si esta figura estaba físicamente lejos —para todos los súbditos, incluyendo los metropolitanos—, esa distancia era una virtud antes que un déficit, no solo en razón de que ella aparecía como caución de su rol de árbitro y apaciguador de las pasiones, sino también en la medida que lo instalaba en un ámbito ajeno al prosaico mundo de los hombres.5

Esa excelsitud inalcanzable del rey fue afirmada con tonos aún más patéticos durante la primera etapa de la crisis monárquica que fue impulsada por la invasión napoleónica, las abdicaciones de Bayona y la retención de la familia real en abril de 1808. La sustracción de la cabeza de la monarquía vivida por doquier como algo apocalíptico puso en marcha, con gran dramatismo, la actualización del poder monárquico y la reafirmación de los vínculos de vasallaje.6 La traducción más notoria de esa renovación fueron las juras de lealtad al rey cautivo, celebradas por gran parte de las ciudades y poblaciones del reino en el segundo semestre de 1808, además de que los eclesiásticos se movilizaron con arengas desde el púlpito y con papeles públicos, mientras que muchos súbditos y corporaciones hicieron donativos para la causa de la guerra contra Francia. Los relatos del periodo subrayan cómo nobles y plebeyos, curas y laicos, funcionarios y simples particulares, hombres y mujeres de unas y otras provincias manifestaron su conmoción y su involucramiento en defensa del rey.7

Aquel entusiasmo lealista lo encontramos también en la correspondencia privada y en las intervenciones públicas de los notables criollos. Antonio Nariño pidió que le dejaran hacer la jura de Fernando VII; Camilo Torres a través de sus cartas rogaba por la preservación de la monarquía; y Frutos Joaquín Gutiérrez adornó con una sentida inscripción un cuadro del rey que se hallaba en su aula del Colegio de San Bartolomé.8 Podrían enumerarse muchos más gestos de leltad de los futuros revolucionarios, pero lo importante es retener cómo en esas circunstancias el monarca siguió teniendo la más alta estimación de los neogranadinos. Así se observa en los papeles públicos, que proclamaron por doquier la fidelidad y obediencia a un rey amado cuya desgracia lo enaltecía aún más a los ojos de sus súbditos, pues en este caso el monarca no había alcanzado a emitir alguna providencia gubernativa, y sin embargo ya era considerado el más fecundo de los gobernantes. Al respecto basten dos ejemplos.

En un poema publicado a finales de 1808 en un periódico cartagenero se comentaba que de todas las Españas ''Fernando es su Monarca; en él se absorbe / Todo el poder, y a él los corazones / Están adictos''. Cerca de un año después, el canónigo magistral de la catedral de Santafé, Andrés María Rosillo, instaba con estas palabras a su joven sobrino a emprender una correría que terminó en el cadalso: ''Sed siempre fiel al Rey, ámalo, y por tu parte procura servirle hasta con tu vida''9. De esta manera, no puede hablarse de un vacío de poder, el cual se habría desencadenado automáticamente con la crisis de la Corona, pues el poder monárquico no perdió nada de su antiguo reconocimiento cuando la sociedad tomó nota de la ''sustracción'' del rey, y ni siquiera la autoridad que se desprendía de ese poder abandonó su primacía. En aquel inicial momento fernandino los neogranadinos pusieron sus esperanzas en un retorno del monarca que no fue sometido a condiciones, esto es, anhelaron una entera restauración del orden conocido.

Pero en medio de los sentimientos de apego que prevalecieron con respecto al rey emergieron insinuaciones sobre la conveniencia de regenerar la monarquía, de transformar el andamiaje gubernativo y de la posibilidad de que el rey pasara a jugar otro rol. Estas opiniones se dieron dentro del mayor comedimiento y la timidez propia de espíritus que, antes que afirmar un proyecto claro, tanteaban vías para el adelantamiento material y político del reino y de la nación española.10 El distanciamiento frente al rey comenzó a mediados de 1809, tomando una forma intelectual. En la activa red epistolar que conectaba a los notables educados aparecieron señales de que algunos de ellos estaban replanteando el lugar del monarca en un orden político nuevo, aunque no republicano ni independiente de la metrópoli.

Así, Diego Martín Tanco le escribió a Camilo Torres en octubre de 1809 manifestándole su conformidad con la idea de este sobre que ''el Rey no debe estar a la cabeza del cuerpo legislativo para el establecimiento de las leyes'', y que por tanto era conveniente la separación de ''los dos poderes, legislativo y ejecutivo''. Pero en contraste con su amigo, Tanco no estaba de acuerdo con quitarle al rey el derecho a que —como ciudadano— interviniera en las deliberaciones del legislativo encargadas de elaborar las leyes.11 El solo hecho de discurrir sobre la cuestión del rol que debía ocupar el rey en la comunidad política, imaginándolo como una especie de monarca constitucional, representaba un enorme atrevimiento si tenemos en cuenta que en el orden monárquico tales asuntos habían sido inabordables por parte de los súbditos. Pero en este terreno el mismo Torres fue mucho más lejos. En una carta de mayo de 1810 exponía ante su destinatario la posibilidad de que el rey dejara simplemente de existir:

Si Fernando VII existe para nosotros, si vivimos todavía bajo su imperio, entonces que no se altere el orden de cosas, que continúen las autoridades y demás funcionarios públicos [...] Pero si Fernando VII no existe para nosotros, si su monarquía se ha disuelto, si se han roto los lazos que nos unían con la metrópoli, y últimamente, si en lugar de la dinastía que habíamos jurado, entra a reinar otra a quien detestamos [...] ¿por qué quiere usted que nuestras deliberaciones, nuestras juntas, nuestros congresos y el sabio gobierno que elegimos se hagan a nombre de un duende o un fantasma? [...] No necesitamos de cubrirnos con el nombre de un rey para formar la mejor, la más conveniente constitución.12

De una potencia indudable, como el dios cristiano o como el padre de familia, el rey devino para algunos en una fuerza eventual; acaso ''un duende o un fantasma''. Con la erección de juntas a mediados de 1810 a lo largo del reino, el distanciamiento con el rey se amplificó, se hizo más abierto y adquirió formas de expresión inéditas. Las juntas en general se declararon protectoras de los derechos del soberano cautivo, pero en cierta medida se convirtieron en un desafío a las autoridades locales y metropolitanas que habían estado gobernando en nombre de aquel. Adicionalmente erosionaron más el estatus del monarca, haciendo que su eclipse fuera pregonado incluso por algunos sujetos de extracción plebeya.

En Popayán en diciembre de 1810, Agustín López, un talabartero de ''calidad mestizo'' que fue encarcelado por participar en una riña se atrevió a decir ''que ya no había rey, que no existía el Sr. D. Fernando 7.o, ¿que por qué los llevaban presos, por ser pobres cuando ya todos éramos unos? que así se lo había dicho un doctor y que lo reconociesen que estaba en su entero juicio''. Al preguntarle por los motivos para hablar de ese modo, López respondió ''que lo único que dijo fue que oyó decir que ya no había rey, y que por lo tanto no se necesitaban soldados: que a quien le oyó fue a su cuñado Pedro Paco las expresiones que dijo a don José María Velasco que dejasen entrar al confesante a hablar con el Sr. gobernador a quien le diría las verdades pues bien ensayado lo tenía un doctor''13. Una situación similar había sido denunciada dos meses atrás por el administrador de aguardientes y tabacos de Cáqueza, quien reportó que los indios de Chipaque andaban diciendo que ''no hay rey, y apoyados a este error funesto, imaginan no haber jueces a quienes sujetarse''14. Desde el inicio del proceso, las juntas, especialmente la de la capital virreinal, fueron lejos en su condicionamiento al reconocimiento del rey.

Así, el cabildo extraordinario celebrado el 20 de julio de 1810 acordó ''no abdicar los derechos imprescriptibles de la soberanía del pueblo a otra persona que a la de su augusto y desgraciado monarca D. Fernando VII, siempre que venga a reinar entre nosotros, quedando por ahora sujeto este nuevo Gobierno a la Superior Junta de Regencia, ínterin exista en la Península, y sobre la Constitución, que le dé el pueblo''15. Aquel pueblo para el que nunca antes se había reclamado una existencia de ese tipo, solo estaría en disposición de transferirle al rey su autoridad soberana a condición de que reinara in situ y a que aceptara la Constitución que diera la nueva comunidad política. Según estas palabras parece que no se buscaba la instauración de una soberanía dual sino más bien el reconocimiento del rey únicamente como magistrado.

Esta novedosa postura que proponía un nuevo tipo de soberano, también se manifestó en la correspondencia de uno de los más activos tribunos de esos días, José Acevedo. Este, contaba asombrado el cómo individuos de origen aparentemente plebeyo reclamaban la preeminencia de la ''soberanía del pueblo'' sobre la opinión de los particulares, o cómo él mismo, animado del espíritu de los republicanos de la antigua Roma, declaraba reos de lesa majestad a quienes se opusieran a ''la voluntad del pueblo soberano''16.

 

2. El rey de palo

Ese rey amado se desvaneció rápidamente en el ánimo de muchos neogranadinos. A finales de 1814 el anónimo autor de una disertación política enumeró las formas de reprobación del monarca que, según él, había forjado la revolución:

La proscripción de su nombre, la deposición, y demás ultrajes hechos [...] a las autoridades que gobernaban nuestro continente al tiempo de la revolución, lo mucho que se ha declamado ya de palabra, ya por escrito contra el mismo Fernando, y contra toda la casa de los Borbones, el odio, y la detestación general con que se les ha mirado.17

Cabría agregar otros desplantes, pero fue a partir del momento juntista que se ahondó el distanciamiento con el rey, el cual fue expresado inicialmente en el terreno institucional e intelectual. Aquel alejamiento se manifestó a mediados de 1810 en la remoción de gran parte de los funcionarios que ejercían la autoridad en nombre del monarca. Pero fue sobre todo en las creaciones constitucionales realizadas pocos meses después, el momento en que esa actitud exhibió su profundidad y su carácter deliberado. La primera Constitución, la de Cundinamarca de 1811, a primera vista reconocía a Fernando VII como rey, pero en la realidad el ejercicio de tal posición resultaba imposible, siendo concebido más bien como un magistrado dependiente de otros tribunos designados de forma popular. Bajo estas premisas, ahora los súbditos le exigían al rey demostrar que actuaba libre de la imposición napoleónica al tiempo que le negaban la potestad de transferir los derechos consiguientes a la Corona y la posibilidad de casarse sin el consentimiento de la provincia.

El nuevo documento también compelía al rey a jurar la Constitución, en la cual se habían proclamado una serie de derechos y libertades que fundaban un tipo de sociedad en completa disonancia con la que un rey como el Borbón hubiera deseado encabezar. A Fernando le fue asignada de manera vitalicia la jefatura del poder ejecutivo, pero debía ejercerla personalmente o de lo contrario ese cargo pasaría a los representantes de los ciudadanos. Incluso en el improbable caso de que Fernando aceptara gobernar desde la modesta provincia neogranadina tendría que haberse sometido a un ritual que le quitaba cualquier preeminencia sobre los demás poderes que brotaban del pueblo cundinamarqués.18 Por su parte, las demás Constituciones no fabricaron aquellas complicadas salvaguardas para excluir al rey.

A finales de 1811 la Constitución de Tunja fue tajante al decir que ''la idea de un hombre que nazca rey, magistrado, legislador, o juez, es absurda y contraria a la naturaleza'', en razón de la esencial igualdad de todos los hombres.19 Las Constituciones de Antioquia (1812) y de Neiva (1815) retomaron la formulación tunjana, si bien la mayoría de los textos constitucionales del periodo revolucionario ni siquiera se ocuparon de censurar la función regia, pasando en cambio a reconocer el carácter soberano del pueblo.20 Tampoco se encuentra en ellas nada lejanamente parecido a lo consignado en la Constitución de Cádiz, donde ''la persona del rey es sagrada e inviolable''21.

El desdén por el monarca unipersonal que emergió en 1811 fue concomitante con una ruptura intelectual respecto al régimen monárquico. A partir de este momento, la monarquía fue repudiada insistentemente por considerar que en ella el pueblo era mantenido al margen de las decisiones sobre su propio destino; que la existencia de un jefe supremo era una amenaza para la libertad, el mayor bien de cualquier ser humano; que el gobierno de un solo hombre conducía a desigualdades sociales que eran inaceptables; y que, en fin, la monarquía generaba inevitablemente sumisión y temor, los cuales envilecían a los seres humanos.22 La monarquía fue entendida entonces como ''el gobierno execrable de los reyes'', que los americanos se habían comprometido a proscribir, según versaba un periódico de Antioquia.23 Esta es una cuestión central, dado que el pensamiento político de la época estuvo fuertemente ligado a la perspectiva de las formas de gobierno,24 de modo que al impugnar el régimen monárquico los novadores estaban repudiando la figura que encabezaba ese tipo de comunidad política.

La ruptura con el monarca, que en gran medida fue un fenómeno de orden moral, la encontramos plasmada en los papeles públicos, donde puede seguirse con algún detalle su itinerario y sus motivos. En ellos, el rey fue blanco de críticas que ganaron importancia a medida que se agudizaban los temores y esperanzas. El rey monarca fue calificado de tirano —uno de los anatemas más fuertes y recurrentes durante la revolución—, definición que inicialmente se le había dado a Napoleón y que luego fue proyectada contra los funcionarios virreinales y la metrópoli española. A finales de 1811 empezó a presentarse con cierta amplitud la asociación entre monarcas y tiranía, como puede verse en el libro de Miguel de Pombo sobre la Constitución estadounidense o en el Argos Americano.25

Pero algunos revolucionarios también comenzaron a relacionar específicamente a Fernando VII con un poder tiránico, como se deja ver en una carta del cura Rafael Lasso de la Vega.26 A partir de este momento la asimilación entre monarca y despotismo se naturalizó y se utilizó, entre otras cosas, para denunciar la pretensión de un solo hombre de garantizar los beneficios de la vida en sociedad; o de legislar por sí mismo y requerir la obediencia de todos; o bien para repudiar el desconocimiento que hubo en el pasado de los pueblos americanos.27 Incluso el mencionado cura Andrés Rosillo publicó un papel en el que descalificó a los reyes de todos los tiempos y de todas las regiones del mundo afirmando que ellos ''han sido por lo común la degradación de la especie humana, y el oprobio de todo sistema religioso''28. Así pues, el monarca que retornó de Francia en 1814 era con mucha más razón un ''rey déspota'', porque derribó la Constitución que habían producido los pueblos de la península ibérica, pisoteando los derechos de estos, al adjudicarse una soberanía que no le correspondía.29 Aquel rey tiránico, que en algunos concitaba desprecio y compasión, fue catalogado poco después como rey imaginario, designación que deja ver como perdió un rasgo esencial de su antigua condición: la presencia indudable.

En este sentido, desde 1811 se habían recogido los ecos de los venezolanos que estaban hablando de un ''rey imaginario''; sin embargo el primero en usar esta expresión en Nueva Granada fue Frutos Joaquín Gutiérrez, secretario de gobierno de la Unión, cuando a comienzos de 1813 le escribió a las autoridades cartageneras para denunciar al antiguo gobernador de Popayán, Miguel Tacón, por ser un ''sátrapa'' que quiso erigirse en árbitro de aquella provincia a nombre de un ''rey imaginario''30. A partir de esa coyuntura la idea se hizo común entre los líderes revolucionarios,31 de manera que a finales de ese mismo año el comandante general del Magdalena arengó a sus tropas diciéndoles que ellos, los republicanos, iban a combatir contra ''las huestes hispanas, y derribar este poder injusto, e ilusorio de nuestros verdugos'', que enviaban ''hordas de autómatas que adoran a un Rey de palo''32.

Junto con estas afrentas, el rey de palo recibió otras de carácter simbólico, y por ello quizá, más significativas. Muchos sujetos renegaron del religioso juramento mediante el cual habían reconocido a Fernando VII. Paralelamente, su imagen en las monedas fue sustituida por la de indígenas, cuando antes de la revolución el monarca era la única persona en ser grabada; además en algunos lugares los símbolos regios fueron borrados de los edificios públicos o fueron objeto de manifiesta mofa. Vale la pena, no obstante, detenerse en otra expresión de aquel rechazo simbólico: los ataques a las representaciones pictóricas del monarca. Desde comienzos de 1811, aunque tal vez con mayor intensidad en los años 1814-1815 —la secuencia es imprecisa pues no contamos con suficientes datos cronológicos— tuvo lugar una amplia serie de ultrajes hacia el retrato regio.

En Cartagena le sacaron los ojos; en Zipaquirá y Purificación lo arrastraron por las calles; en Santafé lo arrojaron por el piso; en Mariquita lo fusilaron; en Neiva lo fusilaron y lo quemaron; en Timaná lo quitaron del interior de un retrato de la virgen; en Ambalema y Popayán lo incineraron; en Guaduas el rey fue pintado de manera displicente. Incluso el retrato de Carlos II fue decapitado en Villa de Leiva.33 Estos actos, que en la actualidad podrían parecer banales, fueron en realidad muy relevantes, como lo confirma la acuciosidad y severidad con que los reconquistadores buscaron y castigaron a sus más notorios responsables.

Su preciso significado debe entenderse teniendo en cuenta la manera en se representó al poder durante siglos en gran parte del mundo occidental. Por ejemplo, los retratos regios, no eran vistos como simples recreaciones de una persona sino más bien como mecanismos que contenían en sí mismos al representado, en una suerte de transubstanciación similar a la que permitía a la hostia devenir en cuerpo de Cristo.34Dichos atentados simbólicos contra la autoridad real parecen haber contado con una intervención popular mayor que la habida en otras formas de repudio del rey. De igual manera estas manifestaciones pudieron ser fruto de la tensión intensificada que culminó en las declaratorias de Independencia de mediados de 1813, momento a partir del cual se dispuso oficialmente en varios lugares la destrucción de los símbolos de la monarquía.

En esta práctica fue pionero el gobierno de Cundinamarca, cuyo poder ejecutivo ordenó en septiembre de 1813 la remoción de los símbolos regios en todos los lugares públicos; disposición que tuvo efecto, aunque en algunos sitios ya se había hecho antes de contar con orden alguna.35 Ahora bien, en contraste con la relativa abundancia de lo que se ha denominado como ''regicidios simbólicos''36, la idea de regicidio físico no parece haber sido muy examinada durante las agitaciones revolucionarias.

Se sabe que Santiago Arroyo en un intercambio epistolar de 1811 con Rafael Lasso de la Vega fue el primero en aludir al tiranicidio y al regicidio, en un marco donde el poder del monarca español era calificado de tiránico. También se mencionó el tiranicidio en el Colegio Constituyente de Cundinamarca celebrado ese mismo año, si bien para recordar que dicha acción estaba condenada por el Concilio Constanciense.37 Por su parte el venezolano Juan Germán Roscio escribió unas ligeras consideraciones en El patriotismo de Nirgua, folleto reeditado en Tunja en 1813.38 Esta parquedad ante la posible eliminación del rey, seguramente tuvo relación con el afán de los novadores por evitar que la revolución cayera en la violencia ciega, que en el pasado de la humanidad había caracterizado a las conmociones políticas. Todas aquellas embestidas discursivas, institucionales y simbólicas en donde la figura regia fue despojada de las virtudes que la habían caracterizado acaecieron al tiempo que se iba develando la mundanidad y el prosaísmo del rey.

