Publicado

2011-01-01

Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia

Don Bartolomé Lobo Guerrero, Third Archbishop of the New Kingdom of Granada (1599-1609) and the Process of Christianization during the High Colonial Period

Palabras clave:

aculturación, Compañía de Jesús, Concilio de Trento, Constituciones Sinodales, religiosidad popular, Tribunal de la Santa Inquisición (es)
acculturation, Company of Jesus, Council of Trent, Synod Constitutions, popular religiousness, Tribunal of the Holy Office of the Inquisition (en)

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Autores/as

  • Rodrigo Santofimio Ortiz Universidad de Caldas

A través de la figura de Bartolomé Lobo Guerrero —tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada, entre 1599 y 1609—, se examina el proceso de aculturación de los indígenas bajo la presidencia de la Real Audiencia de Juan de Borja. La figura de Lobo Guerrero resulta importante debido a su formación intelectual y experiencia, a la estrategia de la conversión a través de la expedición de las Constituciones Sinodales (1606) y al establecimiento de la Orden Jesuita. El texto, en principio, discute las comprensiones clásicas respecto al proceso de aculturación que hacen tabula rasa de las formas religiosas precolombinas presentes en las culturas indígenas. Por el contrario, se plantea una comprensión empírica y analítica (con base en la sociología histórica y crítica) a partir de fuentes secundarias, que muestra que existieron formas de resistencia y asimilación a través del sincretismo, lo que luego daría lugar a la religiosidad popular.

Through the figure of Bartolomé Lobo Guerrero, third Archbishop of the New Kingdom of Granada between 1599 and 1609, the article examines the process of acculturation of the indigenous population provided under Juan de Borja’s presidency of the Royal Audiencia. The figure of Lobo Guerrero is important due to his intellectual preparation and experience, to the strategy of conversion through the issuance of the Synod Constitutions (1606), and to the establishment of the Jesuit Order. The article starts out by questioning the classical understandings of the acculturation process that completely ignore Pre-Columbian religious forms. On the contrary, the article suggests an empirical and analytical understanding (on the basis of a historical and critical sociology) based on secondary sources, it also shows that there were forms of resistance and assimilation through syncretism, thus giving rise to popular religion.

Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia

Don Bartolomé Lobo Guerrero, Third Archbishop of the New Kingdom of Granada (1599-1609) and the Process of Christianization during the High Colonial Period

 

RODRIGO SANTOFIMIO ORTIZ
Universidad de Caldas
Manizales, Colombia
rodrigo.santofimio@ucaldas.edu.co

Artículo de investigación.
Recepción: 22 de diciembre de 2010. Aprobación: 21 de abril de 2011.


RESUMEN

A través de la figura de Bartolomé Lobo Guerrero -tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada, entre 1599 y 1609-, se examina el proceso de aculturación de los indígenas bajo la presidencia de la Real Audiencia de Juan de Borja. La figura de Lobo Guerrero resulta importante debido a su formación intelectual y experiencia, a la estrategia de la conversión a través de la expedición de las Constituciones Sinodales (1606) y al establecimiento de la Orden Jesuita. El texto, en principio, discute las comprensiones clásicas respecto al proceso de aculturación que hacen tabula rasa de las formas religiosas precolombinas presentes en las culturas indígenas. Por el contrario, se plantea una comprensión empírica y analítica (con base en la sociología histórica y crítica) a partir de fuentes secundarias, que muestra que existieron formas de resistencia y asimilación a través del sincretismo, lo que luego daría lugar a la religiosidad popular.

Palabras clave: aculturación, Compañía de Jesús, Concilio de Trento, Constituciones Sinodales, religiosidad popular, Tribunal de la Santa Inquisición.


ABSTRACT

Through the figure of Bartolomé Lobo Guerrero, third Archbishop of the New Kingdom of Granada between 1599 and 1609, the article examines the process of acculturation of the indigenous population provided under Juan de Borja's presidency of the Royal Audiencia. The figure of Lobo Guerrero is important due to his intellectual preparation and experience, to the strategy of conversion through the issuance of the Synod Constitutions (1606), and to the establishment of the Jesuit Order. The article starts out by questioning the classical understandings of the acculturation process that completely ignore Pre-Columbian religious forms. On the contrary, the article suggests an empirical and analytical understanding (on the basis of a historical and critical sociology) based on secondary sources, it also shows that there were forms of resistance and assimilation through syncretism, thus giving rise to popular religion.

Key words: acculturation, Company of Jesus, Council of Trent, Synod Constitutions, popular religiousness, Tribunal of the Holy Office of the Inquisition.


Introducción

Ocurrió su fallecimiento el día 28 de enero de 1622 y cuando tenía cumplidos 76 años. Dejó 17.000 pesos para que se distribuyesen en limosnas, misas y obras pías. También 5.000 pesos de nueve reales para el colegio de la Compañía de Jesús del Nuevo Reino. Depositándose su cadáver en la capilla de San Bartolomé, y se colocódespués en un monumento que se le destinó en 1627, y está en el muro colateral al evangelio, con el escudo de armas de la familia del arzobispo, y su estatua en rodillas.
MANUEL DE MENDIBURU,
DICCIONARIO HISTÓRICO BIOGRÁFICO DEL PERÚ1

ASI, DE FORMA casi lapidaria, se describía el momento final de un personaje que entre los siglos XVI y XVII se destacó en dos asuntos bien importantes: el restablecimiento de la fe católica en las fronteras de ultramar, de acuerdo a los más ortodoxos principios emanados del Concilio de Trento (1562) y, en segundo lugar, el apoyo decidido, aun con su propio peculio, en toda iniciativa para el logro de los alcances y la indiscutible presencia del dogma cristiano en el Distrito del Nuevo Reino y también en el Virreinato del Perú.2

Sin duda el párrafo citado anteriormente no logra traducir toda la vida de Lobo Guerrero, pero allí emerge la actitud siempre reiterada y de la cual nunca se privó para materializar, incluso económicamente, todo aquello que significase exponer la fe cristiana ortodoxa, bien fuera a través de la fundación de colegios, obras pías, libros de coro para el canto de la liturgia cristiana, la sillería para el coro de la catedral de Santafé de Bogotá o de catecismos en lengua muisca, entre otros dispositivos; si bien en todo aquel esfuerzo no participó con su propia fortuna, por lo menos sí fue clara e innegable la voluntad y vitalidad para llevarlos a cabo.

Don Bartolomé Lobo Guerrero fue un hombre que, al alcanzar la completa formación académica, tuvo a su lado la felicidad de la fortuna heredada, empero, distinto a otros hombres no optó por el derroche, al contrario, la destinó al "servicio de Dios y de la fe cristiana". En efecto, ya en el siglo XVII, Juan Flórez de Ocariz, en su descripción del personaje, lo presenta en unas condiciones económicas ciertamente envidiables para la época: "(...) hizo en México inventario de su hacienda que importó cuarenta y dos mil y novecientos pesos; de que fundó mayorazgo".3

Manuel de Mendiburu, quien le dedicó algunas páginas de su Diccionario biográfico, precisó el total de su fortuna al momento en que el prelado decidía su viaje al Nuevo Reino, cifrándola en ciento treinta mil pesos "cuando ingresó en su iglesia";4 no importa cual haya sido el monto total de su fortuna, lo que realmente importa era que lo solvente de su situación económica se relacionaba bien con el noble linaje de su ascendencia. La información que tenemos sobre esto último menciona que:

Lobo Guerrero había nacido en Ronda (diócesis de Málaga) en 1546, hijo de D. Alonso Guerrero y de Da. Catalina de Góngora; empezó sus estudios en la universidad de Osuna y los continuó en la de Salamanca, donde se graduó de bachiller; más tarde se doctoró en Cánones y en Sevilla fue catedrático de Vísperas (para el ejercicio del oficio religioso) y rector del colegio de Santa María de Jesús.5

Sabemos también que siendo rector en el Colegio de Santa María de Jesús fue nombrado fiscal de la Inquisición en México en 1580 (19 de diciembre), y luego ascendido a inquisidor el 8 de mayo de 1593. Su permanencia en Nueva España por dos décadas aproximadamente lo ocuparían en el responsable trabajo de fiscal de inquisidor del Santo Oficio.

