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2011-01-01

María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832

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  • Daniel Gutiérrez Ardila Universidad Externado de Colombia

El libro de María Teresa Calderón y Clément Thibaud intenta responder a una cuestión que no por ser formulada en términos sencillos tiene un fácil desarrollo: si existe una historia del Estado, debe existir una historia de la soberanía. En otros términos, si resulta del todo inconveniente proyectar el Estado weberiano sobre el pasado como una entelequia ahistórica, no puede sostenerse sin graves consecuencias (el relato de la decepción democrática) que hay un tránsito inmediato de la soberanía del rey a la soberanía de la nación o del pueblo. Entre ambos paradigmas se desliza un periodo híbrido en el que la majestad real contribuye a la comprensión y a la elaboración por parte de los revolucionarios de la nueva baza de la legitimidad.

RESEÑAS

María Teresa Calderón y Clément Thibaud.
La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832.
Bogotá: Taurus, 2010. 314 páginas.


El libro de María Teresa Calderón y Clément Thibaud intenta responder a una cuestión que no por ser formulada en términos sencillos tiene un fácil desarrollo: si existe una historia del Estado, debe existir una historia de la soberanía. En otros términos, si resulta del todo inconveniente proyectar el Estado weberiano sobre el pasado como una entelequia ahistórica, no puede sostenerse sin graves consecuencias (el relato de la decepción democrática) que hay un tránsito inmediato de la soberanía del rey a la soberanía de la nación o del pueblo. Entre ambos paradigmas se desliza un periodo híbrido en el que la majestad real contribuye a la comprensión y a la elaboración por parte de los revolucionarios de la nueva baza de la legitimidad.

Para escapar a la ilusión teleológica, tanto en lo relativo a la historia del Estado como en lo que atañe a las vicisitudes de la suprema potestas, los autores proponen distinguir, con fines analíticos, entre la noción de soberanía y la de majestad. La primera, entendida "como un poder absoluto, perpetuo y abstracto, como una potencia activa e indivisible disociada del mundo divino es el equivalente conceptual de la noción de individuo en el orden social". A este principio moderno conviene oponer otro de índole jerárquica, consecuente con la "distribución diferenciada de prerrogativas y honores" y con la extraordinaria diversidad de corporaciones y reinos que componían la corona de Castilla: la majestad. Esta, a diferencia de la soberanía moderna, no confería un carácter homogéneo a la comunidad política, sino que, en palabras de Calderón y Thibaud, reconocía "sus accidentes, sus meandros y el entramado complejo de sus comunidades" históricas. Tal era el nexo último que daba sentido a la pirámide de corporaciones en vísperas de la revolución de Independencia. La llegada de los Borbones al trono español no había supuesto, en ese sentido, ningún cambio radical, pues el reformismo del siglo XVIII se vio limitado por "la naturaleza esencialmente transaccional del poder", que caracterizaba tradicionalmente al mundo hispánico. En efecto, si bien la nueva dinastía logró construir una soberanía "más activa, unificada y profana", ello solo fue posible con el concurso de los cuerpos intermedios, que salieron fortalecidos de la coyuntura. En síntesis, la soberanía terminó realzando la majestad (capítulos 1, 2 y 7).

¿Cómo explicar el éxito contundente del proyecto confederal en el Nuevo Reino y Venezuela durante el interregno? La estructura corporativa de la monarquía española y la negativa filosófica a concebir un estado prosocial, hizo de los pueblos los lugares originarios del poder. La recomposición del orden perturbado por las abdicaciones de Bayona precisaba, por lo tanto, de una gradación de soberanías que regenerasen el antiguo despotismo ministerial y restableciesen los derechos naturales de los vasallos vejados. Sin que haya desaparecido el imperativo jerárquico de la sociedad monárquica, surgen entonces soberanías que son, al mismo tiempo, perfectas y relativas, esto es, que asumen la máxima potestad sin renunciar por ello a asociarse con sus congéneres. En tal sentido, el federalismo aparece, en opinión de los autores, como un procedimiento natural, como una simple transfiguración de la majestad real en la soberanía popular. Tan interesante como lo anterior resulta la idea de que al llegar a cierto nivel de poderío y de incorporación, que parece coincidir con las extintas capitanías generales y virreinatos, las distintas soberanías subsidiarias se consideraban acreedoras al rango y a los privilegios de nación. Menos convincente, a mi modo de ver, resulta la tesis según la cual los miembros del gobierno cundinamarqués habrían propugnado por una variante "federal" de la Nueva Granada, mientras que los líderes de las Provincias Unidas habrían preferido una versión "confederal" de la asociación política. En mi opinión, los discursos de estos últimos demuestran desde finales de 1810 una preferencia evidente por un gobierno general de amplias facultades, lo que les costó conseguir después por las dificultades mismas del proceso de reconstitución del Reino y la defensa acérrima que hicieron ciertas casas santafereñas de privilegios heredados del régimen virreinal. Por lo dicho, me cuesta imaginar que las reformas del Acta Federal hacia el final del interregno hayan sido exclusivamente fruto de una "crisis de confianza en los mecanismos naturales". En buena medida, las modificaciones del tratado traducen más bien una consolidación de la autoridad general y un estadio acabado de reconstitución de la unidad neogranadina.