En agosto de 1810 José María Gutiérrez se atrevió a manifestar que el título divino del rey era fruto de la superstición, mientras que en enero de 1812 Pedro de Arrubla, diputado en el Colegio Constituyente de Antioquia, alegó que los neogranadinos ya no adherían el haber ''creído generalmente que el soberano era un hombre bajado inmediatamente del cielo para ser dueño de nuestras vidas, de nuestras propiedades y de nuestros derechos''39. Este sentimiento adquirió un tono más intenso desde mediados de 1814, cuando los papeles públicos mostraron crudamente cómo a los ojos de un grupo significativo de neogranadinos el rey español había perdido toda su antigua excelsitud.

En un periódico santafereño se consignó que solo en el seno de un pueblo ''inculto y supersticioso'' como el español podían Fernando VII y los demás reyes españoles ser tenidos por ''ídolo divinizado'', esto es, a la manera de una falsa divinidad.40 Pero lo más sobresaliente era que el rey se había convertido en objeto de burlas y de escarnio. Por ejemplo, el soberano era llamado ''tío Fernando 7'' en un periódico cartagenero o un ''estúpido rey'' en un periódico de Santafé, a la par que los Borbones eran denominados los ''bobones'' en El Anteojo de Larga Vista.41 La idea del rey fue repudiada y temida en gran parte de la Nueva Granada cuando se pensaba en Fernando VII, pero también cuando asomó la imagen de un posible rey oriundo de estos territorios. No sin fundamento, Antonio Nariño fue acusado de querer ceñirse la corona,42intención que con menos razón le adjudicaron en Cartagena a José María García de Toledo.43 El gobierno de los hombres les resultaba chocante a los revolucionarios neogranadinos, y la opción de que un solo hombre pudiera estar investido de atributos superlativos era equivalente a la tiranía. Por el contrario, en el régimen democrático, no podía existir ni siquiera la idea de hombres superiores. Los nuevos gobernantes republicanos debían ser individuos concretos, próximos, y por ello pedestres.

 

3. El rey fabricado

A su regreso de Valençay Fernando VII proclamó su deseo de que ''se quitasen de en medio del tiempo'' todos aquellos sucesos infaustos que, durante su retención, lo habían afrentado como soberano y habían alterado a las Españas.44 Aspiraba al olvido de aquella pesadilla que puso en entredicho a la institución regia, pero las experiencias turbulentas que vivió la sociedad neogranadina cuestionaban esa pretensión. Durante las primeras repúblicas el rey español había contado con súbditos leales entre los neogranadinos, si bien fueron escasos dentro del conjunto de los notables, con la posibilidad de que se pudieran encontrar más adeptos entre los otros grupos sociales.

Sin embargo, los lealistas quedaron marginalizados en las zonas revolucionarias, reduciéndose su rango de acción a una resistencia testimonial frente las iniciativas novadoras, sin ni siquiera poder elogiar públicamente a la monarquía y viviendo temerosos de que esa escogencia les concitara agresiones.45 En los territorios lealistas, particularmente en Santa Marta y Pasto, el panorama fue distinto pues la mayor parte de la población siguió adhiriéndose al monarca, actitud que les valió el reconocimiento de las autoridades pacificadoras. Así, Pablo Morillo le otorgó al cabildo de Santa Marta ''los honores de Mariscal de Campo'' y al cacique indígena de Mamatoco, Antonio Núñez, la medalla de oro ''con el busto del Soberano y el Lema que dice: a los leales del Rey'', en premio a su contribución decisiva en la derrota de las tropas cartageneras en 1813.46

Al respecto conviene tener en cuenta que aquellas comarcas realistas, además de mantener una actitud defensiva tanto en lo militar como en lo intelectual, no hacían parte del centro político, demográfico o económico de la Nueva Granada. Con todo, muchos neogranadinos se alegraron sinceramente con la reconquista, viendo en la restauración de Fernando VII el símbolo de una estabilidad que ansiaban. Por ejemplo, los vecinos de Cartago ratificaron su juramento de fidelidad, agradecieron a Dios la restitución del Borbón y se unieron al deseo de este de correr un ''velo eterno'' a los infelices acontecimientos de la revolución; mientras que el cabildo de Medellín festejó el cumpleaños del monarca colocando en la sala capitular su retrato, en un esfuerzo por lavar el ''baldón y afrenta con que en la época funesta del desorden y de la revolución era insultada y vejada la Real persona''47.

Algunos curas que habían sido perseguidos por su lealismo durante las primeras repúblicas fueron los más entusiastas en celebrar la restauración. Así, Nicolás de Valenzuela y Moya pronunció en Neiva un sermón en el que colmó de elogios al rey español, reconociéndolo como padre del pueblo, columna de la religión y fuente de la justicia, la virtud y el buen orden. Rey al que ''la fe le pone el cetro, la religión, la corona, y el cielo afianza en su trono como al sol en el zodíaco y a la luna en sus eternos giros'', y al que se le debía una completa obediencia.48 También se conoce el sermón de Antonio de León en el cual predicaba que el gobierno de los reyes era el único derivado de la autoridad divina, siendo semejante al ''simplísimo ser de un Dios, Único y Supremo Rey, y Señor de todas las cosas creadas'', y que al igual que aquel dios cristiano era el único que ''[podía] hacer humanamente felices a los pueblos manteniendo los derechos de la justicia, de la tranquilidad, y del buen orden''. El sacerdote precisaba que el sometimiento debido a los reyes era una norma de ''derecho divino'' la cual admitía ninguna interpretación ni modificación, pues la suprema potestad que ejercían sobre los pueblos dimanaba inmediatamente de Dios.49

Santiago Torres y Peña, por su parte, se regocijó por el restablecimiento del ''orden inmutable de la sociedad establecido por Dios'' encabezado por un rey que era capaz de ''disipar todo mal con su vista''50. De igual manera José María Gruesso reiteró la obligación de afirmar la autoridad del soberano dado que así lo recomendaba Jesucristo, no siéndole dado al vasallo rebelarse contra él bajo ningún pretexto, aun cuando se pensara —aunque según Gruesso este no era el caso— que los reyes españoles hayan gobernado despóticamente y hayan paralizado y degradado a América.51

Aquellas arengas expresaban el deseo de los curas de que retornaran los tiempos anteriores a la revolución, vistos por los lealistas como idílicos, para lo cual pedían a los neogranadinos ponerse en manos de la Iglesia, de modo que su dios suspendiera completamente el castigo de la conmoción revolucionaria. Estos sacerdotes también compartían el parecer de que la sociedad neogranadina había sido corrompida en alguna medida por los tenebrosos ideales republicanos. El cura Gruesso, por ejemplo, indicó que los revolucionarios se habían dado la maña de ''hacer odioso el vasallaje'', triunfando así la seducción sobre ''tres siglos de obediencia y de virtud''52. El comandante de la pacificación española fue optimista con respecto al realismo de los neogranadinos, y parece haber creído que la mayor parte del pueblo había conservado su veneración al rey. Empero, el hombre era consciente de que no bastaba con que el monarca fuera obedecido sino que era preciso obtener una aceptación entusiasta del orden restaurado.

Así, tan pronto llegó a Santafé, Morillo le escribió al ministro de Guerra manifestándole que sus tropas podrían vencer a los rebeldes pero que ''el convencimiento y la obediencia al soberano'' requerían ser trabajadas, siendo esta una misión destinada a los curas. Por eso pedía a la Corona mayor atención sobre la renovación de las autoridades eclesiásticas y solicitaba el envío de centenares de sacerdotes.53 Objetivos similares movieron al director de los dominicos americanos a poner en circulación una pastoral en la que urgía a sus curas a consagrarse a la tarea de recobrar para el rey la lealtad, tanto en el interior de la orden como en el conjunto de la América española.54

La movilización de los eclesiásticos para que encabezaran la recuperación de la majestad regia no tuvo que ver solamente con el hecho de que ellos constituían la más poderosa institución de encuadramiento social, sino porque al ser agentes de lo sagrado eran los únicos que podían restaurar la numinosidad del rey. Más no era un cometido fácil restituirle al rey la excelsitud sobrehumana de que había gozado y elevarlo nuevamente al mundo sagrado que lo rodeaba antes de la revolución. Sin embargo, las nuevas autoridades persiguieron esa meta con entusiasmo, aunque recurriendo a métodos que diferían de la lógica antigua, particularmente en lo relativo a la espontaneidad con que se manifestaba la adhesión al rey.55 Para ese momento las ceremonias regias comenzaron a ser dirigidas y representadas principalmente por los militares, quedando relegados los cabildos, y con ellos los súbditos locales, como se vio en Santafé durante la renovación del juramento de fidelidad en mayo de 1816.56 Mientras que en el pasado la exaltación del monarca, pese a todo, parecía nacer de la sociedad misma, tras la restauración esta comenzó a demandar una considerable orquestación, situación ejemplificada involuntariamente por el cura Rosillo. Desde España —a donde había sido expatriado por los pacificadores— el socorrano se permitía dar consejos de orden táctico a altos funcionarios de la Corona para que sujetaran más fácilmente al Nuevo Reino. Según el sacerdote, estos debían enfatizar en la utilidad de la sumisión al soberano como elemento de conservación de la religión. De igual manera también les recomendaba:

Hacer creer a los habitantes del Nuevo Reino de Granada, que V. M. vive y reina felizmente sobre su trono, y que es aquel mismo rey lleno de justificación, de clemencia, de bondad, de religión, de amor a sus vasallos, cuya ausencia lloraron en otro tiempo, y que en la época de la revolución desearon, prometiéndose benigno acogimiento y olvido de sus anteriores delirios. 57

Ahora bien, aunque Rosillo aludía a los ''sagrados derechos de mi soberano'', en realidad el rey ya no estaba en ese lugar singularmente elevado, inaccesible para los súbditos, que él había evocado en su sermón de 1805.58 En la medida en que la lealtad vasálica perdía parte de su antigua espontaneidad tendían a hacerse visibles, y por ende prosaicos, los mecanismos del poder regio. El emplazamiento del antiguo rey en la altísima posición que había tenido terminó por perder su aura misteriosa y natural. Algunos otrora republicanos, no dejaron de hecho, de mundanizar la potencia regia como lo evidenció la retractación a que fue obligado el cura Juan Fernández de Sotomayor, quien se atrevió a consignar expresiones que ponían al rey del lado del mundo sublunar: ''Lo hice descender del trono del Altísimo'' comentaba años después.59 Pero el desencantamiento que golpeó a la institución regia fue ante todo obra de la pasada revolución, pues en su seno surgieron fuerzas inéditas que, como la opinión pública, debieron ser asumidas también por los pacificadores aún a riesgo de contradecir su proyecto de devolverle el trono a un monarca que se jactaba de no deberle el poder a la sociedad que pretendía gobernar.

En este sentido, la prensa realista muestra que las autoridades españolas empezaron a rendir cuentas al público de sus actuaciones, de los recursos que recogían y de los gastos en que se aplicaban.60 Recientemente algunos investigadores han presentado un recuento detallado sobre la contradicción que durante esos años implicó el hecho de que un poder que se pretendía trascendente tuviera que someterse a obtener una cierta aprobación de la opinión.61 Así pues, aquel rey caracterizado por los pacificadores como paternal y compasivo debió recurrir al respaldo de las bayonetas,62 lo cual era una anomalía respecto al antiguo orden monárquico, en donde la adhesión de todos los grupos sociales había permitido minimizar su necesidad de coacción.

Los pacificadores de la Nueva Granada pudieron haber pensado que esta lealtad impuesta y los hostiles métodos implementados para obtenerla iban a ser provisionales. No obstante, su éxito en aclimatar una deferencia voluntaria hacia el monarca fue muy débil como se observa en las palabras del gobernador realista de Cartagena, quien a finales de 1819 se refería a la obediencia al soberano en términos de ''tantas veces jurada y tantas desconocida'' por los neogranadinos durante estos años.63 Un importante escollo ante el cual no prestó la suficiente atención el esfuerzo restaurador fue la enajenación de la voluntad de los notables, quienes en general se habían comprometido con la revolución y por tanto se habían exiliado o se habían sumado a las tropas rebeldes o terminaron castigados por los reconquistadores. Habiendo sido borrados de la escena pública buena parte de los nobles locales así como los hombres educados y ricos, la monarquía quedaba acéfala de un elemento fundamental. Efectivamente, en esa época a instancias de la ciencia política predominante, no podía haber monarquía sin la sanior pars que dirigiera la sociedad y mediara entre el pueblo y el rey.

Pero los comandantes españoles no controlaron su furor y en noviembre de 1816 Pablo Morillo se marchó confiado hacia los Llanos, hablándole a los santafereños de un Fernando que era el ''rey más querido de los reyes'', y justificando las represalias que había ordenado contra los ''pérfidos mandones'' neogranadinos a causa de la rebeldía que les había atraído ''la venganza de un soberano irritado''64. De alguna manera podría decirse entonces que los pacificadores tuvieron bastante éxito en restablecer la autoridad emanada del rey, pero que contaron con menos fortuna en restaurar el poder numinoso que había caracterizado a los monarcas españoles. Desde Fernando VII hacia abajo, todos los defensores de la restauración deseaban un completo retorno al orden pletórico de concordia, moralidad y certezas que juraban había existido antes de la revolución. En 1819 las victorias sobre el aparato militar que resguardaba tales pretensiones reforzaron la convicción de los neogranadinos de que no necesitaban de un rey para articular la comunidad política y ordenar la sociedad.

 

Conclusiones

No hubo ninguna fatalidad en que el monarca español terminara repudiado por sus súbditos neogranadinos, pero una vez que un grupo decisivo de estos lo habían hecho descender del lugar hipereminente en que por largo tiempo había permanecido, su reinstalación se hizo bastante improbable. Como lo señala Michael Walzer a propósito de los regicidios en Inglaterra y Francia es harto difícil recuperarle la majestad a una monarquía que ha sido despojada de ella.65 El poder regio se desvaneció en tanto que clave del orden social durante la experiencia revolucionaria neogranadina, siendo este complicado proceso el nudo central de aquel ocaso. Pero ese pasaje no fue algo automático, pues su realización necesitó de un cierto tiempo y del despliegue de una serie de tensiones y desplazamientos que no fueron solo de orden político.

Al final de su recorrido, la revolución creó las posibilidades intelectuales y emocionales para que la potencia regia perdiera todo su ascendiente, e instituyó al mismo tiempo un nuevo poder que le procuró a la sociedad otras coordenadas, otra imagen de sí misma que no era ya la de un cuerpo unido en torno al monarca. Aquella considerable ruptura —gestada por la revolución— obstaculizó gravemente el movimiento de reconquista en su afán por restaurar el poder trascendente en la persona de Fernando VII. La revolución logró convertir la figura regia en una completa anomalía, creando así aquel poderoso espejismo según el cual los neogranadinos siempre habían odiado o se habían desentendido del poder monárquico puesto que él sintetizaba la tiranía y la opresión españolas.

La comprensión del lugar del rey permite darle historicidad al acontecimiento revolucionario, captar sus giros y dilemas. También nos lleva a conocer mejor el tipo de dislocamiento que la revolución operó en el destino social, así como las dificultades que supuso la adopción del gobierno democrático, el cual se fundamenta en una soberanía antagónica a la del rey, hecho del cual se desprenden instituciones, prácticas, lenguajes y valores considerablemente inéditos. Antes de las revoluciones de la década de 1810, las sociedades de la América española habían tenido una experiencia similar respecto al rey hispánico, caracterizada por una veneración común y un común reconocimiento de su situación hipereminente. Esa experiencia compartida, que se evidenció en su idéntica reacción a la amenaza napoleónica cernida sobre la Corona española dio paso, sin embargo, a dos modelos distintos de escisión con el rey y a dos tipos de expectativa respecto al gobierno monárquico. La Revolución neogranadina, en particular, se caracterizó por su precoz e intensa ruptura con la potencia regia, a diferencia de muchas otras regiones en donde el rey siguió concitando aspiraciones y proyectos importantes en torno de su figura.

 

 


1. Michael Walzer, ''Regicide and revolution'', Social Research Vol: 40 n.o 4 (1973): 617-642.

2. Andrés María Rosillo, Sermón predicado en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Santafé de Bogotá el día 24 de Febrero de 1805, en la solemnidad de acción de gracias que con asistencia del Excmo. Sr. Virrey, de todos los tribunales, y de los individuos de la expedición de la vacuna, y su Vicedirector Don Joseph de Salvany, fue celebrada para manifestar el reconocimiento de este Nuevo Reino a Dios, y al Rey por este beneficio (Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1805), 5, 24-31, 42.

3. Son conocidos los alegatos lealistas de Joaquín de Finestrad y Manuel del Socorro Rodríguez, pero sabemos que a finales del siglo XVIII existieron otros, por ejemplo, los de Raymundo Azero, Andrés María Rosillo, Joaquín Camacho, Jorge Tadeo Lozano, Frutos Joaquín Gutiérrez, entre otros muchos, quienes loaron la prevalencia del monarca en todos los ámbitos de la vida. Ver: Felipe de Vergara y Caicedo, ''Discurso jurídico-moral, en que se demuestran los derechos que los padres de familia tienen en los matrimonios de sus hijos, y se proscribe la falsa, y errónea opinión, que defiende la absoluta libertad e independencia de los hijos para casarse'' (1776), en Biblioteca Nacional de Colombia, RM 140, ff. 8r-10r, 65v, 80r, 152v-153r; Fray Diego Padilla, ''Oración fúnebre en honor de Carlos III'' (1789), en Archivo General de la Nación (AGN), Colecciones, Ortega Ricaurte, Oratoria Sagrada, caja 184, carpetas 674-677, ff. 33-39.

4. Clifford Geertz, ''Centros, reyes y carisma: una reflexión sobre el simbolismo del poder'', en Conocimiento local. Ensayos sobre la interpretación de las culturas (Barcelona: Paidós, 1994), 147-171.

5. Isidro Vanegas, La Revolución Neogranadina (Bogotá: Ediciones Plural, 2013), 237-285 y 363-409.

6. Véase, a manera de ejemplo, José Domingo Duquesne, Oración pronunciada de orden de el Exmo. Señor Virrey, y Real Acuerdo en la solemnidad de acción de gracias celebrada en esta Santa Iglesia Catedral Metropolitana de Santafé de Bogotá el día 19 de Enero de 1809 por la instalación de la Suprema Junta Central de Regencia [...] (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa de los Monteros, 1809), 10-11; y ''Roma 3 de Noviembre de 1808'', Alternativo del Redactor Americano n.o 37, Santafé de Bogotá, 27 de junio, 1809.

7. Isidro Vanegas, Plenitud y disolución del poder monárquico en la Nueva Granada. Documentos 1807-1819, 2 vols. (Bucaramanga: UIS, 2010).