En cuanto a lo primero, en el ejercicio como fiscal del Santo Oficio, Lobo Guerrero no debió discrepar mucho del ideal arquetípico que presenta un historiador del siglo XIX:

Entre todos los servidores del santo oficio ninguno hay que aparezca con carácter más odioso que el fiscal; él representaba el papel de la persecución encarnizada e infatigable; presentaba denuncia cubriendo con su nombre el del delator; pedía siempre el tormento y la confiscación; amontonaba las pruebas; era parte, como le llamaban los inquisidores, contra el reo, a quien sin conocer hacía una guerra incesante, alevosa y con seguridades de triunfo; porque mayor alevosía no podría suponerse, teniendo el fiscal conocimiento de todos los trámites, diligencias del proceso, pruebas, nombres y calidades de los testigos, y el acusado ignorando cuanto pasaba y cuanto contra él preparaba su enemigo; y mayor ventaja y probabilidad del triunfo no podía pedir, quien como él estaba libre, gozando de un gran prestigio en el tribunal y en la sociedad; influyendo decididamente no solo en el curso del proceso sino en la sentencia definitiva, y teniendo a su disposición empeñosos y diligentes servidores que les prestaban eficaz ayuda en cuanto necesitaba para perder el reo; en cambio éste, preso, incomunicado, sin contar ni con influjo, ni con amigos, ni con recursos; sin medios para preparar su prueba; sin el derecho de obligar con el tormento al fiscal y a sus testigos a declarar de acuerdo con sus propósitos, y casi condenado de antemano, no podría menos de sucumbir; aquella era la lucha del lobo con la oveja.6

También existen pruebas de su participación actuando como fiscal en el proceso contra Luis de Carvajal, gobernador del Nuevo Reino de León, quien según el expediente era "sospechoso en la ley de Moisés en que le quisieron enseñar y convertir"; en esa oportunidad Lobo Guerrero no dejaría dudas en el ejercicio de su labor:

Comienza el proceso como es costumbre en expedientes de esta naturaleza, con la denuncia del fiscal del Santo Oficio, doctor Lobo-Guerrero en contra del gobernador, por no haber denunciado a su sobrina Isabel de Carvajal que judaizaba, y pide se decrete la prisión contra el culpable, a lo que acceden los inquisidores, licenciado Bonilla y Santos García; esto sucede a los 13 días del mes de abril de 1589. Al día siguiente estaba don Luís encerrado en las cárceles secretas del tribuna.7

Ahora bien, en cuanto a su actuación como inquisidor, la cual parece ser el punto culminante en la carrera burocrática para todo provechoso y diligente fiscal, el espíritu de Lobo Guerrero se debatía al unísono de su vida entre las ejecutorías de autos de fe del Santo Oficio en Nueva España y la espera oportuna para que la voluntad de don Felipe II lo despachase a otros reinos y otras misiones: Lobo Guerrero esperaba la oportunidad de imponer el orden y restablecer la fe católica; la historiografía entonces da cuenta que la oportunidad llegaría, pues en 1595:

El Ilmo. Sr. D. Bartolomé Lobo Guerrero, dignidad de la santa iglesia de México, fue promovido por estos años a la mitra arzobispal de Santafé. Tuvo el nuevo Arzobispo por una obligación indispensable a su oficio, llevar algunos jesuitas especialmente a una región donde por la variedad o discordia de sus conquistadores eran muy pocos los indios convertidos sinceramente al verdadero Dios. En esta resolución estuvo tan firme, que escribió a la Corte que renunciaría al Obispado sino se le concedía llevar consigo algunos Padres sobre quienes descargar alguna parte de aquel enorme peso. Partió en efecto de México con los padres Alonso Medrano y Pedro de Figueroa, por la primavera de 1598. En la navegación por dos veces, una en el seno mexicano y otra en la travesía de Jamaica a Cartagena, experimentó la particular protección de n.p. Ignacio, en dos violentas tempestades, que pusieron a todos los navegantes en la última consternación, empero, serenó repentinamente las olas hinchadas, abrió el cielo, mudó el viento y condujo el navío, primera y segunda vez al puerto.8

Lobo Guerrero arribaba al Distrito del Nuevo Reino "a veintiocho de marzo de mil quinientos noventa y nueve año", reza la información que proporciona una posible testigo de excepción a la llegada del arzobispo a Santafé de Bogotá;9 por ese mismo testigo se saben pormenores acaecidos del porqué la sede vacante arzobispal permanecería casi por diez años sin ser ocupada por arzobispo alguno, al decir de Flórez de Ocariz10 y de Groot.11 Así, Lobo Guerrero, en los últimos suspiros del siglo XVI, se convertía en el tercer arzobispo para el Distrito del Nuevo Reino.

Bartolomé Lobo Guerrero: personalidad y carácter

José Manuel Groot, quien en el siglo XIX se ocupó del personaje, dice, "era el señor Lobo Guerrero hombre laborioso y eficaz que atendía a todo con igual cuidado",12 y más adelante agrega, "tenía bastante carácter". Esos son todos los datos que de alguna manera pueden sostener la idea de que Lobo Guerrero fue una persona de carácter decidido.

En una reproducción a blanco y negro aparecida en el trabajo de Restrepo Posada,13 el pintor mostraba a un personaje ampuloso en su presentación; el modelo que posó para el pintor era sobrio en detalles, perfectamente aderezado con los aditamentos necesarios a una personalidad que más que despertar respeto lo imponía (figura 1). La figura erguida, perfectamente en equilibrio, sin atisbo de flaqueza; la sobrepelliz le cubre del cuello hacia atrás la totalidad del cuerpo; las extremidades superiores posan una sobre parte del cuerpo y la otra en logro de pose, se sostiene lívidamente sobre una balaustrada.

 

FIGURA 1.
Bartolomé Lobo Guerrero, cuadro de pintor anónimo. José Restrepo Posada, Arquidiócesis de Bogotá. Datos biográficos de los prelados, tomo I (Bogotá: Ed. Lumen-Christi, 1961).

En la parte superior de la figura, la mitra perfectamente ubicada, como símbolo también emana poder; del rostro refulge una mirada en extremo grave, silente y austera en complacencias; con ella se inunda la totalidad del modelo para ganarle la batalla al mudo aspecto del fondo oscuro, en el que si bien no sobresale detalle alguno de cara a la figura, esta posa oronda y dominante; en esa caracterización, además la figura no esconde el lujo, el cual parece hacer juego correspondiente a su personalidad: anillos y crucifijos con piedras de preciosísimo trabajo, y el tocado en la seda, que como batahola le cubre la sobrepelliz, remata en un bello brocado.

Don Bartolomé Lobo Guerrero satisfizo con su vitalidad, su linaje y su envidiable condición económica todo proyecto, toda idea en lo que al restablecimiento de la fe católica se tratara. Dispuesto a no ceder a los embates del medio, menos aun a las debilidades de los hombres, Lobo Guerrero se los enfrentó; a unos proponía la energía y el poder de su hacienda, y a los otros supo enfrentarlos con su dignidad, su carácter recio y los créditos adquiridos en su largo periplo por Nueva España. No era para menos, pues fue quizá esto último lo que lo impulsó, dos meses luego de su arribo a Santafé, a escribirle al rey Felipe III una carta en la que no deja duda alguna de la seriedad con que se tomaba su nuevo cargo:

Aunque ha muchos años, que se ha tratado de poner el Santo Oficio de la Inquisición en este Reino y no se ha tomado resolución, no por esos dejare, por el descargo de mi conciencia, de escribir lo que siento. Esta tierra es la más estragaba [sic] en costumbres y en todo géneros de vicios de cuantas tiene s.m., que me obliga a creer que en ella la fe está muy a punto de perderse, pues los pecados, cuando son muchos y hay hábitos de cometerlos, depravan la voluntad e introducen error en el entendimiento y pertinacia, de que hacen las herejías, y si de presente en particular no se saben ni entienden, es porque la gente, siendo tan obstinada en los dichos vicios y pecados, no hacen escrúpulos en denunciarlos para que sean castigados, y los que podrían como ven que el remedio está lejos, pues dista la Inquisición de Lima, a que este Reino está sujeto de aquí quinientas leguas por tierra, suplicó a v.m. lo vea y considere como rey católico y defensor de la fe, y que en negocio tan importante al servicio de Dios nuestro señor, y descargo de la conciencia de v.m., se tome breve resolución, y tomándose en que aquí se funde Inquisición, se le podrían dar de distrito los Obispados de Cartagena, Santa Marta, Venezuela, Popayán y Quito, que el que más lejos está de esta ciudad, dista doscientas leguas, y a la Inquisición de Lima se le quitara la obligación de acudir a estos Obispados, a que no pueden satisfacer, ni es posible, (...) está claro que en negocios en que se trata de la causa de Dios y de su fe, que es el más grave que se puede ofrecer en el mundo acudirá con la misma, y aún mayor que de aquí resultara dar Dios a v.m. prósperos sucesos y acrecentar su real patrimonio.14

Desconocemos si el prelado seguiría insistiendo en su idea de que el Santo Oficio de la Inquisición tuviera en el Nuevo Reino una de sus sedes, pues el Consejo Real de Indias tan solo en 1610 daría vía libre para que se estableciese en Cartagena dicho tribunal.15 No se descarta que la participación de Lobo Guerrero en los asuntos religiosos del distrito, así como lo estratégico de la región y los sucesos políticos de recurrencia cotidiana en el distrito (conflictos), le hayan dado argumentos suficientes tanto al Consejo Real como a Felipe III para tomar en serio la sugerencia del prelado.16

El arzobispo Lobo Guerrero en el distrito del Nuevo Reino (1599): situaciones, actitudes y conflictos

Pero sería en los conflictos políticos en el distrito en la primera década del siglo XVII, donde se deja en claro el verdadero carácter de Lobo Guerrero, el bastante carácter17 del prelado. En un primer momento, el arzobispo se encontraría con la dura realidad de lo que significaba la vacancia arzobispal por casi una década.