El capítulo cuarto del libro aborda la cuestión de la majestad de los pueblos desde el punto de vista de la configuración de las relaciones entre el Estado y la religión. Mediante el análisis del "Cisma del Socorro", el proyecto de "concilio nacional" y la polémica sobre la tolerancia, se demuestra que las argumentaciones de los regalistas, los galicanos y los jansenistas tuvieron un ascendente importante sobre los revolucionarios de la Tierra Firme. En efecto, ellas permitieron plantear una relación inédita entre la autoridad temporal y la religiosa. El ámbito eclesiástico contribuye así a demostrar la teoría ya esbozada de una reconstrucción de la "majestad desde abajo": del mismo modo que en lo relativo a la potestad temporal los neogranadinos se vieron tentados a reemplazar la "autoridad descendente del rey" por otra de naturaleza ascendente. No obstante, los esfuerzos de los revolucionarios por generar una nueva cabeza a partir de las transacciones de las corporaciones eclesiásticas no deben llevar a proclamar con demasiada rapidez una secularización del poder político. Por el contrario, los autores recuerdan la difundida lectura providencial de la revolución, que fue vista por los contemporáneos como un nuevo bautismo de los pueblos y como una regeneración inmediata y extraordinaria, capaz de permitir el restablecimiento de la correspondencia entre la ley y la naturaleza: la religión, en aquellos tiempos de mutación, se convirtió, tanto o más que antes, en una garantía necesaria de la obediencia y en un paliativo contra la angustia de la eficacia simbólica del nuevo Estado. Ello habría conferido a la soberanía revolucionaria un aspecto monista, unitario y antiliberal.

Como se multiplicaron por dos y hasta por tres en la nueva Granada entre 1810 y 1812, los efectivos militares se transformaron en actores centrales del proceso revolucionario. En ese sentido, son una atalaya privilegiada para estudiar las vicisitudes del anclaje de la soberanía durante la mutación política, y por ello les está dedicado el capítulo quinto de La majestad de los pueblos. El argumento central es que las fuerzas armadas se convirtieron en una figura privilegiada para borrar la brecha existente entre lo que Pierre Rosanvallon llama "el pueblo principio" y "el pueblo sociológico". Si en un principio la voluntad reformadora revolucionaria de las instituciones castrenses concibe con optimismo una regeneración del cuerpo político mediante la participación unánime de este en la defensa de la patria, en la práctica las iniciativas se vieron confrontadas a la distinción tajante entre una "ciudadanía política", ligada a criterios objetivos de capacidad (vecindad, riqueza...), y una "ciudadanía del soldado", integradora y democrática. Esta fractura parecía desdibujarse en los momentos de crisis, durante los cuales la institución dictatorial y el imperativo de preservación de la comunidad permitían restablecer la unanimidad mediante la depuración del cuerpo político y la eliminación transitoria de los fueros y las excepciones. Además, la encarnación de la unidad en las milicias, más que en ejércitos regulares, corresponde al enunciado fundamental del libro, puesto que alude a la soberanía subsidiaria de los pueblos y no a una potestad unitaria e ilimitada.