8. José Antonio Torres y Peña, Memorias sobre los orígenes de la independencia nacional (Bogotá: Editorial Kelly, 1960), 82; ''Carta de Camilo Torres'' (20 de agosto de 1808), en Archivo Histórico Javeriano (AHJ), Camilo Torres, carpeta 156, f. 6; Redactor Americano del Nuevo Reyno de Granada n.o 61, Santafé de Bogotá, 4 de junio, 1809.

9. ''A la ilustre España y a sus valerosos hijos'', Noticias públicas de Cartagena de Indias n.o 9, 19 de diciembre, 1808; ''Proceso por el levantamiento de Pore'', en AGN, Colonia, Historia Civil, leg. 10, f. 255v.

10. Revelador de esta actitud es el poema en que José Fernández Madrid le dedicaba tiernos versos al rey cautivo e imaginaba que con él renacería el siglo de oro, y que a su retorno establecería unas cortes permanentes en donde las leyes de la monarquía serían reformadas, todo dejando ''Ilesos los derechos de los Reyes / Y el Solio venerado''. Véase José Fernández Madrid, España salvada por la Junta Central (Cartagena: s.e., 1809).

11. AHJ, Camilo Torres, carpeta 33, f. 94r.

12. ''Carta a su tío Ignacio Tenorio, Oidor en Quito, mayo 29 de 1810'', en Proceso histórico del veinte de Julio de 1810, comp. Guillermo Hernández (Bogotá: Banco de la República, 1960), 59-60.

13. ''Causa criminal contra Agustín y Manuel López por heridas que dieron a Trinidad Lucano'' (diciembre de 1810), en Archivo Central del Cauca (ACC), Independencia, Judicial, Signatura 5151, Ind. JI-6cr, ff. 1-12.

14. AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 11, f. 187r.

15. ''Acta del Cabildo Extraordinario de Santafé de Bogotá'', en Proceso histórico, comp. Guillermo Hernández, 154.

16. ''Cartas de José Acevedo Gómez, julio 21 y agosto 5 de 1810'', en Proceso histórico, comp. Guillermo Hernández, 161-164 y 172-179. Por su parte los editores de un periódico veían al ''pueblo soberano'' caminar por las calles en la tarea de prescribir actos. Ver: ''Se continúa la historia de nuestra revolución'', Diario Político de Santafé de Bogotá n.o 4, 4 de septiembre, 1810.

17. ''Continúa la prevención contra los esfuerzos de los realistas'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 188, Santafé de Bogotá, 1 de septiembre, 1814.

18. Un amplio desarrollo en torno al lugar que esta Constitución le asignó a Fernando VII, en Isidro Vanegas, El constitucionalismo fundacional (Bogotá: Ediciones Plural, 2012), 119-128.

19. Constitución de la República de Tunja (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1811), 5, 10.

20. Frente a la Constitución de Tunja, la única carta que dejó abierta la eventualidad de reconocer a Fernando VII como rey fue la Constitución de Cartagena (1812), aunque esa decisión la debía tomar el gobierno general de la Nueva Granada. Ver: Constitución del Estado de Cartagena de Indias sancionada en 14 de Junio de 1812 (Cartagena: Imprenta del Ciudadano Diego Espinosa, 1812), 15-17.

21. Constitución política de la monarquía española (Cádiz: Imprenta Real, 1812), 58.

22. Tal vez la obra pionera en el cuestionamiento sistemático de la monarquía fue: Miguel de Pombo, Constitución de los Estados Unidos de América, con las últimas adiciones, precedidas de las actas de independencia y federación, traducidas del inglés al español por el ciudadano Miguel de Pombo, e ilustradas por el mismo con notas y un discurso preliminar sobre el sistema federativo (Santafé de Bogotá: Imprenta Patriótica, 1811).

23. ''Variedades. Concluyen las reflexiones sobre el estado actual de España'', Gazeta Ministerial de la República de Antioquia n.o 11, Medellín, 4 de diciembre, 1814.

24. Isidro Vanegas, La Revolución Neogranadina, 218-234.

25. Miguel de Pombo, Constitución de los Estados Unidos de América, CIX-CX, CXII; ''Cartagena Noviembre 17 de 1811'', Argos Americano, suplemento, Cartagena, 18 de noviembre, 1811.

26. Carta de Rafael Lasso de la Vega a Santiago Arroyo, septiembre 5 de 1811, en Archivo Histórico Cipriano Rodríguez Santa María (AHCRSM), Universidad de la Sabana, David Mejía Velilla, caja 7, carp. 3, ff. 66-69v.

27. ''Cartagena 14 de Junio'', Gazeta de Cartagena de Indias n.o 10, 18 de junio, 1812; ''Continúa el Comentario al Decreto de Fernando 7º de España dado en Valencia a 4 de Mayo de 814'', Argos de la Nueva Granada n.o 77, Santafé de Bogotá, 11 de junio, 1815; Pedro Gual, ''Observaciones sobre el estado actual de la Nueva Granada y Venezuela'', El Observador Colombiano n.o 2, Cartagena, 16 de agosto, 1813.

28. Andrés María Rosillo, Excmo. Señor (Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1814).

29. ''Nota del Editor'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 191, Santafé de Bogotá, 15 de septiembre, 1814. En las ediciones siguientes de este periódico serán reiterativos en el tema. Véanse n.o 194 y 195, 6 y 13 de octubre de 1814.

30. José Manuel Restrepo, comp., Documentos importantes de Nueva Granada, Venezuela y Ecuador, tomo I (Bogotá: Universidad Nacional, 1969), 161-163.

31. Daniel Florencio O'Leary, Memorias del General O'Leary, tomo 13 (Caracas: Ministerio de la Defensa, 1981), 229-231; Jorge Tadeo Lozano, Discurso que ha de pronunciar en la apertura del Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca (Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1813), 7-8; Joaquín Escobar, Memorias sobre la revolución de las Sabanas (Cartagena: Imprenta del C. Diego Espinosa, 1813), 7; ''Popayán'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 164, Santafé de Bogotá, 24 de marzo, 1814; ''Noticias del interior'', Argos de la Nueva Granada n.o 34, Tunja, 30 de junio, 1814.

32. ''Cartagena Noviembre 22 de 1813'', El Observador Colombiano n.o 16, Cartagena, 22 de noviembre, 1813.

33. Daniel Gutiérrez, ''Matar a un rey ausente. Regicidios simbólicos durante el interregno neogranadino (1808-1816)'', Economía y política Vol: 1 n.o 2 (2014): 5-39. Véase también: Jairo Gutiérrez y Armando Martínez, comps., La visión del Nuevo Reino de Granada en las Cortes de Cádiz (Bogotá: Academia Colombiana de Historia, UIS, 2008), 180; Isidro Vanegas, comp., Dos vidas, una revolución (Bogotá: Universidad del Rosario, 2011), 256-257; ''Cundinamarca'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813; AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 15, ff. 122-134; ''Relación de los principales cabezas de la rebelión de este Nuevo Reino de Granada [...]'', en Biblioteca Nacional de Colombia, Quijano 253, pza. 21, 1816; Manuel Leonidas Scarpetta y Saturnino Vergara, Diccionario biográfico de los Campeones de la Libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador i Perú (Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879), 617; Guillermo Hernández, comp., ''Documentos inéditos: sumarias de los procesos seguidos contra los clérigos patriotas'', Boletín de Historia y Antigüedades Vol: 49 n.o 573 y 574 (1962): 430-431; Santiago Arroyo, Apuntes históricos sobre la revolución de la independencia en Popayán (Bogotá: Biblioteca Popular, 1896), 292; ''Criminal contra Candelaria Salgado, o Armero, Popayán'' (septiembre de 1816), en ACC, Independencia JI-3cr, sig. 1777, ff. 1-6; y José Vicente París, ''Vida del licenciado Don José León Armero'', Boletín de Historia y Antigüedades n.o 110 (1915): 88.

34. Louis Marin, ''Poder, representación, imagen'', Prismas n.o 13 (2009): 135-153; Roger Chartier, prólogo, Imagen y propaganda. Capítulos de historia cultural del reinado de Felipe II, Fernando Bouza (Madrid: Akal, 1998), 5-11.

35. ''Cundinamarca'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813; ''oficios varios'' (1813), en AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 15, ff. 122-134. Una disposición semejante a la de Cundinamarca fue tomada a mediados del año siguiente por las autoridades de Popayán, que ordenaron destruir ''los retratos de los tiranos que desde la violenta ocupación de la América han usurpado los imprescriptibles derechos del hombre a pretexto de nuestra santa religión''. Ver: ''Aurora de Popayán. Declaratoria de Independencia'', El Mensagero de Cartagena de Indias n.o 21, 1 de julio, 1814.

36. Daniel Gutiérrez, ''Matar a un rey''.

37. ''Carta de Rafael Lasso de la Vega a Santiago Arroyo'' (9 de septiembre de 1811), en AHCRSM, Universidad de la Sabana, David Mejía Velilla, caja 7, carp. 3, ff. 66-69v; y Actas del serenísimo colegio constituyente y electoral de la provincia de Cundinamarca (Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1811), 99-100.

38. Juan Germán Roscio, Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes (Tunja: Imprenta del Congreso de la Nueva Granada, 1813), 10; y Juan Germán Roscio, El triunfo de la libertad sobre el despotismo (Filadelfia: Imprenta de Thomas Palmer, 1817) caps. XLV y XLVII.

39. Manuel Ezequiel Corrales, comp., Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana, tomo I (Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883), 193; Daniel Gutiérrez, comp., Las Asambleas constituyentes de la Independencia (Bogotá: Corte Constitucional, Universidad Externado, 2010), 252-253.

40. ''Gazeta de Caracas. Cuadro actual de la España'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 181, Santafé de Bogotá, 14 de julio, 1814. Una idea semejante se ve en ''Siguen los preliminares'', El Republicano n.o 15, Tunja, 30 de junio, 1815.

41. ''Artículo comunicado'', Década Miscelánea de Cartagena n.o 3, 29 de octubre, 1814; ''Observación'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 215, Santafé de Bogotá, 23 de marzo, 1815; El Anteojo de Larga Vista n.o 10, Santafé de Bogotá, 1814.

42. Antonio Nariño, ''Mi Dictamen sobre el Gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada'', La Bagatela n.o 3, Santafé de Bogotá, 28 de julio, 1811; El Montalván (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 8 de febrero, 1812); y Sergio Elías Ortiz, comp., Colección de documentos para la historia de Colombia, tomo III (Bogotá: Editorial ABC, 1966), 195.

43. José María García de Toledo, Defensa de mi conducta pública y privada contra las calumnias de los autores de la conmoción del once y doce del presente mes (Cartagena: Imprenta del Consulado, 1811), 7. Nariño, por su parte, acusó al presidente de Popayán, Felipe Mazuera, de actuar ''como si fuera el Fernando 7.o de Popayán'', en: ''Sur'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 160, Santafé de Bogotá, 3 de marzo, 1814.

44. En ese mismo año de 1814, Louis XVIII de Francia también aspiraba a una reanudación de ''la cadena de los tiempos'' que pasara por alto la Revolución Francesa. Ver: Daniel de Montplaisir, ''On l'appelait 'Louis des Huîtres'. 17 septembre 1824'', en Les derniers jours des rois, dir. Patrice Gueniffey (París: Perrin, 2014), 280.

45. Véase, entre otros, el relato de la revolución elaborado por un monarquista, José Antonio Torres y Peña, en Memorias sobre los orígenes (Bogotá: Editorial Kelly, 1960), 27-133. Ver también su poema ''Santafé cautiva'', en La Patria Boba (Bogotá: Biblioteca de Historia Nacional, 1902).

46. Gazeta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 4, Santafé de Bogotá, 4 de julio, 1816.

47. Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 6, Santafé de Bogotá, 18 de julio, 1816; y Relación de las fiestas con que la M. N. Y. M. L. Villa de Medellín, en la Provincia de Antioquia solemnizó el día 14 de Octubre de este presente año de 1816 en memoria del nacimiento de nuestro augusto y amado soberano el Señor Don Fernando VII que Dios guarde (Antioquia: Imprenta Real, 1816), 6.

48. Nicolás de Valenzuela y Moya, Oración gratulatoria y parenética, pronunciada el día 10 de Septiembre de 1816 en la Parroquia de la ciudad de Neiva, ante el Consejo de Guerra del Ejército Expedicionario, y solemne concurso en acción de gracias por el feliz éxito de las Armas Reales en la reconquista del Nuevo Reino de Granada (Santafé de Bogotá: Imprenta del Superior Gobierno, 1817), 7, 37-38, nota 6.

49. Antonio de León, Discurso político moral sobre la obediencia debida a los reyes, y males infinitos de la insurrección de los pueblos (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1816), 4, 16-17 y 56.

50. Santiago Torres y Peña, Viva Jesús. Oración fúnebre del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Bautista Sacristán y Galiano (Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1817), 28-29.

51. José María Gruesso, Oración fúnebre pronunciada por el D. D. José María Gruesso y Rodríguez, provisor y vicario capitular en sede vacante, en las exequias de el Presbítero D. José María Morcillo cura de el pueblo de la Cruz-Asesinado por las tropas rebeldes, en el pueblo de el Tambo el 9 de Mayo de 812 (Popayán: impreso por Francisco de Paula Castellanos, 1817), 20.

52. José María Gruesso, Oración fúnebre, 15.

53. ''Oficio de mayo 31 de 1816'', en El Teniente General Don Pablo Morillo, tomo 1, comp. Antonio Rodríguez Villa (Madrid: Editorial América, 1920), 248.

54. Juan Buenaventura Bestard, Pastoral del comisario general de Indias a sus súbditos (Santafé de Bogotá: reimpresión en la Imprenta del Gobierno, 1817).

55. En el periodo monárquico las celebraciones regias no se efectuaron en razón de una obligación que pudieran imponer las autoridades. Verónica Salazar muestra cómo ese tipo de festejos no siempre se realizaron en todas las poblaciones a las que se les ordenó hacerlos, pues en ocasiones las autoridades locales esgrimieron excusas para evitarlo, ante lo cual el virrey o la Audiencia no podían hacer mayor cosa. Ver: Verónica Salazar, ''Fastos monárquicos en el Nuevo Reino de Granada. La imagen del rey y los intereses locales, siglos XVII-XVIII'' (tesis de doctorado en Sociedad y Cultura, Universidad de Barcelona, 2013), 127-133.

56. Santafé 31 de Mayo de 1816 (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa por Nicomedes Lora, 1816).

57. ''Representaciones de agosto 10 de 1817 y enero 15 de 1818'', en Colección de documentos, tomo II, comp. Sergio Elías Ortiz, 123, 133 y 143-144.

58. ''Representaciones de agosto 10 de 1817 y enero 15 de 1818'', en Colección de documentos, tomo II, comp. Sergio Elías Ortiz, 123, 133 y 143-144.

50. Juan Fernández de Sotomayor, El Doctor J. Fernández de Sotomayor [...] contesta documentadamente al libelo, que con el título de ''Manifiesto'', ha publicado el señor cura de Manta, Dr. Ramón Eguiguren (Bogotá: impreso por F. M. Stokes, 1825), 64-65.

60. Leemos anuncios como este: ''Por orden de los excelentísimos señores generales del ejército pacificador se ha trabajado incesantemente en la imprenta del gobierno para dar a luz pública la razón detallada de los costos invertidos en el vestuario y completo equipo de las tropas de S. M''. Ver: Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 25, Santafé de Bogotá, 28 de noviembre, 1816.

61. Alexander Chaparro, ''Fernando VII, el neogranadino. Publicidad monárquica y opinión pública en el Nuevo Reino de Granada durante la restauración absolutista, 1816-1819'', Fronteras de la Historia Vol: 19 n.o 2 (2014), 70-95.

62. Morillo le aconsejó a Sámano que fuera diligente en castigar a los sediciosos para no ''arriesgar la seguridad de este Virreinato siempre expuesto a ser envuelto en nuevas desgracias, con la opinión pervertida, y mal pensar de los desleales, que por desgracia viven en todas partes deseando una ocasión de levantar la cabeza y sublevar los habitantes''. Ver: ''Carta de Pablo Morillo, julio 5 de 1817'', en AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 22, f. 683v.

63. Roberto Arrázola, comp., Documentos para la historia de Cartagena, 1815-1819 (Cartagena: Tipografía Hernández, 1965), 297.

64. Pablo Morillo, Habitantes de la Nueva Granada (Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1816).

65. Michael Walzer, ''Regicide and revolution'', 622.


 

Bibliografía

Fuentes primarias

Archivos

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, Judicial.

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, JI-3cr.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Archivo Anexo, Historia.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Colonia, Historia Civil.

Archivo Histórico Cipriano Rodríguez Santa María (AHCRSM), Universidad de la Sabana, Bogotá-Colombia. David Mejía Velilla.

Archivo Histórico Javeriano (AHJ), Bogotá-Colombia. Camilo Torres.

Publicaciones periódicas

''Roma 3 de Noviembre de 1808''. Alternativo del Redactor Americano n.o 37, Santafé de Bogotá, 27 de junio, 1809.

''Continúa el Comentario al Decreto de Fernando 7º de España dado en Valencia a 4 de Mayo de 814'', Argos de la Nueva Granada n.o 77, Santafé de Bogotá, 11 de junio, 1815.

''Se continúa la historia de nuestra revolución''. Diario Político de Santafé de Bogotá n.o 4, 4 de septiembre, 1810.

''Aurora de Popayán. Declaratoria de Independencia''. El Mensagero de Cartagena de Indias n.o 21, 1 de julio, 1814.

''Observaciones sobre el estado actual de la Nueva Granada y Venezuela''. El Observador Colombiano n.o 2, Cartagena, 16 de agosto, 1813.

''Gazeta de Caracas. Cuadro actual de la España''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 181, Santafé de Bogotá, 14 de julio, 1814.

''Continúa la prevención contra los esfuerzos de los realistas''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 188, Santafé de Bogotá, 1 de septiembre, 1814.

''Variedades. Concluyen las reflexiones sobre el estado actual de España''. Gazeta Ministerial de la República de Antioquia n.o 11, Medellín, 4 de diciembre, 1814.

''Mi Dictamen sobre el Gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada''. La Bagatela n.o 3, Santafé de Bogotá, 28 de julio, 1811.

''A la ilustre España y a sus valerosos hijos''. Noticias públicas de Cartagena de Indias n.o 9, 19 de diciembre, 1808.

''Cundinamarca''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813.

''Sur''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 160, Santafé de Bogotá, 3 de marzo, 1814.

''Popayán''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 164, Santafé de Bogotá, 24 de marzo, 1814.

''Nota del Editor''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 191, Santafé de Bogotá, 15 de septiembre, 1814.

''Observación''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 215, Santafé de Bogotá, 23 de marzo, 1815.

''Noticias del interior''. Argos de la Nueva Granada n.o 34, Tunja, 30 de junio, 1814.

Redactor Americano del Nuevo Reyno de Granada n.o 61, Santafé de Bogotá, 4 de junio, 1809.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 6, Santafé de Bogotá, 18 de julio, 1816.

El Anteojo de Larga Vista n.o 10, Santafé de Bogotá, 1814.

''Cartagena 14 de Junio''. Gazeta de Cartagena de Indias n.o 10, 18 de junio, 1812.