En efecto, esos diez años sin arzobispo en el distrito, para la Real Audiencia y los oidores, significaban que los límites entre el poder eclesiástico y el "poder civil" supuestamente no existían: así el arzobispo Lobo Guerrero pudo constatar directamente que la Real Audiencia campeaba en el irrespeto al fuero eclesiástico al punto que:

Los Oidores en visitas a los pueblos parecían unos visitadores eclesiásticos, pues iban revisando iglesias, ornamentos y hasta los vasos sagrados; la Audiencia, sin cuidarse del arzobispo ni del fuero eclesiástico, citaba ante su tribunal a los sacerdotes doctrineros, y admitía contra ellos las declaraciones falsas de los indios, y a uno de los visitadores eclesiásticos Diego Caballero, que en 1600 visitaba, por orden del arzobispo, la provincia de Mariquita, le mandó volver a la Audiencia y presentarse ante su tribunal, y al notario de la visita, Alonso Díaz, no solo se le confiscaron todos sus papeles, sino que se le puso preso por haber multado a varios indios amancebados.18

Ni el mismo arzobispo se privó de presenciar directamente los nuevos supuestos atributos de la Real Audiencia, pues fué una de las acusaciones, de Lobo Guerrrero después de una visita a las minas de Remedios, la que llevó al cierre del hospital. De acuerdo al arzobispo, "había dado la orden de hacer algo más decente y aseado"; la otra acusación tenía que ver con "haber recibido en Zaragoza un peso y una vela por cada confirmación". Empero, lo que realmente exacerbó el ánimo del prelado fue constatar directamente que, aun en cabeza de las mismas autoridades civiles, el irrespeto el dogma cristiano era ya común para la época, y discurría complaciente al del fuero eclesiástico: "tanto que durante los oficios religiosos en la catedral, el presidente Sande, se entretenía conversando con los oidores; no se descubría ante el santísimo sacramento expuesto, y en una procesión de corpus marchó con el sombrero en la cabeza", por lo que pudo además concluir -alega el arzobispo- que "la lengua del presidente Sande era la peor que se conoce en el hombre".19

Esas situaciones forzarían a que el arzobispo levantara información contra el oidor Enríquez para enviarla a la Corte, y de paso hacer denuncia contra la Real Audiencia en su conjunto, por lo que oidores y presidente20 levantarían sus ánimos y, pasando de las amenazas a los hechos, harían cercar con su gente la casa arzobispal, para apoderarse por la fuerza de la información: todo ello ocurría un año después del arribo del arzobispo al Nuevo Reino.

En 1602 los conflictos con el arzobispo continuaron. En esta oportunidad, los ánimos entre bandos ya perfectamente identificados -la Real Audiencia versus arzobispado en cuanto a prerrogativas y fueros- cobrarían su máximo nivel: el motivo y los resultados del conflicto muestran el grado de tensión generado en ambas partes. El arzobispo reconocería a su pesar en la actitud de la Real Audiencia: "el irrespeto a fueros y derechos eclesiásticos", según él, claramente demarcados, luego entonces: "no consintió en que los abusos introducidos por los oidores y presidente en tiempo de la sede vacante siguieran adelante respecto a la jurisdicción eclesiástica".21 En ese caso, y a partir de las supuestas atribuciones que se tomaba un "visitador eclesiástico" y del buen respaldo que gozaba de la Real Audiencia, el arzobispo ordenó a su provisor, Francisco de Porras Mejía, que prendiese al supuesto visitador eclesiástico y lo trajese a su presencia; con gran séquito de personas pasó el provisor por frente a las casas reales a cumplir su cometido. Los oidores, al enterarse de lo que iba a hacer el provisor, enviaron en su seguimiento al licenciado Diego Gómez de Mena.

El resultado en la diligencia no le fue favorable al prelado, según la versión que trae Pacheco, toda vez que en la decisión de la parte ganadora, en este caso la Real Audiencia, se le hacían fuertes requerimientos:

En 30 de mayo de 1602 se votó en lo que hoy día ha sucedido, así por el arzobispo en venir a esta Audiencia con alboroto, como el que ha causado el provisor don Francisco de Porras Mejía y mucho número de clérigos en querer quebrantar el convento de San Agustín y prender al prior de él, fray Vicente Mallol, a que muchos ordenantes ocurrieron. Fueron en el auto los que lo señalaron (firmaron), excepto el doctor Terrones, de parecer que al arzobispo se le saquen cuatro mil pesos de buen oro y se pongan en la caja de Su Majestad, a quien se de cuenta para que provea lo que mandare, enviando la información que sobre ello se ha hecho, y al arcediano se le saquen mil pesos de buen oro y se pongan en la dicha caja, y se de aviso a su Majestad con la información que con ello se ha hecho, y se prosiga lo demás que hubiese, y que entre tanto que se acaba se le ruegue y encargue al dicho arzobispo, no haga órdenes so pena de las temporalidades y de ser habido por ajeno y extraño de estos fines, y que el arcediano entre tanto no sea suelto de la carcelería que tienen en su casa por orden del arzobispo rogado y encargado por esta audiencia.22

El resultado del conflicto, como se puede colegir del acuerdo, no convino al prelado, y lo peor era que se le explicitaba en tono de amenaza con nuevas sanciones si persistía en sus supuestas jurisdicciones; el acuerdo mostraba también el orden de cosas reinantes para la sociedad de la época, ya en tránsito de consolidarse en un nuevo siglo.

 

FIGURA 2.
Mapa de Nuevo Reino de Granada, incluye la gobernación de Santa Marta y Popayán, 1633. Archivo General de la Nación, Sección Mapas y Planos, Mapoteca n.º 4, referencia: X-63.

No obstante, al margen de esos conflictos en los que era posible percibir la condición desfavorable del arzobispado frente a la Real Audiencia, Lobo Guerrero, quizá sopesando esa realidad, optaría por vías menos complicadas para sacar adelante su preocupación principal, esto es, el restablecimiento y reforma del clero y de las buenas costumbres de los cristianos, de acuerdo a los principios que ordenaba la tercera convocatoria de Trento en 1562.23 En este personaje los principios pos tridentinos cobrarían mayor vigor y se sintetizaban en un discurso en el que mediaban la universidad y su permanencia en la Nueva España, ejerciendo la responsable labor de fiscal e inquisidor del Santo Oficio. Es a partir de esa formación intelectual y experiencia que cobra importancia la decidida participación del arzobispo en el proceso de cristianización, es decir, de conversión (según vocablo de la época) o de aculturación (según el concepto más refinado de la antropología social contemporánea),24 para el Distrito del Nuevo Reino de Granada.

De acuerdo a lo anterior, Lobo Guerrero se presenta irreductible frente al dogma cristiano, pues en él no aparece la más mínima señal de dudas en lo que hace relación a los principios de la fe cristiana. Empero, las formas religiosas y actitudes frente al dogma cristiano en el Distrito del Nuevo Reino habían tomado un curso que desde un principio preocupó al prelado, pues tras diez años de vacancia arzobispal, la escasa labor de conversión realizada durante el arzobispado de fray Luis Zapata de Cárdenas, su antecesor, no habían producido los mejores resultados sobre la fe cristiana en el distrito. A criterio del prelado la situación se presentaba de "lamentable estado que toda esta tierra tiene en lo espiritual, así en lo que toca a los españoles, por los muchos vicios y olvido de Dios nuestro señor en que viven muchos, como los indios, por poco conocimiento que del mismo señor y de su evangelio tienen, estando los más de ellos tan idólatras y ciegos con los errores antiguos, como antes que hubiera llegado a esta parte la luz de nuestra santa fe".25

Sin embargo, es necesario observar una curiosa particularidad que, ante los ojos de Lobo Guerrero, adquiría la concepción del "mundo religioso y naturista"26 de las culturas indígenas en relación con aquella postura de fray Luis Zapata de Cárdenas. En efecto, a diferencia de aquel prelado, Lobo Guerrero planteaba que entre el mundo cristiano y el mundo religioso de los naturales no mediaban dos órdenes, el orden de Dios y el orden del demonio, como supuestamente se creía, pues de acuerdo al prelado la situación de dos supuestos órdenes expresaba una comprensión errónea sobre los asuntos de la fe cristiana, dado que el orden de Dios era único y universal. Por tanto, quienes no asumiesen una actitud con base en los principios del dogma cristiano, esto es, según los principios pos tridentinos, estaban no solo en un error, sino que también estaban renunciando a la posibilidad de la salvación, ya que sin "Jesucristo, señor y salvador nuestro, nadie se salva, (...) y todas las demás cosas que adoran las demás gentes, no son Dios, más son mentiras y demonios".27 Ello significaba que aquellas actitudes heréticas, paganas y de idolatría debían ser corregidas, mejor dicho, enmendadas.