¿Cuándo tiene lugar, entonces, la ruptura con el paradigma de la "majestad de los pueblos" en la Tierra Firme? Según los autores, la "desincorporación" de la soberanía se habría producido gracias a la guerra irregular que libraron los reductos patriotas en los llanos venezolanos y neogranadinos. Aquellas columnas harapientas -diseminadas por un territorio libre de la pirámide de ciudades, villas y parroquias en la que se inscribía la vieja estructura del imperio de los Austrias- no solo defendían el ideal republicano: "eran la república en armas" y prefiguraban sociológicamente a la República de Colombia. Es en tal contexto donde comienza a desaparecer la soberanía compuesta y donde surge otra de cuño unitario. No obstante (y esta es mi segunda reserva con respecto al libro), hubiera sido bueno matizar el enunciado mostrando cómo el Estado de 1819, en contravía con las afirmaciones y los propósitos de sus fundadores, se consolida mediante pactos que aluden a las viejas teorías y prácticas de la majestad de los pueblos: la Nueva Granada, Panamá, Quito y Guayaquil se incorporan a Colombia ejerciendo derechos que recuerdan indefectiblemente las soberanías compuestas.

Ello habría permitido presentar de manera menos abrupta el proceso de "reincorporación de la soberanía" que se produjo entre 1826 y 1831, es decir, durante la agonía y disolución de la República de Colombia. Para cumplir con este cometido, los capítulos siete y ocho analizan la erosión simbólica de la dupla Bolívar-Santander ("síntesis de carisma y racionalidad"), así como los múltiples pronunciamientos que tuvieron lugar durante aquellos años y que actuaron como mecanismos de "recomposición del orden". La crisis política generó entonces una nueva acefalía y una reversión de la soberanía a las comunidades de base. No obstante, a diferencia de 1808, una y otra se inscribieron en un marco constitucional que las tiznó inexorablemente de ilegitimidad. Ante la imposibilidad de recomponer el orden desde abajo, surge naturalmente la idea adoptar el procedimiento contrario, aprovechando el prestigio glorioso del Libertador. Así, "la ecuación pueblos/pueblo se realiza en el caudillo y la soberanía de aquéllos se manifiesta en la voluntad de éste". No obstante, el estado de excepción y la dictadura, originados en una renuncia múltiple de la soberanía de las comunidades, se revelan igualmente vanos y abren la puerta a una confrontación de la "libertad" contra la "tiranía". Con la creación de la Nueva Granada como Estado independiente se cierra el libro, dejando en el ambiente dos interrogantes: ¿la doble orfandad del monarca y el presidente-Libertador significó acaso una base más sólida para construir una autoridad a la vez firme y temperada? ¿De qué manera los linajes y los partidos aprovecharon la tradición de la majestad de los pueblos en las luchas partidistas en lo que restaba del siglo XIX?


DANIEL GUTIÉRREZ ARDILA
Universidad Externado de Colombia, Bogotá
roquefresneda@yahoo.com.mx

Cómo citar

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Gutiérrez Ardila, Daniel. 2011. «María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832». Anuario Colombiano De Historia Social Y De La Cultura 38 (1):335-38. https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192.

ACM

[1]
Gutiérrez Ardila, D. 2011. María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura. 38, 1 (ene. 2011), 335–338.

ACS

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Gutiérrez Ardila, D. María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832. Anu. colomb. histo. soc. cult. 2011, 38, 335-338.

APA

Gutiérrez Ardila, D. (2011). María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, 38(1), 335–338. https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192

ABNT

GUTIÉRREZ ARDILA, D. María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, [S. l.], v. 38, n. 1, p. 335–338, 2011. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192. Acesso em: 28 mar. 2024.

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Gutiérrez Ardila, D. (2011) «María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832», Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, 38(1), pp. 335–338. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192 (Accedido: 28 marzo 2024).

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[1]
D. Gutiérrez Ardila, «María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832», Anu. colomb. histo. soc. cult., vol. 38, n.º 1, pp. 335–338, ene. 2011.

MLA

Gutiérrez Ardila, D. «María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832». Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, vol. 38, n.º 1, enero de 2011, pp. 335-8, https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192.

Turabian

Gutiérrez Ardila, Daniel. «María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832». Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura 38, no. 1 (enero 1, 2011): 335–338. Accedido marzo 28, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192.

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1.
Gutiérrez Ardila D. María Teresa Calderón y Clément Thibaud. La majestad de los pueblos en la Nueva Granada y Venezuela, 1780-1832. Anu. colomb. histo. soc. cult. [Internet]. 1 de enero de 2011 [citado 28 de marzo de 2024];38(1):335-8. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23192

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