''Siguen los preliminares''. El Republicano n.o 15, Tunja, 30 de junio, 1815.

''Cartagena Noviembre 22 de 1813''. El Observador Colombiano n.o 16, Cartagena, 22 de noviembre, 1813.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 25, Santafé de Bogotá, 28 de noviembre, 1816.

''Cartagena Noviembre 17 de 1811''. Argos Americano, suplemento, Cartagena, 18 de noviembre, 1811.

''Artículo comunicado''. Década Miscelánea de Cartagena n.o 3, 29 de octubre, 1814.

Libros

''Relación de los principales cabezas de la rebelión de este Nuevo Reino de Granada [...]'', en Biblioteca Nacional de Colombia, Quijano 253, pza. 21, 1816.

Actas del Serenísimo Colegio Constituyente y Electoral de la Provincia de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1811.

Arrázola, Roberto, comp. Documentos para la historia de Cartagena, 1815-1819. Cartagena: Tipografía Hernández, 1965.

Arroyo, Santiago. Apuntes históricos sobre la revolución de la independencia en Popayán. Bogotá: Biblioteca Popular, 1896.

Bestard, Juan Buenaventura. Pastoral del Comisario General de Indias a sus súbditos. Santafé de Bogotá: reimpresión en la Imprenta del Gobierno, 1817

Constitución de la República de Tunja. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1811.

Constitución del Estado de Cartagena de Indias sancionada en 14 de Junio de 1812. Cartagena: Imprenta del Ciudadano Diego Espinosa, 1812.

Constitución política de la monarquía española. Cádiz: Imprenta Real, 1812.

Corrales, Manuel Ezequiel comp. Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana, tomo I. Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883.

De León, Antonio. Discurso político moral sobre la obediencia debida a los reyes, y males infinitos de la insurrección de los pueblos. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1816.

De Pombo, Miguel. Constitución de los Estados Unidos de América, con las últimas adiciones, precedidas de las actas de independencia y federación, traducidas del inglés al español por el Ciudadano Miguel de Pombo, e ilustradas por el mismo con notas y un discurso preliminar sobre el sistema federativo. Santafé de Bogotá: Imprenta Patriótica, 1811.

De Valenzuela y Moya, Nicolás. Oración gratulatoria y parenética, pronunciada el día 10 de Septiembre de 1816 en la Parroquia de la ciudad de Neiva, ante el Consejo de Guerra del Ejército Expedicionario, y solemne concurso en acción de gracias por el feliz éxito de las Armas Reales en la reconquista del Nuevo Reino de Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Superior Gobierno, 1817.

De Vergara y Caicedo, Felipe. ''Discurso Jurídico-Moral, en que se demuestran los derechos que los Padres de familia tienen en los Matrimonios de sus hijos, y se proscribe la falsa, y errónea opinión, que defiende la absoluta libertad e independencia de los hijos para casarse'' (1776), en Biblioteca Nacional de Colombia, RM 140.

Duquesne, José Domingo. Oración pronunciada de orden de el Exmo. Señor Virrey, y Real Acuerdo en la solemnidad de acción de gracias celebrada en esta Santa Iglesia Catedral Metropolitana de Santafé de Bogotá el día 19 de Enero de 1809 por la instalación de la Suprema Junta Central de Regencia [...]. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa de los Monteros, 1809.

El Montalván. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 8 de febrero, 1812.

Escobar, Joaquín. Memorias sobre la revolución de las Sabanas. Cartagena: Imprenta del C. Diego Espinosa, 1813.

Fernández de Sotomayor, Juan. El Doctor J. Fernández de Sotomayor [...] contesta documentadamente al libelo, que con el título de ''Manifiesto'', ha publicado el señor cura de Manta, Dr. Ramón Eguiguren. Bogotá: impreso por F. M. Stokes, 1825.

Fernández Madrid, José. España salvada por la Junta Central. Cartagena: s.e., 1809.

García de Toledo, José María. Defensa de mi conducta pública y privada contra las calumnias de los autores de la conmoción del once y doce del presente mes. Cartagena: Imprenta del Consulado, 1811.

Gruesso, José María. Oración fúnebre pronunciada por el D. D. José María Gruesso y Rodríguez, provisor y vicario capitular en sede vacante, en las exequias de el Presbítero D. José María Morcillo cura de el pueblo de la Cruz-Asesinado por las tropas rebeldes, en el pueblo de el Tambo el 9 de Mayo de 812. Popayán: impreso por Francisco de Paula Castellanos, 1817.

Hernández, Guillermo, comp. ''Documentos inéditos: sumarias de los procesos seguidos contra los clérigos patriotas''. Boletín de Historia y Antigüedades Vol: 49 n.o 573 y 574 (1962): 347-436.

Hernández, Guillermo, comp. Proceso histórico del veinte de Julio de 1810. Bogotá: Banco de la República, 1960.

Lozano, Jorge Tadeo. Discurso que ha de pronunciar en la apertura del Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1813.

Morillo, Pablo. Habitantes de la Nueva Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1816.

O'Leary, Daniel Florencio. Memorias del General O'Leary, tomo 13. Caracas: Ministerio de la Defensa, 1981.

Ortiz, Sergio Elías, comp. Colección de documentos para la historia de Colombia, tomo III. Bogotá: Editorial ABC, 1966.

París, José Vicente. ''Vida del licenciado Don José León Armero'', Boletín de Historia y Antigüedades n.o 110 (1915): 66-91.

Relación de las fiestas con que la M. N. Y. M. L. Villa de Medellín, en la Provincia de Antioquia solemnizó el día 14 de Octubre de este presente año de 1816 en memoria del nacimiento de nuestro augusto y amado soberano el Señor Don Fernando VII que Dios guarde. Antioquia: Imprenta Real, 1816.

Restrepo, José Manuel, comp. Documentos importantes de Nueva Granada, Venezuela y Ecuador, tomo I. Bogotá: Universidad Nacional, 1969.

Rodríguez Villa, Antonio, comp. El Teniente General Don Pablo Morillo, tomo 1. Madrid: Editorial América, 1920.

Roscio, Juan Germán. El triunfo de la libertad sobre el despotismo. Filadelfia: Imprenta de Thomas Palmer, 1817.

Roscio, Juan Germán. Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes. Tunja: Imprenta del Congreso de la Nueva Granada, 1813.

Rosillo, Andrés María. Excmo. Señor. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1814.

Rosillo, Andrés María. Sermón predicado en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Santafé de Bogotá el día 24 de Febrero de 1805, en la solemnidad de acción de gracias que con asistencia del Excmo. Sr. Virrey, de todos los tribunales, y de los individuos de la expedición de la vacuna, y su Vicedirector Don Joseph de Salvany, fue celebrada para manifestar el reconocimiento de este Nuevo Reino a Dios, y al Rey por este beneficio. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1805.

Santafé 31 de Mayo de 1816. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa por Nicomedes Lora, 1816.

Scarpetta, Manuel Leonidas y Saturnino Vergara. Diccionario biográfico de los Campeones de la Libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador i Perú. Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879.

Torres y Peña, José Antonio. ''Santafé cautiva'', en La Patria Boba. Bogotá: Biblioteca de Historia Nacional, 1902.

Torres y Peña, José Antonio. Memorias sobre los orígenes de la independencia nacional. Bogotá: Editorial Kelly, 1960.

Torres y Peña, Santiago. Viva Jesús. Oración fúnebre del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Bautista Sacristán y Galiano. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1817.

 

Resumen

El rey fue un actor central de las conmociones revolucionarias modernas. También lo fue en la Revolución neogranadina de la década de 1810, que vio cómo pasó de ser el núcleo del orden en su calidad de detentador y garante del poder y la autoridad, a convertirse en una figura desdeñada que fue sustituida por otro tipo de soberano. Este artículo explora el lugar del monarca en tres momentos claramente diferenciados de la conmoción revolucionaria, buscando comprender el itinerario del distanciamiento, los dilemas que hubo en juego y las implicaciones de aquella gran innovación.

Palabras clave:

rey, revolución, Nueva Granada.

Abstract

The king was a central actor in the modern revolutions. He also was in the New Grenada Revolution of the 1810's, during which the king went from being the center of the order as holder and guarantor of power and authority, to be a despised figure that was replaced by another kind of sovereign. This article explores the place of the monarch in three distinct moments of revolutionary upheaval, seeking to understand the way of detachment, the dilemmas that was in play and the implications of this great innovation.

Key words:

king, revolution, New Grenada.

Introducción

Las revoluciones de los tiempos modernos tuvieron con los reyes un antagonismo que en buena medida definió sus alcances. Así, las revoluciones inglesa del siglo XVII y francesa de finales del XVIII se vieron obligadas a erigirle un tribunal a sus respectivos monarcas; representación del poder antiguo que debía ser abatido para hacerle espacio a lo nuevo.1 Un desafío similar enfrentaron las revoluciones del orbe español a comienzos del siglo XIX, aunque este hecho ha pasado desapercibido, debido a que los Borbones mantuvieron su preeminencia en el gobierno de la península ibérica y a que en Hispanoamérica el triunfo del ideal republicano tuvo tal alcance que logró crear la ilusión de que nuestra historia había carecido de reyes. En el caso colombiano, durante los últimos doscientos años hemos visto al soberano de los tres primeros siglos de colonización con tanta extrañeza y hostilidad que esa actitud por sí misma comprueba la profundidad de la revolución de la década de 1810. El rey, que en el pasado había sido la potencia canónica y el articulador del vínculo social pasó a ser una figura exótica e incluso caricaturesca.

¿En qué consistió esta mutación, cómo se operó y cuál fue su significado? ¿Qué órdenes de la vida de los neogranadinos fueron afectados por el abatimiento de la figura regia? Para responder adecuadamente a esta cuestión hay que partir de una comprensión desprejuiciada del orden que la revolución pretendía transformar, y que efectivamente transformó, el cual no puede ser aprehendido sino entendiendo al monarca como núcleo de la autoridad y el poder. En este artículo mostraré el lugar del rey en tres etapas claramente contrastadas de la Revolución neogranadina. En primer lugar, durante el momento inicial de la crisis, cuando el soberano continuó siendo reconocido de forma general como encarnación y garante del orden. En segundo lugar, durante el periodo de radicalización de la revolución, en el que esta función del monarca fue asumida por el pueblo soberano. Y en tercer lugar, el momento de la la reconquista, cuando los españoles y los realistas locales se esforzaron por recuperar para el rey el lugar trascendente que había ostentado antes de las agitaciones.

1. El rey amado

En febrero de 1805 Andrés María Rosillo ofreció un sermón en la capital virreinal para agradecer a Dios y al rey por la distribución de la vacuna contra las viruelas. El cura socorrano invocó a un rey al que la divinidad católica le cedía ciertos atributos providenciales para que obrara por el bienestar de los súbditos. Así como dicha divinidad había enviado a su hijo único a redimir las almas de los hombres, también le dio al rey el encargo de sanar los cuerpos. Tal cosa era posible -según Rosillo- porque el trono, obtenido por una circunstancia ''singular y admirable'', hacía a los hombres ''imágenes vivas de Dios'', elevándolos a una altura a la que no llegaba ni la más exaltada gratitud de los vasallos, quienes a cambio de tantos bienes otorgados por el príncipe debían amarlo como a un padre, cumplir sus mandatos, estar dispuestos a defenderlo en todo trance y sobre todo, suplicarle a Dios por su ventura.2 Intervenciones públicas como esta, en las que se le concedía al rey una particular e indiscutible preeminencia fueron constantes entre los miembros de la república de las letras, sin que al respecto se escuchara prácticamente ninguna voz disonante.3 Pero no solo a través de elaborados discursos fue reconocida constantemente la potencia y la excelsitud del soberano unipersonal.

En documentos privados, en representaciones o litigios, en poemas y en celebraciones públicas los distintos grupos sociales demostraron su veneración al rey y su adhesión al orden que él regulaba y encarnaba. Esta pleitesía la pusieron de manifiesto no menos los indios que los mulatos y los esclavos y, como todas las acciones humanas, ella no escapaba al interés y el temor, aunque en términos generales dominó el carácter numinoso de la cual esta figura gozó en todo el mundo occidental, para no hablar de otras regiones.4

Pese al montaje regulado de dispositivos destinados a recrear la lealtad, la veneración de los neogranadinos por su rey fue un fenómeno esencialmente espontáneo, siendo así que la corte y los centros de autoridad no debieron hacer esfuerzos extraordinarios para ganarle al poder regio la sumisión. Esto se debió, en primer lugar, a que ese poder llegó a hacerse consustancial con un pasado inmemorial al que cada súbdito estaba atado por unos vínculos muy intensos incluidos los de la sangre y la tierra; en segundo lugar, a que se trató de un orden aceptado como venturoso en donde el canon era la verdad católica que el monarca protegía; y en tercer lugar, a que el príncipe encabezaba una forma de gobierno cuya excelsitud permitía sortear los defectos de los demás regímenes políticos, particularmente la violencia y el desorden.

El rey fue la clave de la unidad del Imperio español, aquel conjunto tan heterogéneo de territorios y de hombres a quienes los monarcas, uno tras otro proveyeron de autoridades, normas y valores que los mantuvieron congregados en tanto comunidad política. Pero el monarca tuvo al mismo tiempo un papel menos conocido aunque más determinante en la experiencia de sus vasallos de todas las condiciones sociales: fue el símbolo y el garante del mundo en el cual ellos vivían. El soberano encarnaba un orden cuyos fundamentos radicaban en la desigualdad jerárquica, la primacía de la verdad católica en todos los ámbitos de la experiencia y el imperativo de la incorporación. Y si esta figura estaba físicamente lejos -para todos los súbditos, incluyendo los metropolitanos-, esa distancia era una virtud antes que un déficit, no solo en razón de que ella aparecía como caución de su rol de árbitro y apaciguador de las pasiones, sino también en la medida que lo instalaba en un ámbito ajeno al prosaico mundo de los hombres.5

Esa excelsitud inalcanzable del rey fue afirmada con tonos aún más patéticos durante la primera etapa de la crisis monárquica que fue impulsada por la invasión napoleónica, las abdicaciones de Bayona y la retención de la familia real en abril de 1808. La sustracción de la cabeza de la monarquía vivida por doquier como algo apocalíptico puso en marcha, con gran dramatismo, la actualización del poder monárquico y la reafirmación de los vínculos de vasallaje.6 La traducción más notoria de esa renovación fueron las juras de lealtad al rey cautivo, celebradas por gran parte de las ciudades y poblaciones del reino en el segundo semestre de 1808, además de que los eclesiásticos se movilizaron con arengas desde el púlpito y con papeles públicos, mientras que muchos súbditos y corporaciones hicieron donativos para la causa de la guerra contra Francia. Los relatos del periodo subrayan cómo nobles y plebeyos, curas y laicos, funcionarios y simples particulares, hombres y mujeres de unas y otras provincias manifestaron su conmoción y su involucramiento en defensa del rey.7

Aquel entusiasmo lealista lo encontramos también en la correspondencia privada y en las intervenciones públicas de los notables criollos. Antonio Nariño pidió que le dejaran hacer la jura de Fernando VII; Camilo Torres a través de sus cartas rogaba por la preservación de la monarquía; y Frutos Joaquín Gutiérrez adornó con una sentida inscripción un cuadro del rey que se hallaba en su aula del Colegio de San Bartolomé.8 Podrían enumerarse muchos más gestos de leltad de los futuros revolucionarios, pero lo importante es retener cómo en esas circunstancias el monarca siguió teniendo la más alta estimación de los neogranadinos. Así se observa en los papeles públicos, que proclamaron por doquier la fidelidad y obediencia a un rey amado cuya desgracia lo enaltecía aún más a los ojos de sus súbditos, pues en este caso el monarca no había alcanzado a emitir alguna providencia gubernativa, y sin embargo ya era considerado el más fecundo de los gobernantes. Al respecto basten dos ejemplos.

En un poema publicado a finales de 1808 en un periódico cartagenero se comentaba que de todas las Españas ''Fernando es su Monarca; en él se absorbe / Todo el poder, y a él los corazones / Están adictos''. Cerca de un año después, el canónigo magistral de la catedral de Santafé, Andrés María Rosillo, instaba con estas palabras a su joven sobrino a emprender una correría que terminó en el cadalso: ''Sed siempre fiel al Rey, ámalo, y por tu parte procura servirle hasta con tu vida''9. De esta manera, no puede hablarse de un vacío de poder, el cual se habría desencadenado automáticamente con la crisis de la Corona, pues el poder monárquico no perdió nada de su antiguo reconocimiento cuando la sociedad tomó nota de la ''sustracción'' del rey, y ni siquiera la autoridad que se desprendía de ese poder abandonó su primacía. En aquel inicial momento fernandino los neogranadinos pusieron sus esperanzas en un retorno del monarca que no fue sometido a condiciones, esto es, anhelaron una entera restauración del orden conocido.

Pero en medio de los sentimientos de apego que prevalecieron con respecto al rey emergieron insinuaciones sobre la conveniencia de regenerar la monarquía, de transformar el andamiaje gubernativo y de la posibilidad de que el rey pasara a jugar otro rol. Estas opiniones se dieron dentro del mayor comedimiento y la timidez propia de espíritus que, antes que afirmar un proyecto claro, tanteaban vías para el adelantamiento material y político del reino y de la nación española.10 El distanciamiento frente al rey comenzó a mediados de 1809, tomando una forma intelectual. En la activa red epistolar que conectaba a los notables educados aparecieron señales de que algunos de ellos estaban replanteando el lugar del monarca en un orden político nuevo, aunque no republicano ni independiente de la metrópoli.

Así, Diego Martín Tanco le escribió a Camilo Torres en octubre de 1809 manifestándole su conformidad con la idea de este sobre que ''el Rey no debe estar a la cabeza del cuerpo legislativo para el establecimiento de las leyes'', y que por tanto era conveniente la separación de ''los dos poderes, legislativo y ejecutivo''. Pero en contraste con su amigo, Tanco no estaba de acuerdo con quitarle al rey el derecho a que -como ciudadano- interviniera en las deliberaciones del legislativo encargadas de elaborar las leyes.11 El solo hecho de discurrir sobre la cuestión del rol que debía ocupar el rey en la comunidad política, imaginándolo como una especie de monarca constitucional, representaba un enorme atrevimiento si tenemos en cuenta que en el orden monárquico tales asuntos habían sido inabordables por parte de los súbditos. Pero en este terreno el mismo Torres fue mucho más lejos. En una carta de mayo de 1810 exponía ante su destinatario la posibilidad de que el rey dejara simplemente de existir:

Si Fernando VII existe para nosotros, si vivimos todavía bajo su imperio, entonces que no se altere el orden de cosas, que continúen las autoridades y demás funcionarios públicos [...] Pero si Fernando VII no existe para nosotros, si su monarquía se ha disuelto, si se han roto los lazos que nos unían con la metrópoli, y últimamente, si en lugar de la dinastía que habíamos jurado, entra a reinar otra a quien detestamos [...] ¿por qué quiere usted que nuestras deliberaciones, nuestras juntas, nuestros congresos y el sabio gobierno que elegimos se hagan a nombre de un duende o un fantasma? [...] No necesitamos de cubrirnos con el nombre de un rey para formar la mejor, la más conveniente constitución.12

De una potencia indudable, como el dios cristiano o como el padre de familia, el rey devino para algunos en una fuerza eventual; acaso ''un duende o un fantasma''. Con la erección de juntas a mediados de 1810 a lo largo del reino, el distanciamiento con el rey se amplificó, se hizo más abierto y adquirió formas de expresión inéditas. Las juntas en general se declararon protectoras de los derechos del soberano cautivo, pero en cierta medida se convirtieron en un desafío a las autoridades locales y metropolitanas que habían estado gobernando en nombre de aquel. Adicionalmente erosionaron más el estatus del monarca, haciendo que su eclipse fuera pregonado incluso por algunos sujetos de extracción plebeya.