De acuerdo a esa reflexión, la labor del prelado en el distrito del Nuevo Reino no debía reducirse únicamente a una labor de conversión tan solo hacia los indígenas, sino que también debía orientarse hacia otros grupos sociales. No se trataba, entonces, del sentido restrictivo de la conversión, a la manera y los casos que tratara fray Juan de los Barrios, y aun en las situaciones de fray Luis Zapata de Cárdenas, para quienes el esfuerzo de conversión tuvo como único objetivo las culturas indígenas. En esta oportunidad, el proceso de conversión en manos de Lobo Guerrero supuso no solo una orientación y un trabajo hacia los naturales, para que corrigieran sus actitudes religiosas que bien o mal habían asimilado en casi sesenta años de participación formal y oficial de la Iglesia en el distrito, sino que además en ese esfuerzo de corrección y de enmendar las actitudes religiosas, el rango social y étnico se ampliaba interpelando a los vecinos españoles, a mestizos y, por supuesto, a los negros esclavos, que iban adquiriendo relativa presencia en la nueva sociedad.28

Ahora bien, ese particular y nuevo proceso de conversión, con las especificidades a que se han aludido anteriormente, en teoría podía resultar sencillo; empero, el arzobispo Lobo Guerrero no tenía de su parte la "voluntad política" de la Real Audiencia para llevar a cabo tales propósitos, por tanto, decidió comenzar la tarea por aquellos grupos sociales más propensos y menos dispuestos al rechazo. El arzobispo, en un primer momento:

Acompañado de un Oidor y del P. Medrano (jesuita), salió en visita pastoral por los pueblos de la sabana de Bogotá. Comenzó por Fontibón, donde los indios entregaron más de tres mil ídolos que tenían ocultos bajo la tierra o escondidos en los techos de sus casas. Lo más fueron entregados al fuego; luego (llegaron hasta) Bosa (y allí) descubrieron una ermita dedicada a una de las divinidades muiscas llamada Cusa, (el mayor de sus dioses), al decir del P. Medrano la hallamos, añade, detrás de un horno hecho para disimularle dentro de su ermita, lugar conveniente para tal personaje (y) estaba muy adornado de plumería. Con ellos se ejecutó un auto de fe similar al tenido en Fontibón. La visita se continuó por Cajicá, Chía, Serrezuela, Suba, Tuna, poblaciones todas de la sabana de Bogotá.29

Ese era, por tanto, el proceso de conversión a los naturales a la manera en que lo traduciría Lobo Guerrero, insistiendo en que estos, bien fuera a la fuerza o razonablemente, entendiesen que con su actitud religiosa anterior estaban en un error, imponiéndoles la actitud más correcta. Emergía, entonces, en el escenario un método nuevo a través del cual los naturales abjuraban de sus actitudes religiosas ancestrales, concebidas ahora como erróneas, al invocarlas y exponerlas frente al fuego: el fuego que todo lo consume y todo vuelve a sus inicios. Por ende, la nueva ritualidad se ejemplificaba a través del auto de fe y pretendía emular los términos de una audiencia de procedimiento inquisitorial del Santo Oficio, con la cual el natural era despojado sistemáticamente de todos sus supuestos errores y, seguidamente, convertido a la nueva religión. Así entonces, el converso se prometía y comprometía de cara al grupo social, a sus otros, en la asunción de una "actitud correcta mejor", es decir, "una nueva vida".

Ahora bien, ¿por qué de todo ese esfuerzo? Es posible que debido a la presencia extendida de formas religiosas sincréticas u ocultamientos, en los términos que define Mauricio Adarve,30 las culturas indígenas se hayan podido asimilar al igual que otros grupos sociales presentes en la sociedad de la época. Todo ello tenía que ver con la vacancia arzobispal y cierto abandono institucional de la Iglesia en el distrito, tanto en el plano secular como en el seglar.31 Sin duda fue un periodo propicio para esas "inclinaciones", de acuerdo a la versión que trae Groot:

Porque a pesar de los trabajos apostólicos de las misioneros dominicanos y franciscanos, como el número de los indios, era prodigioso, y estaban tan adheridos a sus supersticiones, que aún muchos de los que parecían convertidos las practicaban, y persuadían a otros a permanecer en la idolatría, se seguía de todo esto que aún había mucho por hacer, siendo mayor el número de indios gentiles que el de los cristianos en los pueblos mismos de la sabana de inmediatos a la capital .32

A pesar de no ser bien explícita la descripción en la cita anterior en los términos de las supuestas idolatrías en que habían incurrido las culturas indígenas, era evidente, no obstante, la existencia de formas sincréticas a través de las cuales emerge la religiosidad popular33 como forma de asimilación, de contaminación o de lectura popular del cristiano post-tridentino. Refiere Restrepo:

Durante la sede vacante ocurrió un hecho interesante en un pueblo llamado Topo, cercano a Muzo los vecinos vieron un domingo, que una imagen de nuestra señora que se veneraba en la Iglesia, salían extraños resplandores; así lo certificaron ante el doctrinero P. Francisco de Párraga; la autoridad eclesiástica resolvió levantar un proceso canónico acerca del extraño suceso, y ordenó que mientras se realizaba el asunto, se trajera la imagen a Santafé.34

Serían esas condiciones espirituales, en términos de actitudes religiosas, las que va encontrar Lobo Guerrero, en particular en las culturas indígenas, y también en otros grupos sociales, esto es, vecinos españoles, mestizos y negros. Eso resultaba claro en su mensaje que hacía al rey Felipe III en estos términos, luego de su labor con las poblaciones de Bogotá:

Entendiendo la ceguera de estos indios y que el demonio los tiene hoy tan engañados en sus idolatrías, como en el tiempo de la infidelidad, salí de esta ciudad a visitar los pueblos de esta comarca, en que me ocupé dos meses y les quité gran cantidad de santuarios, en que tenían ofrecidos ídolos de oro y metal a sus falsos dioses que son muchos, y aunque se ha Dios servido y hecho fruto con quitarles dichos santuarios y castigarlos benignamente, conforme a su talento y capacidades, no guardando la forma del derecho, ni el estilo del Santo Oficio, atento a la poca doctrina que han tenido y cuan mal industriados han sido en las cosas de nuestra religión cristiana, con todo veo por la mala inclinación que los más se quedan en sus errores, que es menester gran ayuda del cielo para que salgan de ellos. Pero no por ello se han de dejar los medios necesarios para que vengan en conocimiento de Dios, y el más importante es el que he propuesto de los Padres de la compañía de Jesús. Volveré a proseguir en la extirpación de las idolatrías, en que deseo acertar a servir a Nuestro Señor y que estos pobres sean aprovechados y medicinados en sus almas, aunque sea a costa de mi salud y vida.35

No era casual entonces que Lobo Guerrero, al reconocer las condiciones anteriores para llevar a cabo la conversión, haya observado "cuan mal fueron industriados los naturales en las cosas de nuestra religión cristiana", en clara referencia al papel que pudieron jugar aquellas órdenes de dominicos y agustinos, y cuyo resultado, según el prelado, no fueron los más satisfactorios. Él mismo decide, poco antes de embarcarse al Nuevo Reino, llevar consigo algunos religiosos de la Compañía de Jesús. Empero, la intención va un poco más allá, pues se sabe que su propósito final era la fundación de un colegio para la capital del distrito, gestión que adelantaría con emisarios en España y Roma. Finalmente en 1604 los emisarios le dan la satisfacción y aceptan la solicitud de fundación del colegio. Se confirmaba también para esa misma fecha el inicio de labores de los religiosos de la Orden de la Compañía de Jesús en territorio del distrito, con licencia de su Provincial, en la Nueva España, que "uno se llama Alonso de Medrano y el otro Francisco de Figueroa";36 así que: "pronto el señor Lobo Guerrero confió a los jesuitas la doctrina de Cajicá, y vistos los buenos resultados conseguidos en esta, les entrego la de Fontibón".37

De esa manera, Lobo Guerrero consolidaba la intención que, ideada desde Nueva España, implicaba no tanto la introducción de una orden religiosa más al distrito del Nuevo Reino, como que el prelado reconocía en la orden jesuita "el medio más eficaz para el conocimiento de la fe",38 así como "la doctrina y verdadero conocimiento de Dios que se ha de entablar en los miserables indios de este reino",39 por cuanto ello también implicaba el exposición de lo más depurado de los postulados ideológicos según los principios del sacro santo y ecuménico Concilio de Trento, y de su fidelidad a la ortodoxia cristiana.40 También reconocía para esa Orden la exposición de un mejor método de inserción de los naturales como grupo al orden social dominante.

Las Constituciones Sinodales de Bartolomé Lobo Guerrero (1606)

Don Juan de Borja, primer presidente de capa y espada que vino al Nuevo Reino, entraba en Santafé y se posesionaba el 2 de octubre de 1605, según relata Groot.41 Con esta presidencia de la Real Audiencia, Lobo Guerrero encontraría por fin el espaldarazo a sus propósitos en el distrito; y no era para menos, pues en la relación presidente-arzobispo se hacía efectiva una labor que hasta ese momento solo encontraba acusaciones e impedimentos, cuando no mofa por parte de la Real Audiencia. Ahora, no obstante, las cosas empezaban a cambiar: el 18 de octubre de 1605 se firmaba el acta de fundación del colegio que apenas si estaba en el plano ideal, dándole por nombre el de su santo patrono San Bartolomé apóstol y confiándolo a la Compañía de Jesús, además, el señor arzobispo luego le compraba sitio muy a propósito, y cumplía con ayudar a la fábrica y destinaba para la manutención quinientos pesos al año.42

Era el segundo intento de colegio de importancia para Santafé y se instalaba en las casas que dejara el arcediano don Francisco de Porras Mejía, y encargándole a los religiosos de la Compañía de Jesús que lo administrara y gobernara con un rector, un ministro y dos coadjutores:

Tiene hasta dieciocho colegiales españoles seminaristas, que acuden por turno los días festivos al servicio del altar de la catedral, sustentados con la renta, que le sitió en la de beneficios y capellanías; y además de estos, tiene colegiales convictores, sin coartación de número, a quienes sustentan sus padres con cien patacones al año para alimentos; unos y otros acuden en comunidad a los estudios de la compañía de Jesús a oír gramática, artes y teología.43

En ese colegio se hacía realidad el punto de vista ideológico conforme a lo ordenado por el Concilio de Trento y, en cuanto a la dirección, Lobo Guerrero la encomendaba a la Compañía de Jesús, comunidad a la que tenía "pío afecto"; el pío afecto no lo era todo, pues el prelado reconocía en dicha Orden la fidelidad y el buen ejercicio de la doctrina cristiana, según los más ortodoxos principios de Trento. Ahora bien, ¿la Orden de los Jesuitas era la más comprometida con la doctrina cristiana de acuerdo a lo expresado por el Concilio de Trento?