En Popayán en diciembre de 1810, Agustín López, un talabartero de ''calidad mestizo'' que fue encarcelado por participar en una riña se atrevió a decir ''que ya no había rey, que no existía el Sr. D. Fernando 7.o, ¿que por qué los llevaban presos, por ser pobres cuando ya todos éramos unos? que así se lo había dicho un doctor y que lo reconociesen que estaba en su entero juicio''. Al preguntarle por los motivos para hablar de ese modo, López respondió ''que lo único que dijo fue que oyó decir que ya no había rey, y que por lo tanto no se necesitaban soldados: que a quien le oyó fue a su cuñado Pedro Paco las expresiones que dijo a don José María Velasco que dejasen entrar al confesante a hablar con el Sr. gobernador a quien le diría las verdades pues bien ensayado lo tenía un doctor''13. Una situación similar había sido denunciada dos meses atrás por el administrador de aguardientes y tabacos de Cáqueza, quien reportó que los indios de Chipaque andaban diciendo que ''no hay rey, y apoyados a este error funesto, imaginan no haber jueces a quienes sujetarse''14. Desde el inicio del proceso, las juntas, especialmente la de la capital virreinal, fueron lejos en su condicionamiento al reconocimiento del rey.

Así, el cabildo extraordinario celebrado el 20 de julio de 1810 acordó ''no abdicar los derechos imprescriptibles de la soberanía del pueblo a otra persona que a la de su augusto y desgraciado monarca D. Fernando VII, siempre que venga a reinar entre nosotros, quedando por ahora sujeto este nuevo Gobierno a la Superior Junta de Regencia, ínterin exista en la Península, y sobre la Constitución, que le dé el pueblo''15. Aquel pueblo para el que nunca antes se había reclamado una existencia de ese tipo, solo estaría en disposición de transferirle al rey su autoridad soberana a condición de que reinara in situ y a que aceptara la Constitución que diera la nueva comunidad política. Según estas palabras parece que no se buscaba la instauración de una soberanía dual sino más bien el reconocimiento del rey únicamente como magistrado.

Esta novedosa postura que proponía un nuevo tipo de soberano, también se manifestó en la correspondencia de uno de los más activos tribunos de esos días, José Acevedo. Este, contaba asombrado el cómo individuos de origen aparentemente plebeyo reclamaban la preeminencia de la ''soberanía del pueblo'' sobre la opinión de los particulares, o cómo él mismo, animado del espíritu de los republicanos de la antigua Roma, declaraba reos de lesa majestad a quienes se opusieran a ''la voluntad del pueblo soberano''16.

2. El rey de palo

Ese rey amado se desvaneció rápidamente en el ánimo de muchos neogranadinos. A finales de 1814 el anónimo autor de una disertación política enumeró las formas de reprobación del monarca que, según él, había forjado la revolución:

La proscripción de su nombre, la deposición, y demás ultrajes hechos [...] a las autoridades que gobernaban nuestro continente al tiempo de la revolución, lo mucho que se ha declamado ya de palabra, ya por escrito contra el mismo Fernando, y contra toda la casa de los Borbones, el odio, y la detestación general con que se les ha mirado.17

Cabría agregar otros desplantes, pero fue a partir del momento juntista que se ahondó el distanciamiento con el rey, el cual fue expresado inicialmente en el terreno institucional e intelectual. Aquel alejamiento se manifestó a mediados de 1810 en la remoción de gran parte de los funcionarios que ejercían la autoridad en nombre del monarca. Pero fue sobre todo en las creaciones constitucionales realizadas pocos meses después, el momento en que esa actitud exhibió su profundidad y su carácter deliberado. La primera Constitución, la de Cundinamarca de 1811, a primera vista reconocía a Fernando VII como rey, pero en la realidad el ejercicio de tal posición resultaba imposible, siendo concebido más bien como un magistrado dependiente de otros tribunos designados de forma popular. Bajo estas premisas, ahora los súbditos le exigían al rey demostrar que actuaba libre de la imposición napoleónica al tiempo que le negaban la potestad de transferir los derechos consiguientes a la Corona y la posibilidad de casarse sin el consentimiento de la provincia.

El nuevo documento también compelía al rey a jurar la Constitución, en la cual se habían proclamado una serie de derechos y libertades que fundaban un tipo de sociedad en completa disonancia con la que un rey como el Borbón hubiera deseado encabezar. A Fernando le fue asignada de manera vitalicia la jefatura del poder ejecutivo, pero debía ejercerla personalmente o de lo contrario ese cargo pasaría a los representantes de los ciudadanos. Incluso en el improbable caso de que Fernando aceptara gobernar desde la modesta provincia neogranadina tendría que haberse sometido a un ritual que le quitaba cualquier preeminencia sobre los demás poderes que brotaban del pueblo cundinamarqués.18 Por su parte, las demás Constituciones no fabricaron aquellas complicadas salvaguardas para excluir al rey.

A finales de 1811 la Constitución de Tunja fue tajante al decir que ''la idea de un hombre que nazca rey, magistrado, legislador, o juez, es absurda y contraria a la naturaleza'', en razón de la esencial igualdad de todos los hombres.19 Las Constituciones de Antioquia (1812) y de Neiva (1815) retomaron la formulación tunjana, si bien la mayoría de los textos constitucionales del periodo revolucionario ni siquiera se ocuparon de censurar la función regia, pasando en cambio a reconocer el carácter soberano del pueblo.20 Tampoco se encuentra en ellas nada lejanamente parecido a lo consignado en la Constitución de Cádiz, donde ''la persona del rey es sagrada e inviolable''21.

El desdén por el monarca unipersonal que emergió en 1811 fue concomitante con una ruptura intelectual respecto al régimen monárquico. A partir de este momento, la monarquía fue repudiada insistentemente por considerar que en ella el pueblo era mantenido al margen de las decisiones sobre su propio destino; que la existencia de un jefe supremo era una amenaza para la libertad, el mayor bien de cualquier ser humano; que el gobierno de un solo hombre conducía a desigualdades sociales que eran inaceptables; y que, en fin, la monarquía generaba inevitablemente sumisión y temor, los cuales envilecían a los seres humanos.22 La monarquía fue entendida entonces como ''el gobierno execrable de los reyes'', que los americanos se habían comprometido a proscribir, según versaba un periódico de Antioquia.23 Esta es una cuestión central, dado que el pensamiento político de la época estuvo fuertemente ligado a la perspectiva de las formas de gobierno,24 de modo que al impugnar el régimen monárquico los novadores estaban repudiando la figura que encabezaba ese tipo de comunidad política.

La ruptura con el monarca, que en gran medida fue un fenómeno de orden moral, la encontramos plasmada en los papeles públicos, donde puede seguirse con algún detalle su itinerario y sus motivos. En ellos, el rey fue blanco de críticas que ganaron importancia a medida que se agudizaban los temores y esperanzas. El rey monarca fue calificado de tirano -uno de los anatemas más fuertes y recurrentes durante la revolución-, definición que inicialmente se le había dado a Napoleón y que luego fue proyectada contra los funcionarios virreinales y la metrópoli española. A finales de 1811 empezó a presentarse con cierta amplitud la asociación entre monarcas y tiranía, como puede verse en el libro de Miguel de Pombo sobre la Constitución estadounidense o en el Argos Americano.25

Pero algunos revolucionarios también comenzaron a relacionar específicamente a Fernando VII con un poder tiránico, como se deja ver en una carta del cura Rafael Lasso de la Vega.26 A partir de este momento la asimilación entre monarca y despotismo se naturalizó y se utilizó, entre otras cosas, para denunciar la pretensión de un solo hombre de garantizar los beneficios de la vida en sociedad; o de legislar por sí mismo y requerir la obediencia de todos; o bien para repudiar el desconocimiento que hubo en el pasado de los pueblos americanos.27 Incluso el mencionado cura Andrés Rosillo publicó un papel en el que descalificó a los reyes de todos los tiempos y de todas las regiones del mundo afirmando que ellos ''han sido por lo común la degradación de la especie humana, y el oprobio de todo sistema religioso''28. Así pues, el monarca que retornó de Francia en 1814 era con mucha más razón un ''rey déspota'', porque derribó la Constitución que habían producido los pueblos de la península ibérica, pisoteando los derechos de estos, al adjudicarse una soberanía que no le correspondía.29 Aquel rey tiránico, que en algunos concitaba desprecio y compasión, fue catalogado poco después como rey imaginario, designación que deja ver como perdió un rasgo esencial de su antigua condición: la presencia indudable.

En este sentido, desde 1811 se habían recogido los ecos de los venezolanos que estaban hablando de un ''rey imaginario''; sin embargo el primero en usar esta expresión en Nueva Granada fue Frutos Joaquín Gutiérrez, secretario de gobierno de la Unión, cuando a comienzos de 1813 le escribió a las autoridades cartageneras para denunciar al antiguo gobernador de Popayán, Miguel Tacón, por ser un ''sátrapa'' que quiso erigirse en árbitro de aquella provincia a nombre de un ''rey imaginario''30. A partir de esa coyuntura la idea se hizo común entre los líderes revolucionarios,31 de manera que a finales de ese mismo año el comandante general del Magdalena arengó a sus tropas diciéndoles que ellos, los republicanos, iban a combatir contra ''las huestes hispanas, y derribar este poder injusto, e ilusorio de nuestros verdugos'', que enviaban ''hordas de autómatas que adoran a un Rey de palo''32.

Junto con estas afrentas, el rey de palo recibió otras de carácter simbólico, y por ello quizá, más significativas. Muchos sujetos renegaron del religioso juramento mediante el cual habían reconocido a Fernando VII. Paralelamente, su imagen en las monedas fue sustituida por la de indígenas, cuando antes de la revolución el monarca era la única persona en ser grabada; además en algunos lugares los símbolos regios fueron borrados de los edificios públicos o fueron objeto de manifiesta mofa. Vale la pena, no obstante, detenerse en otra expresión de aquel rechazo simbólico: los ataques a las representaciones pictóricas del monarca. Desde comienzos de 1811, aunque tal vez con mayor intensidad en los años 1814-1815 -la secuencia es imprecisa pues no contamos con suficientes datos cronológicos- tuvo lugar una amplia serie de ultrajes hacia el retrato regio.

En Cartagena le sacaron los ojos; en Zipaquirá y Purificación lo arrastraron por las calles; en Santafé lo arrojaron por el piso; en Mariquita lo fusilaron; en Neiva lo fusilaron y lo quemaron; en Timaná lo quitaron del interior de un retrato de la virgen; en Ambalema y Popayán lo incineraron; en Guaduas el rey fue pintado de manera displicente. Incluso el retrato de Carlos II fue decapitado en Villa de Leiva.33 Estos actos, que en la actualidad podrían parecer banales, fueron en realidad muy relevantes, como lo confirma la acuciosidad y severidad con que los reconquistadores buscaron y castigaron a sus más notorios responsables.

Su preciso significado debe entenderse teniendo en cuenta la manera en se representó al poder durante siglos en gran parte del mundo occidental. Por ejemplo, los retratos regios, no eran vistos como simples recreaciones de una persona sino más bien como mecanismos que contenían en sí mismos al representado, en una suerte de transubstanciación similar a la que permitía a la hostia devenir en cuerpo de Cristo.34 Dichos atentados simbólicos contra la autoridad real parecen haber contado con una intervención popular mayor que la habida en otras formas de repudio del rey. De igual manera estas manifestaciones pudieron ser fruto de la tensión intensificada que culminó en las declaratorias de Independencia de mediados de 1813, momento a partir del cual se dispuso oficialmente en varios lugares la destrucción de los símbolos de la monarquía.

En esta práctica fue pionero el gobierno de Cundinamarca, cuyo poder ejecutivo ordenó en septiembre de 1813 la remoción de los símbolos regios en todos los lugares públicos; disposición que tuvo efecto, aunque en algunos sitios ya se había hecho antes de contar con orden alguna.35 Ahora bien, en contraste con la relativa abundancia de lo que se ha denominado como ''regicidios simbólicos''36, la idea de regicidio físico no parece haber sido muy examinada durante las agitaciones revolucionarias.

Se sabe que Santiago Arroyo en un intercambio epistolar de 1811 con Rafael Lasso de la Vega fue el primero en aludir al tiranicidio y al regicidio, en un marco donde el poder del monarca español era calificado de tiránico. También se mencionó el tiranicidio en el Colegio Constituyente de Cundinamarca celebrado ese mismo año, si bien para recordar que dicha acción estaba condenada por el Concilio Constanciense.37 Por su parte el venezolano Juan Germán Roscio escribió unas ligeras consideraciones en El patriotismo de Nirgua, folleto reeditado en Tunja en 1813.38 Esta parquedad ante la posible eliminación del rey, seguramente tuvo relación con el afán de los novadores por evitar que la revolución cayera en la violencia ciega, que en el pasado de la humanidad había caracterizado a las conmociones políticas. Todas aquellas embestidas discursivas, institucionales y simbólicas en donde la figura regia fue despojada de las virtudes que la habían caracterizado acaecieron al tiempo que se iba develando la mundanidad y el prosaísmo del rey.

En agosto de 1810 José María Gutiérrez se atrevió a manifestar que el título divino del rey era fruto de la superstición, mientras que en enero de 1812 Pedro de Arrubla, diputado en el Colegio Constituyente de Antioquia, alegó que los neogranadinos ya no adherían el haber ''creído generalmente que el soberano era un hombre bajado inmediatamente del cielo para ser dueño de nuestras vidas, de nuestras propiedades y de nuestros derechos''39. Este sentimiento adquirió un tono más intenso desde mediados de 1814, cuando los papeles públicos mostraron crudamente cómo a los ojos de un grupo significativo de neogranadinos el rey español había perdido toda su antigua excelsitud.

En un periódico santafereño se consignó que solo en el seno de un pueblo ''inculto y supersticioso'' como el español podían Fernando VII y los demás reyes españoles ser tenidos por ''ídolo divinizado'', esto es, a la manera de una falsa divinidad.40 Pero lo más sobresaliente era que el rey se había convertido en objeto de burlas y de escarnio. Por ejemplo, el soberano era llamado ''tío Fernando 7'' en un periódico cartagenero o un ''estúpido rey'' en un periódico de Santafé, a la par que los Borbones eran denominados los ''bobones'' en El Anteojo de Larga Vista.41 La idea del rey fue repudiada y temida en gran parte de la Nueva Granada cuando se pensaba en Fernando VII, pero también cuando asomó la imagen de un posible rey oriundo de estos territorios. No sin fundamento, Antonio Nariño fue acusado de querer ceñirse la corona,42 intención que con menos razón le adjudicaron en Cartagena a José María García de Toledo.43 El gobierno de los hombres les resultaba chocante a los revolucionarios neogranadinos, y la opción de que un solo hombre pudiera estar investido de atributos superlativos era equivalente a la tiranía. Por el contrario, en el régimen democrático, no podía existir ni siquiera la idea de hombres superiores. Los nuevos gobernantes republicanos debían ser individuos concretos, próximos, y por ello pedestres.

3. El rey fabricado

A su regreso de Valençay Fernando VII proclamó su deseo de que ''se quitasen de en medio del tiempo'' todos aquellos sucesos infaustos que, durante su retención, lo habían afrentado como soberano y habían alterado a las Españas.44 Aspiraba al olvido de aquella pesadilla que puso en entredicho a la institución regia, pero las experiencias turbulentas que vivió la sociedad neogranadina cuestionaban esa pretensión. Durante las primeras repúblicas el rey español había contado con súbditos leales entre los neogranadinos, si bien fueron escasos dentro del conjunto de los notables, con la posibilidad de que se pudieran encontrar más adeptos entre los otros grupos sociales.

Sin embargo, los lealistas quedaron marginalizados en las zonas revolucionarias, reduciéndose su rango de acción a una resistencia testimonial frente las iniciativas novadoras, sin ni siquiera poder elogiar públicamente a la monarquía y viviendo temerosos de que esa escogencia les concitara agresiones.45 En los territorios lealistas, particularmente en Santa Marta y Pasto, el panorama fue distinto pues la mayor parte de la población siguió adhiriéndose al monarca, actitud que les valió el reconocimiento de las autoridades pacificadoras. Así, Pablo Morillo le otorgó al cabildo de Santa Marta ''los honores de Mariscal de Campo'' y al cacique indígena de Mamatoco, Antonio Núñez, la medalla de oro ''con el busto del Soberano y el Lema que dice: a los leales del Rey'', en premio a su contribución decisiva en la derrota de las tropas cartageneras en 1813.46

Al respecto conviene tener en cuenta que aquellas comarcas realistas, además de mantener una actitud defensiva tanto en lo militar como en lo intelectual, no hacían parte del centro político, demográfico o económico de la Nueva Granada. Con todo, muchos neogranadinos se alegraron sinceramente con la reconquista, viendo en la restauración de Fernando VII el símbolo de una estabilidad que ansiaban. Por ejemplo, los vecinos de Cartago ratificaron su juramento de fidelidad, agradecieron a Dios la restitución del Borbón y se unieron al deseo de este de correr un ''velo eterno'' a los infelices acontecimientos de la revolución; mientras que el cabildo de Medellín festejó el cumpleaños del monarca colocando en la sala capitular su retrato, en un esfuerzo por lavar el ''baldón y afrenta con que en la época funesta del desorden y de la revolución era insultada y vejada la Real persona''47.