Según el prelado y su relación tan cercana con esa Orden, lo era, no solo porque consentía el encomendarles el primer colegio de importancia para la capital del distrito, sino también porque esa simpatía se mostraría en el momento en que el prelado exponía las Constituciones Sinodales, que si bien tienen una fuerte inspiración en el Concilio Limeño de 1583, también plasmaban en su contenido las reglas y mandamientos que la Orden exigía a sus religiosos, para alcanzar en la vida una actitud idónea como cristianos.44 Dos hechos que sin duda iban más allá de la simple simpatía o casualidad.

Lo cierto de todo ello era que en unas condiciones políticas favorables, "bajo el loable y suave gobierno de don Juan de Borja",45 Lobo Guerrero podía exponer por fin sus Constituciones Sinodales, las cuales constarían de 31 capítulos en los que se plasma al conjunto de la sociedad para la época: el clero, los religiosos, los vecinos españoles, mestizos, negros y los indios. En su contenido discursivo, traducían en términos generales a todos los grupos sociales sin excepción, mostrando que la sociedad se decantaba, se solidificaba internamente, que emergían nuevos grupos sociales y se ampliaba también la composición de aquellos. En síntesis, la sociedad estaba a punto de marcar nuevos derroteros étnicos y sociales.

Ahora bien, el análisis de contenido ya hecho a las Constituciones Sinodales tiene que ver en principio con una perspectiva cuantitativa, en cuanto se valora la "aritmética" referida a los capítulos y artículos que aluden a reglas y mandamientos orientados a unos grupos sociales, y para indicar su mayor o menor "homogeneidad", "coherencia" y "logicidad". También guarda relación con la repetición de argumentos que, a pesar de la variación literal, la forma, fue el medio dialéctico más eficaz para obrar sobre la "mentalidad popular".46 Todo esto está particularmente en relación con el número de capítulos y artículos que se dedican a los tres grupos sociales más importantes para la época: 1) el clero y también a los seglares (las órdenes religiosas); 2) los naturales o culturas indígenas y, finalmente, 3) los vecinos españoles, entre los que se incluyen a los encomenderos y comerciantes.

Sin embargo, no se trata de quedar únicamente en el plano de la "cantidad", por cuanto esa misma aritmética llega a decantarse en el sentido común (concepción del mundo o la semántica, de acuerdo a Van Dijk),47 es decir, como "filosofía espontánea" que hace ver la realidad a través del experimentalismo y de la observación directa, procurando eliminar otras construcciones supuestamente arbitrarias, abigarradas y heteróclitas.48 Es creíble, entonces, que el análisis de contenido cuyo anclaje hunde raíces en lo cuantitativo/cualitativo, a la manera de realidades simultáneas, permite mostrar la ejemplificación del "el catolicismo convertido en jesuitismo". Por último, esta perspectiva metódica cuantitativa/cualitativa permite observar la preferencia de la alta jerarquía eclesiástica en relación con uno u otro grupo social, al enfocarse hacia problemáticas prioritarias de cara al orden social, o al contrario, al valorar la asunción de conductas consentidas por la misma jerarquía.

Capítulos dedicados al clero

Para el clero las Constituciones Sinodales dedicaban los capítulos siguientes: capítulo 1, "Del sínodo"; capítulo 3, "De los sacramentos en común"; capítulo 11, "De la iglesia"; capítulo 12, "De la misa, colector y capellanes"; capítulo 13, "Del oficio divino, y asistencia en las horas canónicas"; capítulo 14, "De los clérigos y personas eclesiásticas"; capítulo 15, "De curas de españoles y de indios"; capítulo 16, "De religiosos"; capítulo 17, "De las monjas"; capítulo 19, "De los derechos eclesiásticos"; capítulo 20, "De los visitadores"; capítulo 22, "De los fiscales y sacristanes"; capítulo 31, "De los testigos sinodales".49

Se puede observar que el 42% de los capítulos en las Constituciones -esto es, 13 de los 31 capítulos que las componen- centraban la atención en el clero y en las órdenes religiosas existentes en el distrito. Las Constituciones pretendían normar el comportamiento del clero. Pero esto, más allá de esa regulación, implicaba también que dicho clero asumiese un compromiso más efectivo en la vida de los naturales y el conjunto de la sociedad, es decir, con los vecinos españoles, los mestizos y los negros.

Ahora bien, si se contrasta el anterior porcentaje obtenido a partir de los capítulos con el porcentaje obtenido a partir de los artículos promulgados en las Constituciones, la tasa porcentual se eleva al 52%, que representa 86 artículos de un total de 164 contenidos en el documento. En esos artículos, la enunciación regulatoria iba directamente al grupo en particular; eran, pues, artículos que reglamentaban la presentación y el buen vestir tanto del clero como de las órdenes religiosas para que procurasen la decencia en los oficios divinos: "los santos sacramentos administren los curas con sobrepelliz y estola y toda decencia, siguiendo en todo el manual romano, el que lo contrario hiciese será castigado a arbitrio de los Visitadores o del Prelado"; también que: "ningún sacerdote estando revestido se confiesen y cuando lo hiciere sea de rodillas y con toda la reverencia. Los curas y vicarios tendrán cuidado de lo que esto ejecute ".50 En otros artículos se procuraba alejar al clero de cualquiera tentación terrenal, por tanto: "(...) tampoco sean los clérigos de orden sacro, arrendadores de diezmos, siendo ellos interesados en ellos, o hacedores o administrándolos".51

En relación con las "tentaciones de la carne", se exhortaba al clero para que:

(...) no acompañen mujeres, si no fuere madre o hermana y cuando las acompañen no se yendo en silla; eviten con todo cuidado la familiaridad y comunicación con mujeres; no tengan de propósito parientas consigo, aunque sean madre o hermana, porque con esto se excusa la vejación que se suele dar a los indios y ocasión de escándalo, no juzgando a las tales mujeres por sus parientas, aunque lo sean; los que lo contrario hicieren sean gravemente castigados por nuestros Visitadores.52

Las Constituciones prohibían también que los clérigos y religiosos: "jugaran a los dados, aunque sea por recreación, y si por esta causa jugaren a otro juego, no pase de dos pesos, o jugar en pulpería o tienda abierta, por poco que sea el juego, incurran en pena de excomunión mayor latae sententiae".53

Es de advertir en esta normatividad que la severidad de los castigos adquiere cierto parecido con la normatividad expuesta por fray Juan de Los Barrios en sus Constituciones Sinodales de 1556, lo cual hace suponer que por parte del clero se persistía en unas conductas que a todas luces eran censurables a los ojos de Lobo Guerrero, para quien era necesario no solo insistir en la severidad de los castigos, sino también procurar modelar una conducta que fuese intachable frente a los naturales:

Paguen a los indios de su servicio, conforme el arancel o costumbre, porque serán castigados faltando a esto. Mandase a los curas de los indios, en virtud de santa obediencia y so pena de veinte pesos, aplicados a la iglesia y hospital, no jueguen a los naipes, con los caciques, ni otros indios, y encárgaseles severamente procuren estorbar para que los mismos indios entre sí no jueguen a los naipes, ni hagan borracheras, pues saben el gran daño que de ellas resulta a los mismos indios.54

Sin embargo, no solo el clero, sino también los religiosos debían asumir comportamientos honestos:

(..) los regulares fuera de sus doctrinas no administren el sacramento del matrimonio, ni tampoco el del bautismo, sino fuere en caso de necesidad; (...) las rejas de la iglesia y locutorios de las monjas sean tan cerradas y ásperas que con ninguna quepa la mano por ella, por pequeña que sea, y siempre esté el velo negro delante de las dichas rejas, y no corran sino cuando hablaran con sus padres y hermanos, por grave que sea la persona con la que hubieren de hablar (...)".55

Por último, el documento preveía sanciones pecuniarias por su incumplimiento:

Mandamos a todos los vicarios, visitadores y curas de nuestro arzobispado tengan todos este Sínodo, lo lean cada cuatro meses, en el ínterin que viene la impresa, y lo publiquen en los pueblos de españoles, dentro de un mes que lo reciben, por los domingos y fiestas siguientes, hasta leerlo todo, so pena de veinte pesos para la iglesia y hospital de tal pueblo por mitad.56

Capítulos dedicados a los naturales

En relación con los naturales o culturas indígenas, las Constituciones Sinodales dedican los capítulos siguientes: capítulo 2, "De la doctrina"; capítulo 4, "Del sacramento del bautismo"; capítulo 5, "Del sacramento de la confirmación"; capítulo 6, "Del sacramento de la confesión"; capítulo 7, "De los casos reservados"; capítulo 8, "Del sacramento de la comunión"; capítulo 9, "Del sacramento de extremaunción"; capítulo 10, "Del sacramento del matrimonio"; capítulo 21, "De las fiestas"; capítulo 23, "De la sepultura"; capítulo 26, "De los indios"; capítulo 27, "Del privilegio de los indos"; capítulo 28, "De los caciques"; capítulo 29, "De los jeques e idolatrías"; capítulo 30, "De la doctrina cristiana que se ha de enseñar, conforme al Concilio de Lima".

En este caso aparecen quince capítulos en las Constituciones dedicadas al tema de los naturales, a través de una regulación que expresa los mecanismos de la conversión ya habituales en el distrito, con el objetivo de que las culturas indígenas corrigiesen actitudes, es decir, sus errores de comprensión a propósito del dogma cristiano. Esos quince capítulos representan el 48% del total de las Constituciones. Sin embargo, sobre el total de artículos referidos al tema de los naturales, la inferencia porcentual apenas llega al 29%, representada en 49 artículos de prescripciones y ordenamientos para las culturas indígenas. Entonces, ¿qué traducen estos porcentajes?

En primer lugar, si bien el porcentaje de artículos, 29%, referido a las culturas indígenas, resultaba comparativamente menor respecto al de otros grupos sociales (al del clero, por ejemplo), en la práctica gran parte de los artículos referidos a regular la vida del clero y los religiosos implicaba también hacer más efectiva su presencia en el proceso de conversión de las culturas indígenas, procurando que salieran de sus supuestos errores interpretativos del dogma cristiano. Para Lobo Guerrero, el problema del dogma cristiano y la distorsión que se hubiera podido operar en el distrito no era un problema exclusivo de las culturas indígenas; también lo era de todos los grupos sociales presentes en la sociedad de la época. Por tanto, los porcentajes que supuestamente reflejan una atención menor de las Constituciones al grupo social de los naturales en el fondo son la expresión de una sociedad concebida de forma heterogénea, y en ese sentido, las Constituciones no hacían más que expresar la normatización para todos esos grupos, pero requiriéndolos de acuerdo al grado la importancia de cada uno en la totalidad social.

Para el caso de los naturales, pero también aludiendo al negro esclavo, los mestizos y mulatos libres, las Constituciones Sinodales de Lobo Guerrero los interpelaba de la siguiente forma:

Mandamos a todos los curas de los indios de este nuestro arzobispado, so pena de excomunión mayor, que dentro de dos meses de esta publicación, enseñen a sus indios la dicha doctrina cristiana en la lengua de mosca, a donde se habla y entiende. La cual se ha traducido con mucho cuidado y diligencia por las personas más inteligentes y peritas que se han hallado, y lo habemos aprobado, y proponemos para que de aquí en adelante se enseñe como está dicho.57

Era claro, entonces, que el Dios de los cristianos, ahora traducido en "lengua mosca", se incorporaba de manera sutil a través de nuevos dispositivos, menos rudos eso sí, pero más efectivos. Con la presencia de Lobo Guerrero en el distrito, la cátedra universitaria se ponía al servicio de la religión en una época en que el cristianismo buscaba afanosamente ampliar su radio de acción y de presencia, por tanto, ahora era menester que los doctrineros: "aprendan (la lengua de los indios) dentro de seis meses, so pena de que no lo haciendo serán privados de tales doctrinas".58 Así pues, el nuevo dispositivo (la propia lengua muisca), se presentaba a los naturales con el dogma cristiano para que: "Los viejos, niños y niñas, reservados de demora, se junten cada día a ella; y los demás martes y jueves; por la mañana, hasta saberla. En lo cual pongan todo el cuidado posible los dichos curas, so pena de que serán gravemente castigados haciendo lo contrario".59

De acuerdo a lo anterior, el dogma cristiano -al ser transmitido en su propia lengua a las culturas indígenas- emergía con sutileza procurando que su habitualidad no le fuera perturbada de manera radical, aunque se le sustraía su mente hacia otro mundo; quizá en ese viaje, la sensación de visitar lugares remotos y desconocidos era menos traumática, menos dolorosa. Sin embargo, su propia lengua se volvía ambivalente o doblemente significante: "El catedrático de la lengua traduzca el confesionario del Perú acomodándolo a los indios de acá, y ayudándose para ello de las personas que se señalarán, y acabado, lo procurarán tener los curas, y enviarse a España a imprimir con la doctrina".60

En síntesis, las Constituciones y los catecismos que de ella se desprenden (ahora traducidos a la lengua muisca), había sido poco modificados si se les compara con la propuesta de catecismo que impulsara fray Luis de Zapata de Cárdenas (1576). Sin embargo, en el caso de la propuesta que

Lobo Guerrero hace del catecismo, se hace el énfasis en las exigencias de acuerdo a los principios de Trento. El personaje hace de esos principios una realidad menos ambigua, imprimiéndoles su carácter y presencia; por tanto, esos principios debían ser expuestos de forma indistinta, única e indiscutible.

El control social sobre la población natural fue desde ese instante más evidente, más palpable y, por qué, no más efectivo, si se considera la amplitud geográfica del origen de los participantes en la firma en el momento de sancionarse las Constituciones, dado que hubo participación de curas y vicarios de Tunja, Vélez, Villa de Leyva, Muzo, La Palma, Tocaima, Mariquita, Remedios, Ibagué, Zaragoza, Cáceres, San Juan de Rodas (?), Pamplona, Salazar de las Palmas, Mérida, la villa de San Cristóbal, ciudad del Espíritu Santo, Barinas, Ciudad de Alta Gracia, San Juan de los Llanos, San Juan de Yoyma (?) y el Caguán.61

La vigilancia era real y tocaba la vida cotidiana del natural al punto que para casarse debía preparase de acuerdo a los postulados y mandamientos del dogma cristiano:

Cura o otra persona alguna case y vele a nadie aunque sea negro o indio, sin que primero se confiese y sepa las oraciones y mandamientos de memoria, y quien en esto tuviere descuido sea castigado por nuestro provisor y visitadores. (...) los indios y negros se casen a la puerta de la iglesia y velen dentro de 8 días y los españoles dentro de dos meses, so pena de veinte pesos en que incurra el español que en esto faltare, y el cura diez pesos para la iglesia y pobres de la cárcel .62

Como se observa, el dogma católico cubría la urdimbre social, al señalarle desde un comienzo al indígena (y por supuesto al negro esclavo), su sitio real en la estructura social. La iglesia era entonces el dispositivo más importante para ejemplificar y sancionar el lugar de las clases subalternas,63 así como su relación con otros grupos sociales. La iglesia era también una forma importante de enseñar a "vivir políticamente bajo los principios de la policía christiana y las buenas costumbres".64

Capítulos dedicados a los vecinos españoles

Las Constituciones Sinodales, respecto a su relación con el grupo social de vecinos españoles y comerciantes, refieren los capítulos siguientes: capítulo 18, "De las cofradías y procesiones"; capítulo 24, "De la reformación de las costumbres"; y, finalmente, capítulo 25, "De los encomenderos". Este número de capítulos da como porcentaje el 10% del total de capítulos expuestos por las Constituciones. Empero, a nivel de los artículos, el tratamiento referido a los vecinos españoles y comerciantes fue un poco más generoso, por cuanto aparecen 33 capítulos, los cuales estaban dedicados a normar sobre la vida social y privada de ese grupo social, con un porcentaje del 19% en relación con otros grupos sociales. Ahora bien, ¿qué tan buenos cristianos y cumplidores del dogma cristiano eran los vecinos españoles y comerciantes? Según lo expuesto en las Constituciones Sinodales, parece que pasaban la prueba con dificultad y lo mejor era ayudarles para evitarles situaciones difíciles, por tanto, se les exhortaba a:

(...) que todos los domingos del año y todos los días de cuaresma, por la tarde, los sacristanes de los pueblos de españoles, toquen la campana a la doctrina, y la enseñen a los niños y niñas y gente de servicio, a lo cual asistan. Lo que se ha de enseñar a cada uno es que sepan todo el credo, el padre nuestro, los mandamientos de la ley de Dios, los sacramentos de la iglesia.65

Mandamientos cristianos en los que obviamente no se exceptuaba a la mujer: "Los Concilios y Santos encomiendan el venir las mujeres a la iglesia con hábito decente y allegar a la sagrada comunión con toda reverencia y decencia, para cuyo efecto tenemos mandado, con pena de excomunión mayor, se atreva a comulgar con el abuso de los pechos descubiertos y tocados profanos";66 para evitar escenas sugestivas y, por qué no, el "vicio abominables de la sensualidad, tan poderoso en la flaca naturaleza más acostumbrada de los hombres".67

La vida colectiva de los vecinos españoles también fue normada, pues de acuerdo con las Constituciones Sinodales:

Todas las cofradías en los pueblos de españoles saquen sus insignias, andas y pendones, para la procesión del Corpus Christi, y así en esta como en las demás procesiones generales lleven el lugar conforme a sus antigüedades, sin hacer ruido o escándalo sobre ello; porque el demonio que siempre procura deslustrar las cosas santas con abusos, ha introducido uno muy perjudicial, con título de piedad y religión siendo totalmente contrario, que es correr toros, hacer máscaras de noche y saraos de cosas profanas, en la iglesia, con capa y color de servir a los santos patronos; mandamos, con pena de excomunión mayor latae sentetiae, y de treinta pesos para la tal iglesia, cárcel y hospital, que no se hagan semejantes fiestas de aquí en adelante.68