Algunos curas que habían sido perseguidos por su lealismo durante las primeras repúblicas fueron los más entusiastas en celebrar la restauración. Así, Nicolás de Valenzuela y Moya pronunció en Neiva un sermón en el que colmó de elogios al rey español, reconociéndolo como padre del pueblo, columna de la religión y fuente de la justicia, la virtud y el buen orden. Rey al que ''la fe le pone el cetro, la religión, la corona, y el cielo afianza en su trono como al sol en el zodíaco y a la luna en sus eternos giros'', y al que se le debía una completa obediencia.48 También se conoce el sermón de Antonio de León en el cual predicaba que el gobierno de los reyes era el único derivado de la autoridad divina, siendo semejante al ''simplísimo ser de un Dios, Único y Supremo Rey, y Señor de todas las cosas creadas'', y que al igual que aquel dios cristiano era el único que ''[podía] hacer humanamente felices a los pueblos manteniendo los derechos de la justicia, de la tranquilidad, y del buen orden''. El sacerdote precisaba que el sometimiento debido a los reyes era una norma de ''derecho divino'' la cual admitía ninguna interpretación ni modificación, pues la suprema potestad que ejercían sobre los pueblos dimanaba inmediatamente de Dios.49

Santiago Torres y Peña, por su parte, se regocijó por el restablecimiento del ''orden inmutable de la sociedad establecido por Dios'' encabezado por un rey que era capaz de ''disipar todo mal con su vista''50. De igual manera José María Gruesso reiteró la obligación de afirmar la autoridad del soberano dado que así lo recomendaba Jesucristo, no siéndole dado al vasallo rebelarse contra él bajo ningún pretexto, aun cuando se pensara -aunque según Gruesso este no era el caso- que los reyes españoles hayan gobernado despóticamente y hayan paralizado y degradado a América.51

Aquellas arengas expresaban el deseo de los curas de que retornaran los tiempos anteriores a la revolución, vistos por los lealistas como idílicos, para lo cual pedían a los neogranadinos ponerse en manos de la Iglesia, de modo que su dios suspendiera completamente el castigo de la conmoción revolucionaria. Estos sacerdotes también compartían el parecer de que la sociedad neogranadina había sido corrompida en alguna medida por los tenebrosos ideales republicanos. El cura Gruesso, por ejemplo, indicó que los revolucionarios se habían dado la maña de ''hacer odioso el vasallaje'', triunfando así la seducción sobre ''tres siglos de obediencia y de virtud''52. El comandante de la pacificación española fue optimista con respecto al realismo de los neogranadinos, y parece haber creído que la mayor parte del pueblo había conservado su veneración al rey. Empero, el hombre era consciente de que no bastaba con que el monarca fuera obedecido sino que era preciso obtener una aceptación entusiasta del orden restaurado.

Así, tan pronto llegó a Santafé, Morillo le escribió al ministro de Guerra manifestándole que sus tropas podrían vencer a los rebeldes pero que ''el convencimiento y la obediencia al soberano'' requerían ser trabajadas, siendo esta una misión destinada a los curas. Por eso pedía a la Corona mayor atención sobre la renovación de las autoridades eclesiásticas y solicitaba el envío de centenares de sacerdotes.53 Objetivos similares movieron al director de los dominicos americanos a poner en circulación una pastoral en la que urgía a sus curas a consagrarse a la tarea de recobrar para el rey la lealtad, tanto en el interior de la orden como en el conjunto de la América española.54

La movilización de los eclesiásticos para que encabezaran la recuperación de la majestad regia no tuvo que ver solamente con el hecho de que ellos constituían la más poderosa institución de encuadramiento social, sino porque al ser agentes de lo sagrado eran los únicos que podían restaurar la numinosidad del rey. Más no era un cometido fácil restituirle al rey la excelsitud sobrehumana de que había gozado y elevarlo nuevamente al mundo sagrado que lo rodeaba antes de la revolución. Sin embargo, las nuevas autoridades persiguieron esa meta con entusiasmo, aunque recurriendo a métodos que diferían de la lógica antigua, particularmente en lo relativo a la espontaneidad con que se manifestaba la adhesión al rey.55 Para ese momento las ceremonias regias comenzaron a ser dirigidas y representadas principalmente por los militares, quedando relegados los cabildos, y con ellos los súbditos locales, como se vio en Santafé durante la renovación del juramento de fidelidad en mayo de 1816.56 Mientras que en el pasado la exaltación del monarca, pese a todo, parecía nacer de la sociedad misma, tras la restauración esta comenzó a demandar una considerable orquestación, situación ejemplificada involuntariamente por el cura Rosillo. Desde España -a donde había sido expatriado por los pacificadores- el socorrano se permitía dar consejos de orden táctico a altos funcionarios de la Corona para que sujetaran más fácilmente al Nuevo Reino. Según el sacerdote, estos debían enfatizar en la utilidad de la sumisión al soberano como elemento de conservación de la religión. De igual manera también les recomendaba:

Hacer creer a los habitantes del Nuevo Reino de Granada, que V. M. vive y reina felizmente sobre su trono, y que es aquel mismo rey lleno de justificación, de clemencia, de bondad, de religión, de amor a sus vasallos, cuya ausencia lloraron en otro tiempo, y que en la época de la revolución desearon, prometiéndose benigno acogimiento y olvido de sus anteriores delirios. 57

Ahora bien, aunque Rosillo aludía a los ''sagrados derechos de mi soberano'', en realidad el rey ya no estaba en ese lugar singularmente elevado, inaccesible para los súbditos, que él había evocado en su sermón de 1805.58 En la medida en que la lealtad vasálica perdía parte de su antigua espontaneidad tendían a hacerse visibles, y por ende prosaicos, los mecanismos del poder regio. El emplazamiento del antiguo rey en la altísima posición que había tenido terminó por perder su aura misteriosa y natural. Algunos otrora republicanos, no dejaron de hecho, de mundanizar la potencia regia como lo evidenció la retractación a que fue obligado el cura Juan Fernández de Sotomayor, quien se atrevió a consignar expresiones que ponían al rey del lado del mundo sublunar: ''Lo hice descender del trono del Altísimo'' comentaba años después.59 Pero el desencantamiento que golpeó a la institución regia fue ante todo obra de la pasada revolución, pues en su seno surgieron fuerzas inéditas que, como la opinión pública, debieron ser asumidas también por los pacificadores aún a riesgo de contradecir su proyecto de devolverle el trono a un monarca que se jactaba de no deberle el poder a la sociedad que pretendía gobernar.

En este sentido, la prensa realista muestra que las autoridades españolas empezaron a rendir cuentas al público de sus actuaciones, de los recursos que recogían y de los gastos en que se aplicaban.60 Recientemente algunos investigadores han presentado un recuento detallado sobre la contradicción que durante esos años implicó el hecho de que un poder que se pretendía trascendente tuviera que someterse a obtener una cierta aprobación de la opinión.61 Así pues, aquel rey caracterizado por los pacificadores como paternal y compasivo debió recurrir al respaldo de las bayonetas,62 lo cual era una anomalía respecto al antiguo orden monárquico, en donde la adhesión de todos los grupos sociales había permitido minimizar su necesidad de coacción.

Los pacificadores de la Nueva Granada pudieron haber pensado que esta lealtad impuesta y los hostiles métodos implementados para obtenerla iban a ser provisionales. No obstante, su éxito en aclimatar una deferencia voluntaria hacia el monarca fue muy débil como se observa en las palabras del gobernador realista de Cartagena, quien a finales de 1819 se refería a la obediencia al soberano en términos de ''tantas veces jurada y tantas desconocida'' por los neogranadinos durante estos años.63 Un importante escollo ante el cual no prestó la suficiente atención el esfuerzo restaurador fue la enajenación de la voluntad de los notables, quienes en general se habían comprometido con la revolución y por tanto se habían exiliado o se habían sumado a las tropas rebeldes o terminaron castigados por los reconquistadores. Habiendo sido borrados de la escena pública buena parte de los nobles locales así como los hombres educados y ricos, la monarquía quedaba acéfala de un elemento fundamental. Efectivamente, en esa época a instancias de la ciencia política predominante, no podía haber monarquía sin la sanior pars que dirigiera la sociedad y mediara entre el pueblo y el rey.

Pero los comandantes españoles no controlaron su furor y en noviembre de 1816 Pablo Morillo se marchó confiado hacia los Llanos, hablándole a los santafereños de un Fernando que era el ''rey más querido de los reyes'', y justificando las represalias que había ordenado contra los ''pérfidos mandones'' neogranadinos a causa de la rebeldía que les había atraído ''la venganza de un soberano irritado''64. De alguna manera podría decirse entonces que los pacificadores tuvieron bastante éxito en restablecer la autoridad emanada del rey, pero que contaron con menos fortuna en restaurar el poder numinoso que había caracterizado a los monarcas españoles. Desde Fernando VII hacia abajo, todos los defensores de la restauración deseaban un completo retorno al orden pletórico de concordia, moralidad y certezas que juraban había existido antes de la revolución. En 1819 las victorias sobre el aparato militar que resguardaba tales pretensiones reforzaron la convicción de los neogranadinos de que no necesitaban de un rey para articular la comunidad política y ordenar la sociedad.

Conclusiones

No hubo ninguna fatalidad en que el monarca español terminara repudiado por sus súbditos neogranadinos, pero una vez que un grupo decisivo de estos lo habían hecho descender del lugar hipereminente en que por largo tiempo había permanecido, su reinstalación se hizo bastante improbable. Como lo señala Michael Walzer a propósito de los regicidios en Inglaterra y Francia es harto difícil recuperarle la majestad a una monarquía que ha sido despojada de ella.65 El poder regio se desvaneció en tanto que clave del orden social durante la experiencia revolucionaria neogranadina, siendo este complicado proceso el nudo central de aquel ocaso. Pero ese pasaje no fue algo automático, pues su realización necesitó de un cierto tiempo y del despliegue de una serie de tensiones y desplazamientos que no fueron solo de orden político.

Al final de su recorrido, la revolución creó las posibilidades intelectuales y emocionales para que la potencia regia perdiera todo su ascendiente, e instituyó al mismo tiempo un nuevo poder que le procuró a la sociedad otras coordenadas, otra imagen de sí misma que no era ya la de un cuerpo unido en torno al monarca. Aquella considerable ruptura -gestada por la revolución- obstaculizó gravemente el movimiento de reconquista en su afán por restaurar el poder trascendente en la persona de Fernando VII. La revolución logró convertir la figura regia en una completa anomalía, creando así aquel poderoso espejismo según el cual los neogranadinos siempre habían odiado o se habían desentendido del poder monárquico puesto que él sintetizaba la tiranía y la opresión españolas.

La comprensión del lugar del rey permite darle historicidad al acontecimiento revolucionario, captar sus giros y dilemas. También nos lleva a conocer mejor el tipo de dislocamiento que la revolución operó en el destino social, así como las dificultades que supuso la adopción del gobierno democrático, el cual se fundamenta en una soberanía antagónica a la del rey, hecho del cual se desprenden instituciones, prácticas, lenguajes y valores considerablemente inéditos. Antes de las revoluciones de la década de 1810, las sociedades de la América española habían tenido una experiencia similar respecto al rey hispánico, caracterizada por una veneración común y un común reconocimiento de su situación hipereminente. Esa experiencia compartida, que se evidenció en su idéntica reacción a la amenaza napoleónica cernida sobre la Corona española dio paso, sin embargo, a dos modelos distintos de escisión con el rey y a dos tipos de expectativa respecto al gobierno monárquico. La Revolución neogranadina, en particular, se caracterizó por su precoz e intensa ruptura con la potencia regia, a diferencia de muchas otras regiones en donde el rey siguió concitando aspiraciones y proyectos importantes en torno de su figura.

Bibliografía

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, Judicial.

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, JI-3cr.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Archivo Anexo, Historia.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Colonia, Historia Civil.

Archivo Histórico Cipriano Rodríguez Santa María (AHCRSM), Universidad de la Sabana, Bogotá-Colombia. David Mejía Velilla.

Archivo Histórico Javeriano (AHJ), Bogotá-Colombia. Camilo Torres.

''Roma 3 de Noviembre de 1808''. Alternativo del Redactor Americano n.o 37, Santafé de Bogotá, 27 de junio, 1809.

''Continúa el Comentario al Decreto de Fernando 7º de España dado en Valencia a 4 de Mayo de 814'', Argos de la Nueva Granada n.o 77, Santafé de Bogotá, 11 de junio, 1815.

''Se continúa la historia de nuestra revolución''. Diario Político de Santafé de Bogotá n.o 4, 4 de septiembre, 1810.

''Aurora de Popayán. Declaratoria de Independencia''. El Mensagero de Cartagena de Indias n.o 21, 1 de julio, 1814.

''Observaciones sobre el estado actual de la Nueva Granada y Venezuela''. El Observador Colombiano n.o 2, Cartagena, 16 de agosto, 1813.

''Gazeta de Caracas. Cuadro actual de la España''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 181, Santafé de Bogotá, 14 de julio, 1814.

''Continúa la prevención contra los esfuerzos de los realistas''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 188, Santafé de Bogotá, 1 de septiembre, 1814.

''Variedades. Concluyen las reflexiones sobre el estado actual de España''. Gazeta Ministerial de la República de Antioquia n.o 11, Medellín, 4 de diciembre, 1814.

''Mi Dictamen sobre el Gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada''. La Bagatela n.o 3, Santafé de Bogotá, 28 de julio, 1811.

''A la ilustre España y a sus valerosos hijos''. Noticias públicas de Cartagena de Indias n.o 9, 19 de diciembre, 1808.

''Cundinamarca''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813.

''Sur''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 160, Santafé de Bogotá, 3 de marzo, 1814.

''Popayán''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 164, Santafé de Bogotá, 24 de marzo, 1814.

''Nota del Editor''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 191, Santafé de Bogotá, 15 de septiembre, 1814.

''Observación''. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 215, Santafé de Bogotá, 23 de marzo, 1815.

''Noticias del interior''. Argos de la Nueva Granada n.o 34, Tunja, 30 de junio, 1814.

Redactor Americano del Nuevo Reyno de Granada n.o 61, Santafé de Bogotá, 4 de junio, 1809.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 6, Santafé de Bogotá, 18 de julio, 1816.

El Anteojo de Larga Vista n.o 10, Santafé de Bogotá, 1814.

''Cartagena 14 de Junio''. Gazeta de Cartagena de Indias n.o 10, 18 de junio, 1812.

''Siguen los preliminares''. El Republicano n.o 15, Tunja, 30 de junio, 1815.

''Cartagena Noviembre 22 de 1813''. El Observador Colombiano n.o 16, Cartagena, 22 de noviembre, 1813.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 25, Santafé de Bogotá, 28 de noviembre, 1816.

''Cartagena Noviembre 17 de 1811''. Argos Americano, suplemento, Cartagena, 18 de noviembre, 1811.

''Artículo comunicado''. Década Miscelánea de Cartagena n.o 3, 29 de octubre, 1814.

''Relación de los principales cabezas de la rebelión de este Nuevo Reino de Granada [...]'', en Biblioteca Nacional de Colombia, Quijano 253, pza. 21, 1816.

Actas del Serenísimo Colegio Constituyente y Electoral de la Provincia de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1811.

Arrázola, Roberto, comp. Documentos para la historia de Cartagena, 1815-1819. Cartagena: Tipografía Hernández, 1965.

Arroyo, Santiago. Apuntes históricos sobre la revolución de la independencia en Popayán. Bogotá: Biblioteca Popular, 1896.

Bestard, Juan Buenaventura. Pastoral del Comisario General de Indias a sus súbditos. Santafé de Bogotá: reimpresión en la Imprenta del Gobierno, 1817.

Constitución de la República de Tunja. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1811.

Constitución del Estado de Cartagena de Indias sancionada en 14 de Junio de 1812. Cartagena: Imprenta del Ciudadano Diego Espinosa, 1812.

Constitución política de la monarquía española. Cádiz: Imprenta Real, 1812.

Corrales, Manuel Ezequiel comp. Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana, tomo I. Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883.

De León, Antonio. Discurso político moral sobre la obediencia debida a los reyes, y males infinitos de la insurrección de los pueblos. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa , 1816.

De Pombo, Miguel. Constitución de los Estados Unidos de América, con las últimas adiciones, precedidas de las actas de independencia y federación, traducidas del inglés al español por el Ciudadano Miguel de Pombo, e ilustradas por el mismo con notas y un discurso preliminar sobre el sistema federativo. Santafé de Bogotá: Imprenta Patriótica, 1811.

De Valenzuela y Moya, Nicolás. Oración gratulatoria y parenética, pronunciada el día 10 de Septiembre de 1816 en la Parroquia de la ciudad de Neiva, ante el Consejo de Guerra del Ejército Expedicionario, y solemne concurso en acción de gracias por el feliz éxito de las Armas Reales en la reconquista del Nuevo Reino de Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Superior Gobierno, 1817.

De Vergara y Caicedo, Felipe. ''Discurso Jurídico-Moral, en que se demuestran los derechos que los Padres de familia tienen en los Matrimonios de sus hijos, y se proscribe la falsa, y errónea opinión, que defiende la absoluta libertad e independencia de los hijos para casarse'' (1776), en Biblioteca Nacional de Colombia, RM 140.

Duquesne, José Domingo. Oración pronunciada de orden de el Exmo. Señor Virrey, y Real Acuerdo en la solemnidad de acción de gracias celebrada en esta Santa Iglesia Catedral Metropolitana de Santafé de Bogotá el día 19 de Enero de 1809 por la instalación de la Suprema Junta Central de Regencia [...]. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa de los Monteros, 1809.

El Montalván. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa , 8 de febrero, 1812.

Escobar, Joaquín. Memorias sobre la revolución de las Sabanas. Cartagena: Imprenta del C. Diego Espinosa, 1813.

Fernández de Sotomayor, Juan. El Doctor J. Fernández de Sotomayor [...] contesta documentadamente al libelo, que con el título de ''Manifiesto'', ha publicado el señor cura de Manta, Dr. Ramón Eguiguren. Bogotá: impreso por F. M. Stokes, 1825.

Fernández Madrid, José. España salvada por la Junta Central. Cartagena: s.e., 1809.

García de Toledo, José María. Defensa de mi conducta pública y privada contra las calumnias de los autores de la conmoción del once y doce del presente mes. Cartagena: Imprenta del Consulado, 1811.

Gruesso, José María. Oración fúnebre pronunciada por el D. D. José María Gruesso y Rodríguez, provisor y vicario capitular en sede vacante, en las exequias de el Presbítero D. José María Morcillo cura de el pueblo de la Cruz-Asesinado por las tropas rebeldes, en el pueblo de el Tambo el 9 de Mayo de 812. Popayán: impreso por Francisco de Paula Castellanos, 1817.

Hernández, Guillermo, comp. ''Documentos inéditos: sumarias de los procesos seguidos contra los clérigos patriotas''. Boletín de Historia y Antigüedades Vol: 49 n.o 573 y 574 (1962): 347-436.

Hernández, Guillermo, comp. Proceso histórico del veinte de Julio de 1810. Bogotá: Banco de la República, 1960.

Lozano, Jorge Tadeo. Discurso que ha de pronunciar en la apertura del Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1813.

Morillo, Pablo. Habitantes de la Nueva Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1816.

O'Leary, Daniel Florencio. Memorias del General O'Leary, tomo 13. Caracas: Ministerio de la Defensa, 1981.

Ortiz, Sergio Elías, comp. Colección de documentos para la historia de Colombia, tomo III. Bogotá: Editorial ABC, 1966.

París, José Vicente. ''Vida del licenciado Don José León Armero'', Boletín de Historia y Antigüedades n.o 110 (1915): 66-91.

Relación de las fiestas con que la M. N. Y. M. L. Villa de Medellín, en la Provincia de Antioquia solemnizó el día 14 de Octubre de este presente año de 1816 en memoria del nacimiento de nuestro augusto y amado soberano el Señor Don Fernando VII que Dios guarde. Antioquia: Imprenta Real, 1816.

Restrepo, José Manuel, comp. Documentos importantes de Nueva Granada, Venezuela y Ecuador, tomo I. Bogotá: Universidad Nacional, 1969.

Rodríguez Villa, Antonio, comp. El Teniente General Don Pablo Morillo, tomo 1. Madrid: Editorial América, 1920.