A los vecinos españoles en esa oportunidad se les privaba de sus actividades lúdicas, en las que, quizás más que desplegar formas de diversión ancestrales que los unían con una España distante, encontraban un escape a lo monótono de su cotidianidad.69 Sin embargo, las prescripciones contenidas en las Constituciones iban más allá de la censura y el aconductamiento, pretendiendo llegar hasta la vida cotidiana y privada de los vecinos españoles, pues se: "han introducido en el pueblo cristiano muchos libros que contienen cosas lascivas y obscenas, con grande daño de las costumbres de los fieles, mandamos que todos los tales libros se manifiesten dentro de un mes de esta publicación, a las dignidades de la santa iglesia y al licenciado Joan Muñoz, canónigo de ella, so pena de excomunión mayor".70 Era una normatividad que se desplegaba a través de la vigilancia y busca llegar a todos los rincones del hombre, y no descansaría hasta llegar a su propia alma, para hurgarla y hacerla suya. No era para menos, ya que pocos años después se establecería el Santo Oficio de la Inquisición en Cartagena, para confirmar con dureza qué almas eran de Dios y cuáles no, cuáles de ellas irían al cielo y cuáles al infierno (fuego), dado que desistían definitiva e irremediablemente de su salvación.71

A manera de conclusión

Luego de expedidas las Constituciones Sinodales, Lobo Guerrero debió sentirse satisfecho por lo que allí quedaba consignado; su contenido era amplio en normas y prescripciones, así como lo eran las sanciones que interpelaban a todos los grupos sociales. Era básicamente el teorema de los principios cristianos según Trento, y lo bastante claros para evitar confusiones y ambigüedades. En dicho documento se articulaban recíprocamente dos elementos, uno de ellos, las contravenciones explícitas o veladas en las que se expresaban las interacciones sociales de la época; el otro elemento tenía que ver con el carácter sancionador de las Constituciones a esas posibles contravenciones. Restaba solamente saber quiénes serían los sancionados y también los efectos reales de su aplicación en el distrito, y todo esto operaría en el ambiente de buenas relaciones políticas que guardaban el arzobispo y la presidencia de la Real Audiencia; como bien lo muestran los expedientes criminales de la época, esto permite tener una mejor idea de la extensión del poder religioso y el logro de sus objetivos.72

Hoy sabemos, por ejemplo, que Lobo Guerrero, no contento con lo expresado en las Constituciones Sinodales, pretendía "despachar convocatoria a sus sufragáneos, para celebrar un Concilio Provincial".73 Esa convocatoria suponía un rango de efectos un poco mayor del que posiblemente haya logrado con las Constituciones, con lo que quizás aspiraba a que los obispos sufragáneos del distrito acataran y normaran de forma unánime lo expresado en las Constituciones: en otras palabras, establecer la presencia efectiva del poder religioso en todos los rincones del distrito, el distrito cristiano del Nuevo Reino de Granada. Sin embargo, la convocatoria no se hizo efectiva y poco después de ese fallido intento el prelado se dedicó exclusivamente a otras actividades:

El prelado aplicó (su) hacienda a cuatro capellanes que puso en el coro, asalariados por falta de ministros. Puso así mismo un clérigo asalariado que cantase las epístolas de las misas cantadas, los racioneros, los evangelios, por semana. Puso así mismo hombres diestros de canto de órgano para que ayudasen al maestro de la capilla a celebrar las fiestas principales y de guarda, señalándole salario a cada uno.74

Cuenta además un testigo de la época que Lobo Guerrero: "Hizo que el maestro Francisco de Páramo escribiese en pergamino veinte libros de canto; y también se hiciese los pulpitos de hierro por Francisco de Escobar, herrero; y la sillería de coro, barandilla de entrecoros, y armarios Luis Marques, escultor",75 con lo que remataba una labor en la que no descuidaba detalle alguno.

A Bartolomé Lobo Guerrero la Iglesia cristiana le debe un inmenso favor, favor que quizá él jamás mostró interés de recuperar; al contrario, por la fe cristiana dispuso su salud y su vida. Pero ya su destino en el distrito del Nuevo Reino se había agotado o, mejor dicho, su labor aquí estaba en la recta final pues: "(...) a tres de agosto de mil seiscientos y ocho años, recibió este prelado las Bulas de su promoción al arzobispado de Lima, para el cual partió el año siguiente, a ocho de enero".76 Felipe III y el Concejo Real de Indias supieron reconocer el enorme aporte de este prelado al restablecimiento y consolidación de la Iglesia cristiana en el distrito, por tanto, el mejor apoyo a su gestión significaba ofrecerle una promoción arzobispal como la de Lima; detrás de ese apoyo, el papa Pablo V y una misión que lo esperaba allá en el Perú.


1 Manuel de Mendiburu, Diccionario histórico biográfico del Perú, 2.ª ed., tomo VII (Lima: Gil, 1933) 77-78.

2 Lobo Guerrero murió en Lima, capital del Virreinato del Perú, luego de ejercer el arzobispado al cual dedicó trece años de su vida. Para otros detalles sobre la vida del prelado en ese Virreinato, Mendiburu 78.

3 Juan Flórez de Ocáriz, Libro primero de las genealogías del Nuevo Reino de Granada (Madrid: s.e., 1674) 133.

4 Mendiburu 72.

5 José Restrepo Posada, Arquidiócesis de Bogotá. Datos biográficos de los prelados, tomo I (Bogotá: Ed. Lumen-Christi, 1961) 31.

6 Vicente Riva Palacio, dir., México a través de los siglos, tomo I (Barcelona: Espasa & Cía., s.f.) 427.

7 Julio Jiménez Rueda, Herejías y supersticiones en la Nueva España. Los heterodoxos en México (México: Imprenta Universitaria, 1946) 97; Alfonso Toro, comp., Los judíos en la Nueva España. Documentos del siglo vi correspondientes al ramo de inquisidor, 2.ª ed. (México: Fondo de Cultura Económica, 1982). El énfasis es mío.

8 Javier Alegre, Historia de la Compañía de Jesús en la Nueva España (México: J. Jijón y Caamaño, 1940) 358-360, 368.

9 Alonso Garzón de Tahuste, "Sucesión de Prelados y Jueces seculares del Nuevo Reino de Granada", Boletín de Historia y Antigüedades 6.70 (mar., 1911): 633-635.

10 Flórez de Ocáriz y José Manuel Groot, Historia Eclesiástica y Civil de la Nueva Granada, tomo I (Bogotá: Imprenta a cargo de Foción Mantilla, 1869).

11 Los inconvenientes y las situaciones de la vacancia arzobispal tenían que ver con los conflictos a nivel de la iglesia y la Real Audiencia, también lo era la condición de insularidad que presentaba el Distrito del Nuevo Reino ante la Corona.

12 Groot 152-53.

13 Restrepo Posada.

14 José Toribio Medina, La Inquisición en Cartagena de Indias, 2.ª ed., prólogo de Pedro Gómez Valderrama (Bogotá: Carlos Valencia Editores, 1978) 19-20.

15 Toribio Medina 19-20; Anna María Splendiani, "El clero frente a la Inquisición de Cartagena de Indias (1611-1636)", Inquisición, muerte y sexualidad en el Nuevo Reino de Granada, Jaime Humberto Borja et ál. (Bogotá: Ariel / Ceja, 1996) 71-73.

16 Luis Carlos Mantilla Ruiz (o.f.m.), Don Bartolomé Lobo Guerrero. Inquisidor y tercer Arzobispo de Santafé de Bogotá (1599-1609) (Bogotá, Academia Colombiana de Historia, 1996).

17 Juan Manuel Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero. Arzobispo de Santafé de Bogotá", Ecclesiástica Xaveriana 5 (1955): 123-152.

18 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 126-127.

19 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 127.

20 Es de agregar que estos dos personajes se conocían desde Nueva España, el uno desempeñándose como fiscal del Santo Oficio y el otro como oidor del Virreinato. Riva Palacio, dir. 436-37.

21 Groot 152-153.

22 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 132.

23 Ignacio López de Ayala, El sacrosanto y ecuménico Concilio de Trento (Madrid: Imprenta Real, 1785).

24 El concepto de aculturación supone, de acuerdo a Gruzinski, un proceso ideológico religioso expuesto e impuesto a las culturas indígenas entre 15501750, preferiblemente por la Iglesia y también por la Corona española en Hispanoamérica, después del choque de la Conquista. En este primer momento de la aculturación, las culturas indígenas reelaboraron para sí complejos fenómenos de sincretismo para manifestar su nueva respuesta religiosa; es posible plantear -según el autor- un segundo proceso de aculturación después de 1750, y en ese caso el Estado Borbón y la Iglesia expresan e imponen una concepción más pragmática y menos secular de la religión. Serge Gruzinski, La colonización de lo imaginario: sociedades indígenas y occidentalización en el México español. Siglos XVI-XVIII (México, FCE, 1993) 175-180.

25 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 134-135.

26 Antonio Gramsci, Cultura y literatura (Barcelona: Ediciones Península, 1973).

27 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 139.