Roscio, Juan Germán. El triunfo de la libertad sobre el despotismo. Filadelfia: Imprenta de Thomas Palmer, 1817.

Roscio, Juan Germán. Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes. Tunja: Imprenta del Congreso de la Nueva Granada, 1813.

Rosillo, Andrés María. Excmo. Señor. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1814.

Rosillo, Andrés María. Sermón predicado en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Santafé de Bogotá el día 24 de Febrero de 1805, en la solemnidad de acción de gracias que con asistencia del Excmo. Sr. Virrey, de todos los tribunales, y de los individuos de la expedición de la vacuna, y su Vicedirector Don Joseph de Salvany, fue celebrada para manifestar el reconocimiento de este Nuevo Reino a Dios, y al Rey por este beneficio. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1805.

Santafé 31 de Mayo de 1816. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa por Nicomedes Lora, 1816.

Scarpetta, Manuel Leonidas y Saturnino Vergara. Diccionario biográfico de los Campeones de la Libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador i Perú. Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879.

Torres y Peña, José Antonio. ''Santafé cautiva'', en La Patria Boba. Bogotá: Biblioteca de Historia Nacional, 1902.

Torres y Peña, José Antonio. Memorias sobre los orígenes de la independencia nacional. Bogotá: Editorial Kelly, 1960.

Torres y Peña, Santiago. Viva Jesús. Oración fúnebre del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Bautista Sacristán y Galiano. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1817.

Chaparro, Alexander. “Fernando VII, el neogranadino. Publicidad monárquica y opinión pública en el Nuevo Reino de Granada durante la restauración absolutista, 1816- 1819”. Fronteras de la Historia Vol: 19 n.o 2 (2014): 70-95.

De Montplaisir, Daniel. “On l’appelait ‘Louis des Huîtres’. 17 septembre 1824”. En Les derniers jours des rois, dirigido por Patrice Gueniffey. París: Perrin, 2014.

Geertz, Clifford. Conocimiento local. Ensayos sobre la interpretación de las culturas. Barcelona: Paidós, 1994.

Gutiérrez, Daniel, comp. Las Asambleas constituyentes de la Independencia. Bogotá: Corte Constitucional, Universidad Externado, 2010.

Gutiérrez, Daniel. “Matar a un rey ausente. Regicidios simbólicos durante el interregno neogranadino (1808-1816)”. Economía y política Vol: 1 n.o 2 (2014): 5-39.

Gutiérrez, Jairo y Armando Martínez comps. La visión del Nuevo Reino de Granada en las Cortes de Cádiz. Bogotá: Academia Colombiana de Historia, UIS, 2008.

Marin, Louis. “Poder, representación, imagen”. Prismas n.o 13 (2009): 135-153.

Roger Chartier, prólogo. Imagen y propaganda. Capítulos de historia cultural del reinado de Felipe II, Fernando Bouza. Madrid: Akal, 1998.

Salazar, Verónica. “Fastos monárquicos en el Nuevo Reino de Granada. La imagen del rey y los intereses locales, siglos XVII-XVIII”. Tesis de doctorado en Sociedad y Cultura, Universidad de Barcelona, 2013.

Vanegas, Isidro, comp. Dos vidas, una revolución. Bogotá: Universidad del Rosario, 2011.

Vanegas, Isidro. El constitucionalismo fundacional. Bogotá: Ediciones Plural, 2012.

Vanegas, Isidro. La Revolución Neogranadina. Bogotá: Ediciones Plural, 2013.

Vanegas, Isidro. Plenitud y disolución del poder monárquico en la Nueva Granada. Documentos 1807-1819, 2 vols. Bucaramanga: UIS, 2010.

Walzer, Michael. “Regicide and revolution”. Social Research Vol: 40 n.o 4 (1973): 617- 642.

Artículo recibido el 29 de enero de 2016 y aprobado el 18 de febrero de 2016. Artículo de investigación.
Michael Walzer, ''Regicide and revolution'', Social Research Vol: 40 n.o 4 (1973): 617-642.
Andrés María Rosillo, Sermón predicado en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Santafé de Bogotá el día 24 de Febrero de 1805, en la solemnidad de acción de gracias que con asistencia del Excmo. Sr. Virrey, de todos los tribunales, y de los individuos de la expedición de la vacuna, y su Vicedirector Don Joseph de Salvany, fue celebrada para manifestar el reconocimiento de este Nuevo Reino a Dios, y al Rey por este beneficio (Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1805), 5, 24-31, 42.
Son conocidos los alegatos lealistas de Joaquín de Finestrad y Manuel del Socorro Rodríguez, pero sabemos que a finales del siglo XVIII existieron otros, por ejemplo, los de Raymundo Azero, Andrés María Rosillo, Joaquín Camacho, Jorge Tadeo Lozano, Frutos Joaquín Gutiérrez, entre otros muchos, quienes loaron la prevalencia del monarca en todos los ámbitos de la vida. Ver: Felipe de Vergara y Caicedo, ''Discurso jurídico-moral, en que se demuestran los derechos que los padres de familia tienen en los matrimonios de sus hijos, y se proscribe la falsa, y errónea opinión, que defiende la absoluta libertad e independencia de los hijos para casarse'' (1776), en Biblioteca Nacional de Colombia, RM 140, ff. 8r-10r, 65v, 80r, 152v-153r; Fray Diego Padilla, ''Oración fúnebre en honor de Carlos III'' (1789), en Archivo General de la Nación (AGN), Colecciones, Ortega Ricaurte, Oratoria Sagrada, caja 184, carpetas 674-677, ff. 33-39.
Clifford Geertz, ''Centros, reyes y carisma: una reflexión sobre el simbolismo del poder'', en Conocimiento local. Ensayos sobre la interpretación de las culturas (Barcelona: Paidós, 1994), 147-171.
Isidro Vanegas, La Revolución Neogranadina (Bogotá: Ediciones Plural, 2013), 237-285 y 363-409.
Véase, a manera de ejemplo, José Domingo Duquesne, Oración pronunciada de orden de el Exmo. Señor Virrey, y Real Acuerdo en la solemnidad de acción de gracias celebrada en esta Santa Iglesia Catedral Metropolitana de Santafé de Bogotá el día 19 de Enero de 1809 por la instalación de la Suprema Junta Central de Regencia [...] (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa de los Monteros, 1809), 10-11; y ''Roma 3 de Noviembre de 1808'', Alternativo del Redactor Americano n.o 37, Santafé de Bogotá, 27 de junio, 1809.
Isidro Vanegas, Plenitud y disolución del poder monárquico en la Nueva Granada. Documentos 1807-1819, 2 vols. (Bucaramanga: UIS, 2010).
José Antonio Torres y Peña, Memorias sobre los orígenes de la independencia nacional (Bogotá: Editorial Kelly, 1960), 82; ''Carta de Camilo Torres'' (20 de agosto de 1808), en Archivo Histórico Javeriano (AHJ), Camilo Torres, carpeta 156, f. 6; Redactor Americano del Nuevo Reyno de Granada n.o 61, Santafé de Bogotá, 4 de junio, 1809.
''A la ilustre España y a sus valerosos hijos'', Noticias públicas de Cartagena de Indias n.o 9, 19 de diciembre, 1808; ''Proceso por el levantamiento de Pore'', en AGN, Colonia, Historia Civil, leg. 10, f. 255v.
Revelador de esta actitud es el poema en que José Fernández Madrid le dedicaba tiernos versos al rey cautivo e imaginaba que con él renacería el siglo de oro, y que a su retorno establecería unas cortes permanentes en donde las leyes de la monarquía serían reformadas, todo dejando ''Ilesos los derechos de los Reyes / Y el Solio venerado''. Véase José Fernández Madrid, España salvada por la Junta Central (Cartagena: s.e., 1809).
AHJ, Camilo Torres, carpeta 33, f. 94r.
''Carta a su tío Ignacio Tenorio, Oidor en Quito, mayo 29 de 1810'', en Proceso histórico del veinte de Julio de 1810, comp. Guillermo Hernández (Bogotá: Banco de la República, 1960), 59-60.
''Causa criminal contra Agustín y Manuel López por heridas que dieron a Trinidad Lucano'' (diciembre de 1810), en Archivo Central del Cauca (ACC), Independencia, Judicial, Signatura 5151, Ind. JI-6cr, ff. 1-12.
AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 11, f. 187r.
''Acta del Cabildo Extraordinario de Santafé de Bogotá'', en Proceso histórico, comp. Guillermo Hernández, 154.
''Cartas de José Acevedo Gómez, julio 21 y agosto 5 de 1810'', en Proceso histórico, comp. Guillermo Hernández, 161-164 y 172-179. Por su parte los editores de un periódico veían al ''pueblo soberano'' caminar por las calles en la tarea de prescribir actos. Ver: ''Se continúa la historia de nuestra revolución'', Diario Político de Santafé de Bogotá n.o 4, 4 de septiembre, 1810.
''Continúa la prevención contra los esfuerzos de los realistas'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 188, Santafé de Bogotá, 1 de septiembre, 1814.
Un amplio desarrollo en torno al lugar que esta Constitución le asignó a Fernando VII, en Isidro Vanegas, El constitucionalismo fundacional (Bogotá: Ediciones Plural, 2012), 119-128.
Constitución de la República de Tunja (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1811), 5, 10.
Frente a la Constitución de Tunja, la única carta que dejó abierta la eventualidad de reconocer a Fernando VII como rey fue la Constitución de Cartagena (1812), aunque esa decisión la debía tomar el gobierno general de la Nueva Granada. Ver: Constitución del Estado de Cartagena de Indias sancionada en 14 de Junio de 1812 (Cartagena: Imprenta del Ciudadano Diego Espinosa, 1812), 15-17.
Constitución política de la monarquía española (Cádiz: Imprenta Real, 1812), 58.
Tal vez la obra pionera en el cuestionamiento sistemático de la monarquía fue: Miguel de Pombo, Constitución de los Estados Unidos de América, con las últimas adiciones, precedidas de las actas de independencia y federación, traducidas del inglés al español por el ciudadano Miguel de Pombo, e ilustradas por el mismo con notas y un discurso preliminar sobre el sistema federativo (Santafé de Bogotá: Imprenta Patriótica, 1811).
''Variedades. Concluyen las reflexiones sobre el estado actual de España'', Gazeta Ministerial de la República de Antioquia n.o 11, Medellín, 4 de diciembre, 1814.
Isidro Vanegas, La Revolución Neogranadina, 218-234.
Miguel de Pombo, Constitución de los Estados Unidos de América, CIX-CX, CXII; ''Cartagena Noviembre 17 de 1811'', Argos Americano, suplemento, Cartagena, 18 de noviembre, 1811.
Carta de Rafael Lasso de la Vega a Santiago Arroyo, septiembre 5 de 1811, en Archivo Histórico Cipriano Rodríguez Santa María (AHCRSM), Universidad de la Sabana, David Mejía Velilla, caja 7, carp. 3, ff. 66-69v.
''Cartagena 14 de Junio'', Gazeta de Cartagena de Indias n.o 10, 18 de junio, 1812; ''Continúa el Comentario al Decreto de Fernando 7º de España dado en Valencia a 4 de Mayo de 814'', Argos de la Nueva Granada n.o 77, Santafé de Bogotá, 11 de junio, 1815; Pedro Gual, ''Observaciones sobre el estado actual de la Nueva Granada y Venezuela'', El Observador Colombiano n.o 2, Cartagena, 16 de agosto, 1813.
Andrés María Rosillo, Excmo. Señor (Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1814).
''Nota del Editor'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 191, Santafé de Bogotá, 15 de septiembre, 1814. En las ediciones siguientes de este periódico serán reiterativos en el tema. Véanse n.o 194 y 195, 6 y 13 de octubre de 1814.
José Manuel Restrepo, comp., Documentos importantes de Nueva Granada, Venezuela y Ecuador, tomo I (Bogotá: Universidad Nacional, 1969), 161-163.
Daniel Florencio O'Leary, Memorias del General O'Leary, tomo 13 (Caracas: Ministerio de la Defensa, 1981), 229-231; Jorge Tadeo Lozano, Discurso que ha de pronunciar en la apertura del Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca (Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1813), 7-8; Joaquín Escobar, Memorias sobre la revolución de las Sabanas (Cartagena: Imprenta del C. Diego Espinosa, 1813), 7; ''Popayán'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 164, Santafé de Bogotá, 24 de marzo, 1814; ''Noticias del interior'', Argos de la Nueva Granada n.o 34, Tunja, 30 de junio, 1814.
''Cartagena Noviembre 22 de 1813'', El Observador Colombiano n.o 16, Cartagena, 22 de noviembre, 1813.
Daniel Gutiérrez, ''Matar a un rey ausente. Regicidios simbólicos durante el interregno neogranadino (1808-1816)'', Economía y política Vol: 1 n.o 2 (2014): 5-39. Véase también: Jairo Gutiérrez y Armando Martínez, comps., La visión del Nuevo Reino de Granada en las Cortes de Cádiz (Bogotá: Academia Colombiana de Historia, UIS, 2008), 180; Isidro Vanegas, comp., Dos vidas, una revolución (Bogotá: Universidad del Rosario, 2011), 256-257; ''Cundinamarca'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813; AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 15, ff. 122-134; ''Relación de los principales cabezas de la rebelión de este Nuevo Reino de Granada [...]'', en Biblioteca Nacional de Colombia, Quijano 253, pza. 21, 1816; Manuel Leonidas Scarpetta y Saturnino Vergara, Diccionario biográfico de los Campeones de la Libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador i Perú (Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879), 617; Guillermo Hernández, comp., ''Documentos inéditos: sumarias de los procesos seguidos contra los clérigos patriotas'', Boletín de Historia y Antigüedades Vol: 49 n.o 573 y 574 (1962): 430-431; Santiago Arroyo, Apuntes históricos sobre la revolución de la independencia en Popayán (Bogotá: Biblioteca Popular, 1896), 292; ''Criminal contra Candelaria Salgado, o Armero, Popayán'' (septiembre de 1816), en ACC, Independencia JI-3cr, sig. 1777, ff. 1-6; y José Vicente París, ''Vida del licenciado Don José León Armero'', Boletín de Historia y Antigüedades n.o 110 (1915): 88.
Louis Marin, ''Poder, representación, imagen'', Prismas n.o 13 (2009): 135-153; Roger Chartier, prólogo, Imagen y propaganda. Capítulos de historia cultural del reinado de Felipe II, Fernando Bouza (Madrid: Akal, 1998), 5-11.
''Cundinamarca'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813; ''oficios varios'' (1813), en AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 15, ff. 122-134. Una disposición semejante a la de Cundinamarca fue tomada a mediados del año siguiente por las autoridades de Popayán, que ordenaron destruir ''los retratos de los tiranos que desde la violenta ocupación de la América han usurpado los imprescriptibles derechos del hombre a pretexto de nuestra santa religión''. Ver: ''Aurora de Popayán. Declaratoria de Independencia'', El Mensagero de Cartagena de Indias n.o 21, 1 de julio, 1814.
Daniel Gutiérrez, ''Matar a un rey''.
''Carta de Rafael Lasso de la Vega a Santiago Arroyo'' (9 de septiembre de 1811), en AHCRSM, Universidad de la Sabana, David Mejía Velilla, caja 7, carp. 3, ff. 66-69v; y Actas del serenísimo colegio constituyente y electoral de la provincia de Cundinamarca (Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1811), 99-100.
Juan Germán Roscio, Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes (Tunja: Imprenta del Congreso de la Nueva Granada, 1813), 10; y Juan Germán Roscio, El triunfo de la libertad sobre el despotismo (Filadelfia: Imprenta de Thomas Palmer, 1817) caps. XLV y XLVII.
Manuel Ezequiel Corrales, comp., Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana, tomo I (Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883), 193; Daniel Gutiérrez, comp., Las Asambleas constituyentes de la Independencia (Bogotá: Corte Constitucional, Universidad Externado, 2010), 252-253.
''Gazeta de Caracas. Cuadro actual de la España'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 181, Santafé de Bogotá, 14 de julio, 1814. Una idea semejante se ve en ''Siguen los preliminares'', El Republicano n.o 15, Tunja, 30 de junio, 1815.
''Artículo comunicado'', Década Miscelánea de Cartagena n.o 3, 29 de octubre, 1814; ''Observación'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 215, Santafé de Bogotá, 23 de marzo, 1815; El Anteojo de Larga Vista n.o 10, Santafé de Bogotá, 1814.
Antonio Nariño, ''Mi Dictamen sobre el Gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada'', La Bagatela n.o 3, Santafé de Bogotá, 28 de julio, 1811; El Montalván (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 8 de febrero, 1812); y Sergio Elías Ortiz, comp., Colección de documentos para la historia de Colombia, tomo III (Bogotá: Editorial ABC, 1966), 195.
José María García de Toledo, Defensa de mi conducta pública y privada contra las calumnias de los autores de la conmoción del once y doce del presente mes (Cartagena: Imprenta del Consulado, 1811), 7. Nariño, por su parte, acusó al presidente de Popayán, Felipe Mazuera, de actuar ''como si fuera el Fernando 7.o de Popayán'', en: ''Sur'', Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 160, Santafé de Bogotá, 3 de marzo, 1814.
En ese mismo año de 1814, Louis XVIII de Francia también aspiraba a una reanudación de ''la cadena de los tiempos'' que pasara por alto la Revolución Francesa. Ver: Daniel de Montplaisir, ''On l'appelait 'Louis des Huîtres'. 17 septembre 1824'', en Les derniers jours des rois, dir. Patrice Gueniffey (París: Perrin, 2014), 280.
Véase, entre otros, el relato de la revolución elaborado por un monarquista, José Antonio Torres y Peña, en Memorias sobre los orígenes (Bogotá: Editorial Kelly, 1960), 27-133. Ver también su poema ''Santafé cautiva'', en La Patria Boba (Bogotá: Biblioteca de Historia Nacional, 1902).
Gazeta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 4, Santafé de Bogotá, 4 de julio, 1816.
Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 6, Santafé de Bogotá, 18 de julio, 1816; y Relación de las fiestas con que la M. N. Y. M. L. Villa de Medellín, en la Provincia de Antioquia solemnizó el día 14 de Octubre de este presente año de 1816 en memoria del nacimiento de nuestro augusto y amado soberano el Señor Don Fernando VII que Dios guarde (Antioquia: Imprenta Real, 1816), 6.
Nicolás de Valenzuela y Moya, Oración gratulatoria y parenética, pronunciada el día 10 de Septiembre de 1816 en la Parroquia de la ciudad de Neiva, ante el Consejo de Guerra del Ejército Expedicionario, y solemne concurso en acción de gracias por el feliz éxito de las Armas Reales en la reconquista del Nuevo Reino de Granada (Santafé de Bogotá: Imprenta del Superior Gobierno, 1817), 7, 37-38, nota 6.
Antonio de León, Discurso político moral sobre la obediencia debida a los reyes, y males infinitos de la insurrección de los pueblos (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1816), 4, 16-17 y 56.
Santiago Torres y Peña, Viva Jesús. Oración fúnebre del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Bautista Sacristán y Galiano (Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1817), 28-29.
José María Gruesso, Oración fúnebre pronunciada por el D. D. José María Gruesso y Rodríguez, provisor y vicario capitular en sede vacante, en las exequias de el Presbítero D. José María Morcillo cura de el pueblo de la Cruz-Asesinado por las tropas rebeldes, en el pueblo de el Tambo el 9 de Mayo de 812 (Popayán: impreso por Francisco de Paula Castellanos, 1817), 20.
José María Gruesso, Oración fúnebre, 15.
''Oficio de mayo 31 de 1816'', en El Teniente General Don Pablo Morillo, tomo 1, comp. Antonio Rodríguez Villa (Madrid: Editorial América, 1920), 248.
Juan Buenaventura Bestard, Pastoral del comisario general de Indias a sus súbditos (Santafé de Bogotá: reimpresión en la Imprenta del Gobierno, 1817).
En el periodo monárquico las celebraciones regias no se efectuaron en razón de una obligación que pudieran imponer las autoridades. Verónica Salazar muestra cómo ese tipo de festejos no siempre se realizaron en todas las poblaciones a las que se les ordenó hacerlos, pues en ocasiones las autoridades locales esgrimieron excusas para evitarlo, ante lo cual el virrey o la Audiencia no podían hacer mayor cosa. Ver: Verónica Salazar, ''Fastos monárquicos en el Nuevo Reino de Granada. La imagen del rey y los intereses locales, siglos XVII-XVIII'' (tesis de doctorado en Sociedad y Cultura, Universidad de Barcelona, 2013), 127-133.
Santafé 31 de Mayo de 1816 (Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa por Nicomedes Lora, 1816).
''Representaciones de agosto 10 de 1817 y enero 15 de 1818'', en Colección de documentos, tomo II, comp. Sergio Elías Ortiz, 123, 133 y 143-144.
''Representaciones de agosto 10 de 1817 y enero 15 de 1818'', en Colección de documentos, tomo II, comp. Sergio Elías Ortiz, 123, 133 y 143-144.
Juan Fernández de Sotomayor, El Doctor J. Fernández de Sotomayor […] contesta documentadamente al libelo, que con el título de “Manifiesto”, ha publicado el señor cura de Manta, Dr. Ramón Eguiguren (Bogotá: impreso por F. M. Stokes, 1825), 64-65.
Leemos anuncios como este: ''Por orden de los excelentísimos señores generales del ejército pacificador se ha trabajado incesantemente en la imprenta del gobierno para dar a luz pública la razón detallada de los costos invertidos en el vestuario y completo equipo de las tropas de S. M''. Ver: Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 25, Santafé de Bogotá, 28 de noviembre, 1816.
Alexander Chaparro, ''Fernando VII, el neogranadino. Publicidad monárquica y opinión pública en el Nuevo Reino de Granada durante la restauración absolutista, 1816-1819'', Fronteras de la Historia Vol: 19 n.o 2 (2014), 70-95.
Morillo le aconsejó a Sámano que fuera diligente en castigar a los sediciosos para no ''arriesgar la seguridad de este Virreinato siempre expuesto a ser envuelto en nuevas desgracias, con la opinión pervertida, y mal pensar de los desleales, que por desgracia viven en todas partes deseando una ocasión de levantar la cabeza y sublevar los habitantes''. Ver: ''Carta de Pablo Morillo, julio 5 de 1817'', en AGN, Archivo Anexo, Historia, leg. 22, f. 683v.
Roberto Arrázola, comp., Documentos para la historia de Cartagena, 1815-1819 (Cartagena: Tipografía Hernández, 1965), 297.
Pablo Morillo, Habitantes de la Nueva Granada (Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1816).
Michael Walzer, ''Regicide and revolution'', 622.

Referencias

“A la ilustre España y a sus valerosos hijos”. Noticias públicas de Cartagena de Indias n.o 9, 19 de diciembre, 1808.

“Artículo comunicado”. Década Miscelánea de Cartagena n.o 3, 29 de octubre, 1814.

“Aurora de Popayán. Declaratoria de Independencia”. El Mensagero de Cartagena de Indias n.o 21, 1 de julio, 1814.

“Cartagena 14 de Junio”. Gazeta de Cartagena de Indias n.o 10, junio 18, 1812.

“Cartagena Noviembre 17 de 1811”. Argos Americano, suplemento, Cartagena, noviembre 18, 1811.

“Cartagena Noviembre 22 de 1813”. El Observador Colombiano n.o 16, Cartagena, noviembre 22, 1813.

“Continúa el Comentario al Decreto de Fernando 7º de España dado en Valencia a 4 de Mayo de 814”, Argos de la Nueva Granada n.o 77, Santafé de Bogotá, junio 11, 1815.

“Continúa la prevención contra los esfuerzos de los realistas”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 188, Santafé de Bogotá, 1 de septiembre, 1814.

“Cundinamarca”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 134, Santafé de Bogotá, 23 de septiembre, 1813.

“Gazeta de Caracas. Cuadro actual de la España”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 181, Santafé de Bogotá, 14 de julio, 1814.

“Mi Dictamen sobre el Gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada”. La Bagatela n.o 3, Santafé de Bogotá, 28 de julio, 1811.

“Nota del Editor”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 191, Santafé de Bogotá, septiembre 15, 1814.

“Noticias del interior”. Argos de la Nueva Granada n.o 34, Tunja, junio 30, 1814.

“Observación”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 215, Santafé de Bogotá, 23 de marzo, 1815.

“Observaciones sobre el estado actual de la Nueva Granada y Venezuela”. El Observador Colombiano n.o 2, Cartagena, agosto 16, 1813.

“Popayán”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 164, Santafé de Bogotá, marzo 24, 1814.

“Relación de los principales cabezas de la rebelión de este Nuevo Reino de Granada […]”, en Biblioteca Nacional de Colombia, Quijano 253, pza. 21, 1816.

“Roma 3 de Noviembre de 1808”. Alternativo del Redactor Americano n.o 37, Santafé de Bogotá, junio 27, 1809.

“Se continúa la historia de nuestra revolución”. Diario Político de Santafé de Bogotá n.o 4, 4 de septiembre, 1810.

“Siguen los preliminares”. El Republicano n.o 15, Tunja, 30 de junio, 1815.

“Sur”. Gazeta Ministerial de Cundinamarca n.o 160, Santafé de Bogotá, 3 de marzo, 1814.

“Variedades. Concluyen las reflexiones sobre el estado actual de España”. Gazeta Ministerial de la República de Antioquia n.o 11, Medellín, diciembre 4, 1814.

Actas del Serenísimo Colegio Constituyente y Electoral de la Provincia de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1811.

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, Judicial.

Archivo Central del Cauca (ACC), Popayán-Colombia. Independencia, JI-3cr.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Archivo Anexo, Historia.

Archivo General de la Nación (AGN), Bogotá-Colombia. Colonia, Historia Civil.

Archivo Histórico Cipriano Rodríguez Santa María (AHCRSM), Universidad de la Sabana, Bogotá-Colombia. David Mejía Velilla.

Archivo Histórico Javeriano (AHJ), Bogotá-Colombia. Camilo Torres.

Arrázola, Roberto, comp. Documentos para la historia de Cartagena, 1815-1819. Cartagena: Tipografía Hernández, 1965.

Arroyo, Santiago. Apuntes históricos sobre la revolución de la independencia en Popayán. Bogotá: Biblioteca Popular, 1896.

Bestard, Juan Buenaventura. Pastoral del Comisario General de Indias a sus súbditos. Santafé de Bogotá: reimpresión en la Imprenta del Gobierno, 1817.

Chaparro, Alexander. “Fernando VII, el neogranadino. Publicidad monárquica y opinión pública en el Nuevo Reino de Granada durante la restauración absolutista, 1816-1819”. Fronteras de la Historia Vol: 19 n.o 2 (2014): 70-95.

Chartier, Roger, prólogo. Imagen y propaganda. Capítulos de historia cultural del reinado de Felipe II, Fernando Bouza. Madrid: Akal, 1998.

Constitución de la República de Tunja. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1811.

Constitución del Estado de Cartagena de Indias sancionada en 14 de Junio de 1812. Cartagena: Imprenta del Ciudadano Diego Espinosa, 1812.

Constitución política de la monarquía española. Cádiz: Imprenta Real, 1812.

Corrales, Manuel Ezequiel comp., Documentos para la historia de la Provincia de Cartagena de Indias, hoy Estado Soberano de Bolívar en la Unión Colombiana, tomo I. Bogotá: Imprenta de Medardo Rivas, 1883.

De León, Antonio. Discurso político moral sobre la obediencia debida a los reyes, y males infinitos de la insurrección de los pueblos. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 1816.

De Montplaisir, Daniel. “On l’appelait ‘Louis des Huîtres’. 17 septembre 1824”. En Les derniers jours des rois, dirigido por. Patrice Gueniffey. París: Perrin, 2014.

De Pombo, Miguel. Constitución de los Estados Unidos de América, con las últimas adiciones, precedidas de las actas de independencia y federación, traducidas del inglés al español por el Ciudadano Miguel de Pombo, e ilustradas por el mismo con notas y un discurso preliminar sobre el sistema federativo. Santafé de Bogotá: Imprenta Patriótica, 1811.

De Valenzuela y Moya, Nicolás. Oración gratulatoria y parenética, pronunciada el día 10 de Septiembre de 1816 en la Parroquia de la ciudad de Neiva, ante el Consejo de Guerra del Ejército Expedicionario, y solemne concurso en acción de gracias por el feliz éxito de las Armas Reales en la reconquista del Nuevo Reino de Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Superior Gobierno, 1817.

De Vergara y Caicedo, Felipe. “Discurso Jurídico-Moral, en que se demuestran los derechos que los Padres de familia tienen en los Matrimonios de sus hijos, y se proscribe la falsa, y errónea opinión, que defiende la absoluta libertad e independencia de los hijos para casarse” (1776), en Biblioteca Nacional de Colombia, RM 140.

Duquesne, José Domingo. Oración pronunciada de orden de el Exmo. Señor Virrey, y Real Acuerdo en la solemnidad de acción de gracias celebrada en esta Santa Iglesia Catedral Metropolitana de Santafé de Bogotá el día 19 de Enero de 1809 por la instalación de la Suprema Junta Central de Regencia […]. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa de los Monteros, 1809.

El Anteojo de Larga Vista n.o 10, Santafé de Bogotá, 1814.

El Montalván. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa, 8 de febrero, 1812.

Escobar, Joaquín. Memorias sobre la revolución de las Sabanas. Cartagena: Imprenta del C. Diego Espinosa, 1813.

Fernández de Sotomayor, Juan. El Doctor J. Fernández de Sotomayor […] contesta documentadamente al libelo, que con el título de “Manifiesto”, ha publicado el señor cura de Manta, Dr. Ramón Eguiguren. Bogotá: impreso por F. M. Stokes, 1825.

Fernández Madrid, José. España salvada por la Junta Central. Cartagena: s.e., 1809.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 25, Santafé de Bogotá, 28 de noviembre, 1816.

Gaceta de Santafé, Capital del Nuevo Reino de Granada n.o 6, Santafé de Bogotá, 18 de julio, 1816.

García de Toledo, José María. Defensa de mi conducta pública y privada contra las calumnias de los autores de la conmoción del once y doce del presente mes. Cartagena: Imprenta del Consulado, 1811.

Geertz, Clifford. Conocimiento local. Ensayos sobre la interpretación de las culturas. Barcelona: Paidós, 1994.

Gruesso, José María. Oración fúnebre pronunciada por el D. D. José María Gruesso y Rodríguez, provisor y vicario capitular en sede vacante, en las exequias de el Presbítero D. José María Morcillo cura de el pueblo de la Cruz-Asesinado por las tropas rebeldes, en el pueblo de el Tambo el 9 de Mayo de 812. Popayán: impreso por Francisco de Paula Castellanos, 1817.

Gutiérrez, Daniel, comp. Las asambleas constituyentes de la independencia. Bogotá: Corte Constitucional, Universidad Externado, 2010.

Gutiérrez, Daniel. “Matar a un rey ausente. Regicidios simbólicos durante el interregno neogranadino (1808-1816)”. Economía y política Vol: 1 n.o 2 (2014): 5-39.

Gutiérrez, Jairo y Armando Martínez comps. La visión del Nuevo Reino de Granada en las Cortes de Cádiz. Bogotá: Academia Colombiana de Historia, UIS, 2008.

Hernández, Guillermo, comp. “Documentos inéditos: sumarias de los procesos seguidos contra los clérigos patriotas”. Boletín de Historia y Antigüedades Vol: 49 n.o 573 y 574 (1962): 347-436.

Hernández, Guillermo, comp. Proceso histórico del veinte de Julio de 1810. Bogotá: Banco de la República, 1960.

Lozano, Jorge Tadeo. Discurso que ha de pronunciar en la apertura del Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1813.

Marin, Louis. “Poder, representación, imagen”. Prismas n.o 13 (2009): 135-153.

Morillo, Pablo. Habitantes de la Nueva Granada. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1816.

O’Leary, Daniel Florencio. Memorias del General O’Leary, tomo 13. Caracas: Ministerio de la Defensa, 1981.

Ortiz, Sergio Elías, comp. Colección de documentos para la historia de Colombia, tomo III. Bogotá: Editorial ABC, 1966.

París, José Vicente. “Vida del licenciado Don José León Armero”, Boletín de Historia y Antigüedades n.o 110 (1915): 66-91.

Redactor Americano del Nuevo Reyno de Granada n.o 61, Santafé de Bogotá, junio 4, 1809.

Relación de las fiestas con que la M. N. Y. M. L. Villa de Medellín, en la Provincia de Antioquia solemnizó el día 14 de Octubre de este presente año de 1816 en memoria del nacimiento de nuestro augusto y amado soberano el Señor Don Fernando VII que Dios guarde. Antioquia: Imprenta Real, 1816.

Restrepo, José Manuel, comp. Documentos importantes de Nueva Granada, Venezuela y Ecuador, tomo I. Bogotá: Universidad Nacional, 1969.

Rodríguez Villa, Antonio, comp. El Teniente General Don Pablo Morillo, tomo 1. Madrid: Editorial América, 1920.

Roscio, Juan Germán. El triunfo de la libertad sobre el despotismo. Filadelfia: Imprenta de Thomas Palmer, 1817.

Roscio, Juan Germán. Patriotismo de Nirgua y abuso de los reyes. Tunja: Imprenta del Congreso de la Nueva Granada, 1813.

Rosillo, Andrés María. Excmo. Señor. Santafé de Bogotá: Imprenta del Estado, 1814.

Rosillo, Andrés María. Sermón predicado en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Santafé de Bogotá el día 24 de Febrero de 1805, en la solemnidad de acción de gracias que con asistencia del Excmo. Sr. Virrey, de todos los tribunales, y de los individuos de la expedición de la vacuna, y su Vicedirector Don Joseph de Salvany, fue celebrada para manifestar el reconocimiento de este Nuevo Reino a Dios, y al Rey por este beneficio. Santafé de Bogotá: Imprenta Real, 1805.

Salazar, Verónica. “Fastos monárquicos en el Nuevo Reino de Granada. La imagen del rey y los intereses locales, siglos XVII-XVIII”. Tesis de Doctorado en Sociedad y Cultura, Universidad de Barcelona, 2013.

Santafé 31 de Mayo de 1816. Santafé de Bogotá: Imprenta de Don Bruno Espinosa por Nicomedes Lora, 1816.

Scarpetta, Manuel Leonidas y Saturnino Vergara. Diccionario biográfico de los Campeones de la Libertad de Nueva Granada, Venezuela, Ecuador i Perú. Bogotá: Imprenta de Zalamea, 1879.

Torres y Peña, José Antonio. “Santafé cautiva”, en La Patria Boba. Bogotá: Biblioteca de Historia Nacional, 1902.

Torres y Peña, José Antonio. Memorias sobre los orígenes de la independencia nacional. Bogotá: Editorial Kelly, 1960.

Torres y Peña, Santiago. Viva Jesús. Oración fúnebre del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Bautista Sacristán y Galiano. Santafé de Bogotá: Imprenta del Gobierno, 1817.

Vanegas, Isidro, comp. Dos vidas, una revolución. Bogotá: Universidad del Rosario, 2011.

Vanegas, Isidro. El constitucionalismo fundacional. Bogotá: Ediciones Plural, 2012.

Vanegas, Isidro. La Revolución Neogranadina. Bogotá: Ediciones Plural, 2013.

Vanegas, Isidro. Plenitud y disolución del poder monárquico en la Nueva Granada. Documentos 1807-1819, 2 vols. Bucaramanga: UIS, 2010.

Walzer, Michael. “Regicide and revolution”. Social Research Vol: 40 n.o 4 (1973): 617-642.

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Vanegas Useche, I. (2016). El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819. Historia y sociedad, (31), 17–47. https://doi.org/10.15446/hys.n31.55457

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Vanegas Useche, I. 2016. El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819. Historia y sociedad. 31 (jul. 2016), 17–47. DOI:https://doi.org/10.15446/hys.n31.55457.

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Vanegas Useche, I. El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819. Hist. Soc. 2016, 17-47.

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VANEGAS USECHE, I. El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819. Historia y sociedad, [S. l.], n. 31, p. 17–47, 2016. DOI: 10.15446/hys.n31.55457. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/hisysoc/article/view/55457. Acesso em: 25 abr. 2024.

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Vanegas Useche, Isidro. 2016. «El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819». Historia Y Sociedad, n.º 31 (julio):17-47. https://doi.org/10.15446/hys.n31.55457.

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Vanegas Useche, I. (2016) «El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819», Historia y sociedad, (31), pp. 17–47. doi: 10.15446/hys.n31.55457.

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I. Vanegas Useche, «El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819», Hist. Soc., n.º 31, pp. 17–47, jul. 2016.

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Vanegas Useche, I. «El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819». Historia y sociedad, n.º 31, julio de 2016, pp. 17-47, doi:10.15446/hys.n31.55457.

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Vanegas Useche, Isidro. «El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819». Historia y sociedad, no. 31 (julio 1, 2016): 17–47. Accedido abril 25, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/hisysoc/article/view/55457.

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Vanegas Useche I. El rey ante el tribunal de la revolución: Nueva Granada 1808-1819. Hist. Soc. [Internet]. 1 de julio de 2016 [citado 25 de abril de 2024];(31):17-4. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/hisysoc/article/view/55457

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CrossRef citations3

1. Laura Olivia Machuca Gallegos. (2018). Entre Yucatán y Nueva Granada: dos espacios conectados por Benito Pérez Valdelomar, 1811-1813. Historia Crítica, (70), p.87. https://doi.org/10.7440/histcrit70.2018.05.

2. Daniel Gutiérrez Ardila. (2018). Soberana indiferencia. El discurso historiográfico frente al republicanismo popular colombiano. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, 45(2), p.119. https://doi.org/10.15446/achsc.v45n2.71029.

3. Jaime Alberto Rodríguez. (2022). El concepto de nación entre la desintegración del virreinato del Nuevo Reino de Granada y la emergencia de la república de Colombia. Procesos. Revista Ecuatoriana de Historia, (55), p.141. https://doi.org/10.29078/procesos.v.n55.2022.2706.

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