28 A partir del siglo XVII, la sociedad decantaría expresando "otros colores", y en ello tiene que ver la inserción del negro esclavo casi exclusivamente al trabajo minero, para Antioquia, Cali, Chocó, Popayán y Santafé. José E. Sánchez B., "La herejía: una forma de resistencia del negro contra la estructura social colonial (1610-1636)", Inquisición, muerte y sexualidad en el Nuevo Reino de Granada, Jaime Humberto Borja et ál. (Bogotá: Ariel / Ceja, 1996) 43. Así mismo, empieza a aparecer el mestizo a expensas del declive demográfico de las culturas indígenas, lo que también anticipa la crisis y decaimiento de la encomienda, y plantea unas nuevas relaciones sociales. Hermes Tovar Pinzón, La estación del miedo o la desolación dispersa (Bogotá: Ariel, 1997) 237.

29 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 134.

30 Mauricio Adarve, "En siglos de romería o el rostro que se fragmenta", Universitas Humanística 16.27 (ene-jun., 1987).

31 En el plano seglar, es decir, el papel de las órdenes religiosas precedentes (dominicos y agustinos), la situación, a criterio del prelado, pasaba por un "comportamiento díscolo de los clérigos", y según la Audiencia, con "tener ganado con perjuicio de los indios". Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 126.

32 Groot 152.

33 Vovelle define el concepto de religiosidad popular como "conjunto de actitudes y comportamientos, una dinámica basada en la inversión de los valores, y de las jerarquías, la corrosión de la risa y de lo irrisorio, que opone una contra lectura espontánea y, constantemente desmitificadora a la religión y al orden oficial". Michel Vovelle, Ideologías y mentalidades (Barcelona: Ariel, 1985) 130.

34 Restrepo Posada 38.

35 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 134-135. Énfasis mío.

36 Mantilla Ruiz 80.

37 Pacheco, "Don Bartolomé Lobo Guerrero..." 139.

38 Mantilla Ruiz 79.

39 Mantilla Ruiz 81.

40 Antonio Gramsci concibe a la Compañía de Jesús como la "última orden religiosa de origen reaccionario y autoritaria", con carácter represivo y "diplomático", que señaló con su nacimiento el endurecimiento del organismo católico". Valga mencionar también que la introducción del cristianismo al Japón fue a partir de 1549 por los jesuitas (Francesco Saverio), pero fue extirpado violentamente en los primeros decenios del siglo XVII; en la segunda mitad del siglo XIX, los misioneros protestantes y católicos lo volvieron a introducir, pero nunca ha tenido una importancia global. Antonio Gramsci, El materialismo histórico y la filosofía de Benedetto Croce (México: Juan Pablos Editor, 1975) 19.

41 Groot 158.

42 Joseph Cassani, Historia de la Provincia de la Compañía de Jesús del Nuevo Reino de Granada en América (Madrid: Imprenta y Librería de Manuel Fernández, 1741) 10.

43 Flórez de Ocáriz 185-186 .

44 Juan Manuel Pacheco, "Constituciones Sinodales del Sínodo de 1606, celebrado por Don Bartolomé Lobo Guerrero", Ecclesiástica Xaveriana 5 (1955): 153-201.

45 Mantilla Ruiz 95.

46 Gramsci, El materialismo histórico.

47 Teun Van Dijk, Estructuras y funciones del discurso. Una introducción interdisciplinaria a la lingüística del texto y a los estudios del discurso (México: Siglo XXI, 2007).

48 Gramsci, El materialismo histórico 26-27.

49 El texto de las Constituciones Sinodales revisado lo trae Juan Manuel Pacheco en "Constituciones Sinodales...", y según este mismo autor, el texto fue transcrito de un códice del siglo XVI, perteneciente al archivo del Colegio de San Bartolomé. El códice está forrado en pergamino; tiene 117 folios, más otros 40 folios, numerados aparte; todo el códice es de letra de Alonso Garzón de Tahuste, cura de la catedral de Santafé de Bogotá, quien firma la copia de las sinodales del señor Lobo Guerrero, a 30 de enero de 1626 (folio 32 v.). El códice perteneció al historiador don José Manuel Groot 153.

50 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 159 y 162.

51 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 172.

52 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 175.

53 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 174.

54 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 176.

55 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 178-179.

56 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 156.

57 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 157.

58 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 158.

59 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 158.

60 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 163.

61 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 198-199.

62 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 167.

63 Antonio Gramsci, Antología, selección, traducción y notas de Manuel Sacristán (México: Siglo XXI, 2007).

64 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 190. 

65 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 158-59.

66 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 165.

67 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 160.

68 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 180.

69 Las "fiestas seculares", así como otros eventos: corridas de toros, mascaradas y saraos (reunión nocturna con música y bailes), y actos conmemorativos, eran sin duda una forma de escape con la cual trascender una realidad no solo monótona y simple, sino también para confrontar la rigidez normativa y religiosa. Sin embargo, esos actos, según el prelado, eran no solo la ocasión para "deslustrar las cosas santas con abuso", sino el "obrar del demonio", pues de acuerdo a lo expresado en las Constituciones, eran también actos para "hacer libelos infamatorios, fijarlos o echarlos o publicarlos". Por tanto, era menester prohibir que "persona traiga nóminas con cedulillas, ni sortijas con letras, ni usen ensalmos, ni tengan consigo oraciones manuscritas sin que primero las presenten ante nos o las personas que señalaremos, porque nos consta de andar muchas con errores y supersticiones, con grave daño de las costumbres de los fieles". Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 164 y 188.

70 Pacheco, "Constituciones Sinodales..." 188.

71 Entre 1610 a 1650, dice Diana Ceballos, fue la época de florecimiento de los procesos de brujería (el pensamiento mágico, según la autora) en el Tribunal del Santo Oficio de Cartagena de Indias: "Este período es el más contradictorio, es el más doloroso; es de descubrimiento, de descubrimiento del otro, de lo distinto, es el lugar de encuentro (...) hay un mundo nuevo por construir, una sociedad por hacer (...) Detrás de cada acusación de brujería está la supuesta debilidad de espíritu del brujo (a), que permite la entrada del Demonio, la posesión o el pacto. Sólo seres débiles, mujeres o pueblos o grupos subordinados, pueden caer recurrentemente en las garras de Satanás. La hoguera tiene algo de paternalista, porque se emplea en la lucha contra el Maligno con el fin de purificar y salvar las almas de los condenados, inermes seres humanos que han caído en las redes del Mal. El cristianismo se nutre del miedo". Diana Ceballos, Hechicería, brujería, e Inquisición en el Nuevo Reino de Granada. Duelo de imaginarios (Bogotá: Universidad Nacional, 1995) 92 y 101. Por su parte, Gramsci sostiene que con la modernidad, desaparece "el mito de la aventura", es decir, de "algo esencial a la naturaleza humana". Gramsci, Cultura y literatura 184.

72 La población sujeta al jurisdicción del Tribunal del Santo Oficio se encontraba dividida en dos sectores: la élite y los grupos marginados. De acuerdo a registros de los reos juzgados por el Tribunal de Cartagena de Indias que trae José E. Sánchez, entre 1610-1636, fue precisamente el segundo grupo -mujeres de origen español o portugués, blancos marginados, judaizantes y protestantes), el bajo clero (en su mayoría de origen español) y las castas (mestizos, negros, mulatos, cuarterones, zambos, etc.)- el que aportó el 98% de los 261 reos. El negro, después del blanco, es la casta más dada a caer en algún tipo de herejía y la que aportó durante ese periodo un total de 46 reos. Sánchez B., "La herejía..." 47-48. Es de anotar que no todos los casos procedían del Reino de la Nueva Granada, dado que la jurisdicción del Tribunal comprendía los obispados de Santo Domingo, Santafé, Cartagena, Panamá, Santa Marta, Puerto Rico, Popayán, Venezuela y Santiago de Cuba.

73 Juan Rodríguez Freyle, Conquista y descubrimiento del Nuevo Reino de Granada de las Indias Occidentales del Mar Océano y fundación de la ciudad de Santafé de Bogotá [El Carnero] (Bogotá: Imprenta de Pizano i Pérez, 1859) 176.

74 Garzón de Tahuste 637.

75 Flórez de Ocáriz 133.

76 Garzón de Tahuste 638.


OBRAS CITADAS

I. Fuentes primarias

Documentos impresos

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II. Fuentes secundarias

Libros y artículos

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Referencias

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XXI, 2007.

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Santofimio Ortiz, Rodrigo. 2011. «Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia». Anuario Colombiano De Historia Social Y De La Cultura 38 (1):17-49. https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23173.

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Santofimio Ortiz, R. 2011. Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura. 38, 1 (ene. 2011), 17–49.

ACS

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Santofimio Ortiz, R. Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia. Anu. colomb. histo. soc. cult. 2011, 38, 17-49.

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Santofimio Ortiz, R. (2011). Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, 38(1), 17–49. https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23173

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SANTOFIMIO ORTIZ, R. Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia. Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura, [S. l.], v. 38, n. 1, p. 17–49, 2011. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23173. Acesso em: 28 mar. 2024.

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Santofimio Ortiz R. Don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer arzobispo del Nuevo Reino de Granada (1599-1609), y el proceso de cristianización en la alta Colonia. Anu. colomb. histo. soc. cult. [Internet]. 1 de enero de 2011 [citado 28 de marzo de 2024];38(1):17-49. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/achsc/article/view/23173

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